La pensión de invalidez se otorga a aquellas personas que, sin haber alcanzado la edad legal de jubilación, pierden parcial o totalmente su capacidad de trabajo debido a una enfermedad o debilitamiento físico o mental. En el sistema previsional, existen distintos tipos de pensión, categorizados según el motivo: vejez normal, vejez anticipada, invalidez y sobrevivencia.
La calificación como inválido y el grado de invalidez debe ser definido por una Comisión Médica, la cual depende de la Superintendencia de Pensiones. Para solicitar esta pensión, no es necesario tener declarada la invalidez ante una comisión médica previamente.

¿Quiénes pueden optar a una Pensión por Invalidez?
Las personas afiliadas menores de 65 años, sean hombres o mujeres (las mujeres deben haber optado a continuar cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), quienes a consecuencia de enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo.
Tipos de Invalidez:
- Pensión de Invalidez Total: Para personas afiliadas con una pérdida de, al menos, dos tercios de su capacidad de trabajo. En este caso, la invalidez será definitiva.
- Pensión de Invalidez Parcial: Para personas afiliadas con una pérdida de su capacidad de trabajo igual o superior a 50% e inferior a dos tercios (66.6%). Este dictamen será transitorio por 3 años.
Es importante destacar que si una persona es declarada Inválida Parcial o Total, no existe ningún inconveniente para continuar trabajando. Si es pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y trabaja, cotiza como trabajador activo.

Pasos para Tramitar la Pensión por Invalidez
Para iniciar el trámite, los trabajadores deben solicitar su pensión concurriendo directamente a la AFP en la cual registran afiliación con su cédula nacional de identidad, firmando en original y copia la respectiva solicitud. Asimismo, puede iniciar el trámite haciendo uso de los servicios que las Administradoras tienen en sus sitios web. Estas gestiones son gratuitas. Si cumples con los requisitos, puedes ingresar tu solicitud por videollamada con la ayuda de un ejecutivo.
Paso 1: Suscripción de solicitud de pensión y calificación de invalidez
Ingresa tu solicitud de pensión y calificación de invalidez agendando una videollamada con uno de nuestros asesores o en cualquiera de nuestras sucursales. Si tu cobertura del SIS está en riesgo, debes hacer tu solicitud con urgencia.
Documentos necesarios:
- Cédula de identidad vigente.
- Poder notarial en caso de que lo realice un tercero.
- Datos de tus beneficiarios: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento.
- Empleados públicos: deben presentar certificado que lo acredite.
- Si cuenta con antecedentes médicos que necesita que sean evaluados en la Comisión Médica Regional, puede enviarlos directamente al correo electrónico de la comisión médica correspondiente a su domicilio. No es obligación presentar informes de su médico tratante al momento de firmar la solicitud, pero sí es posible.
La AFP hará la suscripción de la solicitud y enviará la información a la Comisión Médica para la tramitación. Este paso tomará entre 1 y 5 días hábiles.
Paso 2: Evaluación por la Comisión Médica
La Comisión Médica Regional (CMR) te contactará para informarte el día, la hora y el lugar al que deberás asistir para evaluar tu invalidez. Cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada, la CMR cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le hace entrega de las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, de acuerdo con los impedimentos que la afiliada o el afiliado declare.
Si la solicitud se considera fundada, la CMR designará a un médico asesor (sin costo para la persona) que revisará los antecedentes y asistirá en el proceso de evaluación y calificación de invalidez.
Una vez que se tienen los resultados de los exámenes e interconsultas médicas correspondientes, la CMR determina si el impedimento o enfermedad invocado es objetivo, demostrable, si se han agotado las terapias médicas o quirúrgicas accesibles, y si se ha cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.
El costo de los exámenes e interconsultas lo cubre el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) si se tiene cobertura. En el caso de personas solicitantes de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) del Instituto de Previsión Social (IPS), los exámenes serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan.
Este paso tomará entre 5 a 30 días aproximadamente.
¿Cómo se evalúa una Pensión de Invalidez? PATRICIO BERNAL ASESOR PREVISIONAL
Paso 3: Emisión de Dictamen de Invalidez
Con la determinación del grado de invalidez, la Comisión Médica emitirá el dictamen con la resolución de tu caso. Los posibles resultados son: calificación con invalidez parcial, total, o rechazo de la solicitud. Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una primera pensión de invalidez que puede ser total o parcial.
Esta resolución tomará aproximadamente 60 días hábiles.
Apelaciones:
- Existe un plazo de 15 días hábiles desde la notificación del primer dictamen para realizar una apelación ante la Comisión Médica Central (CMC).
- El plazo para presentar la apelación ante la CMC es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen.
- A su vez, la CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.
Si el dictamen es favorable, se ratifica la decisión de la Comisión Médica a través de un dictamen ejecutoriado, que legaliza lo determinado.
Paso 4: Retiro de Certificado de Saldo e Ingreso de Solicitud a SCOMP
Si tu invalidez es aprobada y definitiva, se emitirá un Certificado de Saldo. La AFP emitirá tu Certificado de Saldo, que mostrará todo el ahorro acumulado a lo largo de tu vida laboral, más la rentabilidad generada. Este Certificado tiene una validez de 35 días y se envía por correo electrónico para su descarga desde el sitio web de la AFP.
Luego de revisar tu Certificado de Saldo, podrás solicitar, a través de una videollamada con asesores, las opciones de pensión que te entrega el Sistema de Ofertas y Consultas de Montos de Pensión (SCOMP).
Documentos necesarios:
- Cédula de identidad vigente.
- Certificado de saldo (en caso de que vayas otro día a realizar este paso).
- Poder notarial en caso de que lo realice un tercero.
En 8 días hábiles, recibirás un "Certificado de Ofertas" con los montos de Pensión.
Paso 5: Asesoría y Aceptación de una Oferta
En esta etapa tienes varias opciones para elegir la mejor opción de pensión:
- Puedes aceptar alguna de las propuestas que aparecen en el Certificado de Ofertas, ya sea por la AFP o por las Compañías de Seguro.
- Puedes solicitar a las Compañías de Seguro que ofertaron una Oferta Externa para que la evalúen, lo que podría permitir acceder a una mejor pensión que las entregadas por el SCOMP.
- Si el certificado de saldo sigue vigente, puedes ingresar una nueva solicitud al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP).
- Finalmente, puedes desistir del trámite, no estás obligado a seleccionar una oferta.
Documentos necesarios:
- Cédula de identidad vigente.
- Poder notarial en caso de que lo realice un tercero.
- Certificado oficial de ofertas SCOMP.

