La Comisión de Gobierno del Senado de Chile ha analizado la posibilidad de prohibir la recontratación por parte del Estado de funcionarios que hayan jubilado de alguna de las ramas de las Fuerzas Armadas, Carabineros, la Policía de Investigaciones (PDI) y Gendarmería. Este debate se enmarca en el estudio de un proyecto de ley que busca fortalecer la función pública, prevenir conflictos de interés y regular el tránsito del sector público al privado.
Origen y Áreas Fundamentales del Proyecto
La iniciativa tuvo su origen en un mensaje del Ejecutivo y actualmente está cumpliendo su primer trámite constitucional. Durante las sesiones dedicadas a este tema, se ha recibido la opinión de representantes de diversas instituciones castrenses y de orden, incluyendo al Subsecretario de Fuerzas Armadas, Juan Francisco Gilli.
El proyecto se estructura en tres áreas fundamentales:
- Una relativa al ingreso al sector público, donde se regula, entre otros aspectos, el tema del parentesco.
- Otra área que aborda las inhabilidades con otros empleos.
- Un tercer aspecto relacionado con el régimen de egreso del sector público.
El Debate sobre la Recontratación y la Probidad
Según explicó el presidente de la Comisión de Gobierno, senador Juan Pablo Letelier, se presentó una indicación con el objetivo de que aquellos oficiales de las Fuerzas Armadas, policías y Gendarmería que se han acogido a retiro y que ya cuentan con un ingreso pagado por el Estado, no sean recontratados nuevamente por el Estado o por empresas públicas.
El senador Letelier señaló que existe una "tensión" entre la situación de probidad, donde el Estado podría estar pagando dos veces remuneraciones o ingresos a exoficiales, y el alegato de las instituciones, que argumentan la necesidad de contar con las especialidades de estas personas. Destacó que el país valora la especialización del personal de las Fuerzas Armadas y de Orden, pero también busca transparencia en este tema.
Propuestas y Argumentos de las Instituciones
En la sesión, el Subsecretario de las FF.AA. explicó que existe un proyecto en la Cámara de Diputados que extiende la carrera militar. Aunque esta es una posibilidad, no sería útil para aquellos casos en que se recontrate a una persona por más de cinco años. Otra opción explorada es buscar un mecanismo en el que las personas puedan suspender la recepción de sus pensiones mientras estén o hayan sido recontratados por el Estado, lo que se considera una medida más transparente.
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Especialización y Déficit de Personal
Los integrantes de la Comisión de Gobierno escucharon a los representantes de las distintas Fuerzas Armadas y de Orden. Participaron el general de aviación Hugo Rodríguez por la Fuerza Aérea, el director general del personal vicealmirante Ricardo Marcos Vivanco por la Armada, el comandante general del personal Ernesto Tejos Méndez por el Ejército, el general subdirector Diego Olate por Carabineros y el jefe nacional de administración y gestión de personas prefecto Mauricio Acuña por la PDI.
Consultados sobre la cantidad de personas recontratadas tras jubilar, los representantes de las instituciones dieron a conocer cifras y explicaron que las nuevas contrataciones se deben fundamentalmente a que existen muchos oficiales con especialidades que deben jubilar por el sistema, a pesar de no desearlo. Además, señalaron que en algunos casos hay déficit de oficiales debido a la generación de nuevas tareas sin un aumento correspondiente en las plantas de personal. Argumentaron que el grado de especialización es fundamental para que sigan trabajando en diferentes proyectos, y que la contratación de especialistas extranjeros podría ser considerablemente más costosa.
Normativa y Beneficios Previsionales
La discusión también aborda aspectos normativos relacionados con contratos individuales y obligatoriedad de cotizaciones para trabajadores jubilados, de acuerdo con dictámenes y disposiciones legales como el D.L. Nº 3.500 de 1980.
El beneficio previsional que adquiere el personal de la Policía de Investigaciones al cumplir 20 años de servicios efectivos se rige por el Art. Nº 82 del DFL.
Existen también mecanismos compensatorios y beneficios adicionales:
- Mayor sueldo: Cuando un funcionario ha cumplido el tiempo necesario para el ascenso y no hay vacantes en grados superiores, se pueden otorgar 2 mayores sueldos y, excepcionalmente, hasta un tercero (Art. 43 del DFL).
- Derecho al grado 1: El oficial de fila y de los servicios que goce de la renta del grado 2 y acredite 32 años de servicios computables, tendrá derecho al grado 1 (Art. 44 del DFL).
- Asignación de Suboficial Mayor: Equivalente a un 25%, que percibe el personal de la Policía de Investigaciones con grado 11 y 30 años de servicios efectivos computables (Art. 46 letra k) del DFL).
- Especialidad al grado efectivo: Monto fijo según el grado jerárquico respectivo, conforme al Decreto N° 3551 de 1980 y sus modificaciones posteriores.
Cabe señalar que, debido a la emergencia sanitaria por el Covid-19, la atención de público se ha suspendido en forma presencial, realizándose de lunes a viernes de 09:00 hrs.
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