Guía para Optimizar tu Pensión: ¿Cuánto Cotizar para una Mejor Jubilación?

Asegurar una buena pensión es fundamental para mantener tu calidad de vida en el futuro y contar con ingresos estables al momento de retirarte. Esto es especialmente relevante para los trabajadores independientes, cuyos ingresos pueden variar de un mes a otro. Aun así, es crucial no descuidar la cobertura de seguridad social, incluyendo el ahorro previsional.

Obligaciones de Cotización para Trabajadores Independientes

Desde el año 2019, todos los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios por un total igual o superior a cinco ingresos mínimos mensuales durante el año, y que al 1 de enero de 2018 tuvieran menos de 50 años (mujeres) o menos de 55 años (hombres), están obligados a cotizar para su seguridad social.

El financiamiento de estas cotizaciones se realiza mediante la retención aplicada a cada boleta de honorarios emitida. El monto exacto a pagar dependerá de tus ingresos anuales.

  • Si durante el año emites boletas de honorarios por un total igual o superior a 5 Ingresos Mínimos Mensuales (aproximadamente $2.553.180 en 2024), estarás obligado a cotizar en la Operación Renta siguiente.
  • El ingreso imponible que se considera para el cálculo corresponde al 80% del total de tus boletas emitidas.
  • Si, además de emitir boletas de honorarios, tienes un trabajo con contrato, el Servicio de Impuestos Internos (SII) sumará ambos ingresos para calcular tus cotizaciones.
Esquema de las obligaciones de cotización para trabajadores independientes en Chile

Estrategias para Mejorar el Monto de tu Pensión

Ahorro Previsional Voluntario (APV)

Como trabajador independiente, es clave considerar el ahorro voluntario para mejorar tu pensión. Es importante que complementes tu ahorro de forma voluntaria. Una alternativa eficaz es el Ahorro Previsional Voluntario (APV), que te permite aumentar tu fondo de pensión y acceder a beneficios tributarios.

Postergación de la Edad de Jubilación

Una de las recomendaciones por excelencia de los expertos para aumentar el monto de la pensión es postergar la edad de jubilación. Según la Asociación de AFP, por cada año que uno atrase este trámite, la asignación a recibir puede crecer en torno al 10% en el caso de los hombres y de 8% en las mujeres.

Nuevos Aspectos de la Reforma de Pensiones

La Reforma de Pensiones incorpora nuevos elementos al sistema que buscan mejorar las futuras prestaciones. Uno de ellos es la Cotización con Rentabilidad Protegida, la cual corresponderá a un 1,5% de tu sueldo imponible y cuyo costo será asumido por el empleador. Posteriormente, el monto cotizado por rentabilidad protegida será devuelto por el Estado e integrado a la cuenta individual de los actuales cotizantes al momento de su pensión, con intereses y reajustes.

Beneficios para Mujeres

La Reforma establece un beneficio especial para mujeres, quienes deberán haber cotizado al menos 10 años (120 meses) de manera continua o discontinua para acceder a él. Sin embargo, si el beneficio por años cotizados resulta menor a una pensión calculada con la cotización a cargo del empleador (que va a la cuenta de capitalización individual del afiliado), el beneficio será cero.

Es importante destacar que no podrán acceder a este bono de años cotizados las personas que tengan derecho a pensión a través de Capredena o Dipreca, incluso si también cotizaron a través del sistema de AFP. Asimismo, el cálculo del beneficio excluye los períodos cotizados que hayan sido utilizados para obtener una pensión en otro régimen previsional y que hayan dado derecho a un bono de reconocimiento. Este beneficio se extingue al fallecimiento del beneficiario y no será permanente.

Reforma de pensiones: ¿Cuándo y cuánto aumentarán?

Pensionados que Siguen Activos Laboralmente

Muchos seniors optan por jubilarse a la edad legal (60 años en mujeres y 65 para los hombres) y deciden seguir trabajando, ya sea para aumentar sus ingresos mensuales o para mantenerse activos. En estos casos, surge la duda sobre qué hacer con el porcentaje legal del 10% que es descontado del sueldo bruto de un trabajador e impuesto en la AFP.

Opciones y Procedimiento

Las personas pensionadas que siguen activas laboralmente no están obligadas a cotizar en la AFP. En este escenario, pueden solicitar por escrito al empleador que el 10% de imposición legal sea depositado como parte de su sueldo. La subsecretaria de Previsión Social, María José Zaldívar, enfatiza que si no desean cotizar, deben manifestar por escrito su deseo tanto al empleador como a la AFP en la que están afiliados, ya que de lo contrario, el empleador estará obligado a pagar las cotizaciones.

Quienes desean mantener el aporte previsional de forma voluntaria pueden hacerlo. En este caso, dicho monto puede ser percibido como parte de la pensión cada año, aumentándola levemente, o bien ser retirado como Excedente de Libre Disposición, si el jubilado tuviera esa facultad.

Beneficios de Seguir Cotizando después de Jubilarse

Según la asesora previsional y directora ejecutiva de Brain Invest, María Eugenia Jiménez, el mayor incentivo de seguir cotizando después de haber jubilado radica en que se trata de un ahorro no afecto a impuesto, ya que las imposiciones se realizan antes de tributación.

