Sistema de Pensiones y Jubilaciones en Chile: Contexto y Montos en 1982

El sistema de pensiones en Chile ha experimentado cambios significativos a lo largo de su historia, siendo un tema de constante debate y reformas. Para entender los montos de jubilación en 1982, es fundamental considerar el contexto de la reforma previsional implementada por la dictadura militar.

Historia y Evolución del Sistema Previsional Chileno

En Chile, las primeras normativas orientadas a regular las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia para miembros del ejército, marinos y funcionarios públicos datan de 1855, 1866 y 1888, respectivamente. Un hito importante fue la aprobación en 1924 de la Ley N° 4.054, que creó el Seguro de Enfermedad, Invalidez y Vejez de carácter obligatorio.

Históricamente, las edades de retiro variaban en función de la profesión y la caja a la que se pertenecía, caracterizándose por una definición establecida de los beneficios a obtener.

Línea de tiempo con los hitos del sistema previsional chileno

La Reforma Previsional de 1981 y sus Consecuencias

En 1981, la dictadura militar chilena implementó una reforma radical al sistema de pensiones, basada en la construcción de un esquema privado de capitalización individual. El objetivo era crear un régimen de capitalización individual de administración privada que reemplazara al sistema estatal de reparto.

El nuevo sistema se implementó a fines de 1981 a través de un decreto-ley. A partir de 1982, todos los trabajadores en relación de dependencia fueron ingresados compulsivamente al nuevo sistema privado y obligados a adherir a alguna Administradora de Fondos de Pensión (AFP). Las únicas excepciones fueron los integrantes de las Fuerzas Armadas y los Carabineros, además de algunos pocos aportantes que en el momento del traspaso permanecieron en el antiguo sistema de reparto.

Para justificar la reforma, el gobierno de Augusto Pinochet criticó el sistema anterior, mezclando problemas existentes con argumentos ideológicos. Se adujo que el bajo nivel de las pensiones y las crecientes dificultades de financiación eran problemas inherentes al sistema, cuando en realidad eran causados por parámetros específicos que podían corregirse sin una reforma integral.

La Reforma Previsional explicada en simple

Justificación y Críticas de la Reforma

Jaime Ruiz Tagle, miembro del Consejo Asesor Presidencial para la Reforma Previsional creado por Michelle Bachelet, concluye hoy que una reforma parcial del sistema de reparto era perfectamente factible. Sin embargo, la reforma total encarada por la dictadura se llevó a cabo.

Hasta hace apenas seis años (a la fecha del texto original), los críticos del modelo previsional chileno aún remaban contra la corriente. El sistema de capitalización individual obligatorio era propagado internacionalmente como un ejemplo exitoso. Sin embargo, la realidad actual muestra una cara radicalmente distinta, ya que ninguna de las metas planteadas entonces pudo ser alcanzada.

Cálculo y Montos de Jubilaciones en 1982 (Régimen Antiguo)

Aunque el nuevo sistema privado de AFP comenzó a operar en 1982, es importante recordar que parte de la población continuó bajo el antiguo sistema de reparto, especialmente los miembros de las Fuerzas Armadas y Carabineros, así como algunos aportantes que optaron por permanecer.

El sistema moderno se financia con las contribuciones que realizan los empleados en una Cuenta de Capitalización Individual, que es administrada por alguna de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Cálculo de Pensiones para Empleados Públicos bajo el D.F.L. N°1.340 bis (Régimen Antiguo)

Para aquellos que permanecieron en el régimen antiguo, especialmente empleados públicos, el cálculo de las pensiones se regía por el D.F.L. N°1.340 bis.

El artículo 23 del D.F.L. N°1.340 bis establecía que el monto de la pensión sería igual a tantos treinta avos del sueldo base como años hubieren servido.

Para determinar el sueldo base mensual, se debían considerar varios factores:

  1. Disminución de remuneraciones imponibles: Por aplicación del artículo 4° del D.L. Además, por disposición del artículo 1° de la Ley N°19.200 (posterior a 1982), se debían descontar de dichas remuneraciones imponibles las bonificaciones a que se refieren las Leyes N°18.675 y 18.566.
  2. Tope máximo de imposiciones: Se debía revisar que ninguna de las remuneraciones de la base de cálculo superara el tope máximo de imposiciones, equivalente a 60 UF, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5° del D.L.

El sueldo base de las pensiones se establecía en el artículo 19 del D.F.L. N°1.340 bis. Para estos efectos, se sumaban todas las remuneraciones obtenidas y el total se dividía por 36. Por ejemplo, si el total era 27.147 (en miles de pesos), el sueldo base mensual sería 27.147/36 = 754.083.

