La cuestión de las pensiones que reciben los exdiputados y exsenadores en España ha sido objeto de debate público y críticas. Numerosos ciudadanos se preguntan cómo es posible que algunos exparlamentarios perciban la pensión máxima sin haber cotizado a la Seguridad Social, especialmente cuando la pensión media en el país es considerablemente inferior.
El origen y la evolución de un privilegio
El origen de este sistema de pensiones privilegiadas para exparlamentarios se remonta a julio de 1987. La intención principal era proteger a aquellos que, por diversas razones -incluido el exilio durante el franquismo-, no habían cotizado y cuyos ingresos eran mínimos al dejar su escaño. El Reglamento de Pensiones Parlamentarias fue aprobado en 2006, bajo la presidencia de Manuel Marín en el Congreso.

Funcionamiento del sistema original
La cuantía de estas pensiones dependía de los años de servicio como parlamentario, siendo necesarios más de 11 años para tener derecho al 100% de la prestación. Además, se estableció un mecanismo que permitía a las Cámaras abonar la diferencia entre el límite máximo de percepción de pensiones públicas y la pensión percibida por el solicitante. Esto garantizaba que, independientemente de lo cotizado a la Seguridad Social, cualquier parlamentario con al menos dos legislaturas pudiera jubilarse con la pensión máxima establecida en cada momento.
El sistema de protección social de los parlamentarios se cubría según su procedencia:
- Seguridad Social: Régimen general o especial de trabajadores autónomos.
- Funcionario público: Clases pasivas, Muface u otras.
- Profesionales de colegios/mutualidades: Estos no cotizan a la Seguridad Social, por lo que la complementación de la pensión por parte del Congreso o el Senado era máxima, abonando la totalidad de la pensión.
El Congreso cubría el sistema de protección social solo para aquellos miembros dedicados en exclusiva al Parlamento. Si se solicitaba compatibilidad para ejercer otras profesiones, las cuotas a la Seguridad Social corrían a cargo del propio parlamentario.
Casos emblemáticos de pensiones máximas
Algunos ejemplos notables de exparlamentarios que perciben la pensión máxima sin haber cotizado a la Seguridad Social incluyen a Pablo Castellano (PSOE), Jaime Ignacio del Burgo (UCD/UPN/PP) y Cristina Almeida (PCE/IU). Curiosamente, los tres son abogados. Castellano y Del Burgo perciben mensualmente 3.102,65 euros, y Almeida, 2.792,38 euros. La diferencia en los montos entre los dos primeros y la tercera se debe a los años en los que fueron diputados.
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Estos casos generan controversia, especialmente porque la pensión media en España no supera los 1.140 euros (o 993 euros si se considera el conjunto de las pensiones). La situación se agrava al constatar que algunos exparlamentarios llegan a cobrar más que la pensión máxima oficial, que para 2020 se estableció en 2.683,34 euros, debido a que las Cámaras realizan aportaciones por 12 mensualidades, mientras que la Seguridad Social paga en 14 pagas.
La reforma de 2011 y sus limitaciones
La indignación pública, exacerbada por el estallido del 15-M, llevó a las Mesas del Congreso y del Senado a modificar el Reglamento de Pensiones Parlamentarias el 19 de julio de 2011. Sin embargo, esta reforma no tuvo carácter retroactivo. Esto significa que las situaciones consolidadas y los derechos adquiridos por quienes ya percibían estas pensiones antes del 13 de diciembre de 2011 se mantuvieron.
A día de hoy, un total de 114 exdiputados y exsenadores continúan percibiendo aportaciones extraordinarias de las Cámaras para complementar su pensión pública hasta alcanzar el subsidio máximo. La cuantía de estas aportaciones varía según si el parlamentario cotizó o no a la Seguridad Social en su vida laboral privada.
En julio de 2025, 119 personas cobraron la pensión parlamentaria por un importe conjunto de 137.076,53 euros. La cuantía de estas pensiones es la diferencia entre la pensión ordinaria que tenga el exdiputado o exsenador y la cantidad máxima que puede percibir por una pensión pública, restando un porcentaje en función del número de años de servicio parlamentario.
Ejemplo de cálculo de pensión parlamentaria (2025)
La cuantía máxima por una pensión pública es de 3.267,60 euros. Si un exdiputado cobra 2.000 euros por su pensión ordinaria y tiene derecho a la ayuda del Congreso anterior a 2011, la pensión parlamentaria será de hasta 1.267,60 euros.
Indemnizaciones actuales tras la disolución de las Cortes
En la actualidad, los miembros del Congreso y del Senado reciben dos tipos de ayudas al dejar su cargo:
- Una indemnización por disolución de las Cortes Generales al final de la legislatura, destinada a cubrir la "carencia de cobertura de quien desempeña el mandato parlamentario".
- Una ayuda para diputados o senadores con más de dos años en el cargo. La cuantía equivale a una mensualidad por cada año de mandato, con un máximo de 24 mensualidades.