El saldo que el pensionado acumule en su cuenta de capitalización individual se destinará siempre a una pensión. Puede utilizarlo para negociar una mejora del monto de su renta vitalicia con una aseguradora o mejorar su pensión en la AFP a través del retiro programado. Sin embargo, Jiménez reconoce que para algunos, el aumento en la pensión quizá no sea muy perceptible, ya que el incremento es calculado según toda su expectativa de vida, diluyendo el ahorro.

Si el pensionado tiene derecho a retirar Excedente de Libre Disposición en la AFP, puede retirar el monto ahorrado intacto, siempre y cuando cumpla los requisitos, aunque este no estará libre de beneficios tributarios.

Todo afiliado con al menos 10 años de afiliación en cualquier sistema previsional podrá retirar parte del saldo de su cuenta de capitalización individual como Excedente de Libre Disposición, si sus fondos previsionales le permiten obtener una pensión al menos igual al 70% del promedio de sus remuneraciones imponibles y rentas declaradas, y al 100% de la pensión máxima con aporte solidario.

Otra ventaja importante es que, en caso de licencia médica, la persona podrá acceder al pago por los días no trabajados. Si no es imponente en una AFP, podrá ausentarse del trabajo, pero sin subsidio. Según la Superintendencia de Salud, para tener derecho al pago de subsidio por licencia médica, el trabajador (dependiente o independiente) debe tener un mínimo de seis meses de afiliación al sistema previsional (AFP o INP).

Desventajas de Seguir Cotizando

Entre los inconvenientes de seguir cotizando después de jubilarse, está el pago de la comisión a la AFP por la cotización, una obligación cuando se es imponente. Desde la Subsecretaría de Previsión Social, precisan que las administradoras de fondos de pensiones cobran por el depósito de cotizaciones y por el pago de pensiones de retiro programado y rentas temporales.

De este modo, si un pensionado recibe una jubilación por parte de la administradora de pensiones y decide cotizar, debe pagar ambas comisiones. Incluso si se trata de un pensionado por renta vitalicia a través de una compañía de seguros y decide seguir ahorrando, debe pagar a la AFP la comisión por depósito de cotizaciones, tal como cualquier trabajador activo.

Cabe señalar que el proyecto de Reforma a las Pensiones contempla la posibilidad de que las AFP cobren comisiones diferenciadas según el afiliado, lo que podría permitir que a los jubilados no se les cobre comisión por seguir cotizando, según detalla Zaldívar.

Cotización de Salud para Pensionados Activos

Según la Superintendencia de Salud y Mónica Titze, asesora de Pensiones de la Subsecretaría de Previsión Social, si una persona está pensionada y sigue trabajando, se le descontará el 7% tanto de su pensión como de su sueldo para salud. Todos los pensionados, al igual que los activos que trabajan, están obligados a cotizar por los ingresos laborales el 7% de estos para salud, ya sea en Fonasa o las isapres.

Si las sumas de las cotizaciones de salud exceden el precio del plan de salud pactado con una isapre, se generarán excedentes de cotización a favor del trabajador, cuyo destino será el que haya acordado con la isapre. En la práctica, se pagará dos veces ese porcentaje, pero el monto es redimible.

No obstante, las pensiones están exentas de la cotización de salud si pertenecen al 80% más vulnerable de la población, precisa Titze.

¿Qué Hacer si No Ha Recibido Sus Cotizaciones Previsionales?

En ocasiones, pueden surgir situaciones como la de Marcia Valladares, quien jubiló a los 60 años y siguió trabajando. Después de ocho años, se dio cuenta de que, si bien el empleador le había descontado el 10% de las imposiciones de su sueldo cada mes, ella no las había percibido en todo ese tiempo.

Desde la Subsecretaría de Previsión Social, explican que el empleador debe retener las cotizaciones de sus trabajadores y pagarlas en la AFP dentro de los 10 primeros días del mes siguiente a aquel en que se devengaron las remuneraciones. Si el plazo de 10 días vence en día sábado, domingo o festivo, dicho período se prorroga hasta el primer día hábil siguiente.

Si el pago no es oportuno, las sumas adeudadas deben ser pagadas por la empresa y reajustarse conforme al IPC, aplicando además un interés penal de acuerdo con una tabla emitida por la Superintendencia de Seguridad Social.

Gráfico o infografía sobre el proceso y plazos de pago de cotizaciones previsionales

Herramienta Digital para Estimar el Impacto de la Reforma

Existe una herramienta digital que permite a pensionadas y pensionados de 65 años y más conocer, ingresando su RUT y ClaveÚnica, el impacto de los nuevos beneficios del Seguro Social y el aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU).

El aplicativo está alojado en www.lareformadepensiones.cl y permite acceder a información comparativa entre la pensión actual y la estimada con los beneficios de la Reforma. Esta herramienta es un paso concreto para que las personas sepan cómo mejorará su pensión. Está disponible para personas jubiladas de 65 años o más, con retiro programado o renta vitalicia, basándose en información oficial de la Superintendencia de Pensiones y del Instituto de Previsión Social, considerando valores de UF a noviembre de 2025. Los beneficios del Seguro Social comenzarán a pagarse en enero de 2026, mientras que el aumento de la PGU ya está vigente para personas mayores de 82 años desde septiembre.

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