Ejemplo de Cálculo de Pensión de Vejez e Invalidez (Régimen Antiguo)

De conformidad con lo señalado en el artículo 23 del D.F.L. N°1.340 bis, si una persona servía un número determinado de años, el monto de su pensión se calculaba proporcionalmente. Por lo tanto, si un causante se invalidaba en las mismas condiciones descritas para la pensión de vejez, su pensión de invalidez sería equivalente a la de vejez, por ejemplo, $721.021 (valores hipotéticos del texto original para el año 2007).

Las pensiones de invalidez de este régimen se determinaban de la misma forma que las de pensión de vejez, de acuerdo con lo señalado en el artículo 23 del D.F.L.

Infografía comparativa del cálculo de pensiones de vejez e invalidez bajo el D.F.L. N°1.340 bis

Pensiones de Viudez (Régimen Antiguo)

Para el caso de las pensiones de viudez, estas eran iguales al cincuenta por ciento del sueldo base establecido en el artículo 19 del D.F.L.

Montos Promedio de Pensiones (Datos de 2007 para Contexto)

Aunque los datos específicos de 1982 no se detallan en el borrador, los montos promedio de pensiones de vejez, sobrevivencia e invalidez en ambos sistemas (antiguo estatal y nuevo de AFP) para el año 2007 ofrecen un contexto para entender la evolución y las diferencias. En 2007, estas rondaban los 352 dólares en el caso de las AFP y los 415 dólares en el sistema estatal; la diferencia era del 18%.

También había una diferencia notable en el caso de las pensiones de vejez puras: en las AFP, estas rondaban los 337 dólares (410 si se incluían los retiros adelantados); en el sistema estatal, en cambio, el monto ascendía a unos 510 dólares, una diferencia del 51% o del 25% si se incluían los retiros adelantados. Sin embargo, en el sistema estatal, el 80% de los pensionados tenía haberes por debajo de los 370 dólares, mientras que alrededor del 9% de las pensiones de vejez estatales ascendían a unos 1.177 dólares en promedio, tratándose sobre todo de miembros de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, para quienes la dictadura mantuvo el antiguo sistema de reparto con dos cajas de compensación.

Cobertura y Densidad de Aportes en el Nuevo Sistema

A fines de 2007, la población de Chile ascendía a 16,7 millones de personas, de las cuales aproximadamente ocho millones estaban afiliadas a las AFP. Se consideran afiliadas todas aquellas personas que hayan efectuado al menos un aporte durante su vida. Sin embargo, es más adecuado considerar el número de aportantes, que ascendía a 4,37 millones, lo que significaba que alrededor del 62% de la población activa aportaba a un fondo de pensiones privado, mientras que otro 3,7% continuaba aportando al sistema antiguo. Esto resultaba en una cobertura de dos tercios de la población, la más alta de América Latina según datos oficiales.

Sin embargo, esta buena posición respecto a otros países latinoamericanos se relativiza al considerar que, después de más de un cuarto de siglo, la extensión de la cobertura no aumentó en comparación con la vigente en 1975, a pesar de que desde 1990 el ingreso per cápita del país se incrementó más de cuatro veces. Aún hoy, más de un tercio de la población activa sigue careciendo de cobertura previsional contributiva, lo cual afecta sobre todo a los trabajadores autónomos.

Al mismo tiempo, los datos acerca de la cobertura total reflejan solo una parte de la realidad, pues los afiliados a las AFP aportan solo en forma esporádica, con las consecuentes «lagunas previsionales». La densidad de aportes promedio es de alrededor del 52% de la vida laboral, con diferencias de género muy claras: la densidad de aportes de los hombres asciende a casi el 60%, mientras que la de las mujeres es inferior al 44%.

Desarrollo y Rentabilidad de los Fondos de Pensiones

El monto de las pensiones es tan bajo debido, entre otras cosas, a los elevados gastos administrativos, que tras los descuentos del seguro de invalidez y de sobrevivencia ascienden, en promedio, al 4% de los aportes efectuados. Por mantenimiento de los fondos no se cobra ninguna comisión. Debido a la cantidad de comisiones fijas adicionales que deben afrontar, quienes terminan cargando con mayores costos son, sobre todo, los trabajadores de bajos ingresos en relación de dependencia, quienes prácticamente no obtienen tasas de retorno positivas.

Las AFP anunciaron oficialmente que, desde el inicio del nuevo sistema, sus inversiones obtuvieron una tasa de retorno promedio del 10%. Este porcentaje, sin embargo, está fuertemente influido por las tasas de crecimiento extremadamente altas registradas durante los primeros años. Si se tienen en cuenta las comisiones que cobran las AFP y el hecho de que en los últimos diez años la tasa de retorno de las inversiones tuvo una tendencia a la baja, la rentabilidad real de las inversiones de los afiliados a las AFP se sitúa entre el 4,5% y el 6,5%.

Entre 1991 y 2004, la rentabilidad del capital propio de las AFP se mantuvo alrededor del 27%, lo que demuestra que para quienes las manejan, resultaron una "mina de oro" cuyas ganancias se mantuvieron claramente por encima de las del sector financiero, excepto en 2006.

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