Paso 6: Comienzo del Recibo de la Pensión
Recibirás tu pago de pensión en 10 días hábiles después de la aceptación de la oferta.
Particularidades de la Pensión por Invalidez Parcial
La Pensión de Invalidez Parcial es un dictamen transitorio que dura 3 años. Si eres declarado Inválido Parcial, recibirás durante 3 años una Pensión mensual equivalente al 50% de tu ingreso base.
Al terminar este periodo, se efectúa una reevaluación de la invalidez que afecta al trabajador. La comisión médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial. De acuerdo con esa revisión, en un nuevo y segundo dictamen, resolverá si confirma o rechaza la invalidez.
- Si en la reevaluación se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado pasa a ser activo.
- Si el grado de invalidez es confirmado en la reevaluación (ya sea total o parcial), se otorga una pensión de invalidez definitiva. La AFP entregará al pensionado el Certificado de Saldo para que ejerza el derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez, suscribiendo la Selección de Modalidad.
Sin embargo, la legislación también precisa que si se trata de una invalidez parcial, posteriormente, con el paso del tiempo, la pensionada o el pensionado tiene derecho a solicitar otra reevaluación de su invalidez si sus impedimentos han progresado.
El financiamiento de esta pensión depende de si el afiliado tiene derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS):
- Con cobertura: La pensión es pagada por la AFP, con cargo a la Compañía de Seguros que contrató con este fin.
- Sin cobertura (invalidez parcial): Recibirás pensiones mensuales de ahorros de tu cuenta individual.
Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)
La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un aporte monetario mensual para personas entre 18 y 65 años de edad declaradas con invalidez y que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional. Para solicitar la PBSI, se puede hacer en el sitio web, por videoatención y en las sucursales ChileAtiende. Los titulares de PBSI pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan los requisitos para ser causantes del sistema.
Las personas beneficiarias recibirán esta pensión hasta el último día del mes en que cumplan 65 años. A contar de esa fecha, podrán acceder a la Pensión Básica Solidaria de Vejez.
Consideraciones Adicionales
- Si mueres antes de la edad legal de Pensión o estando pensionado, generarás una Pensión de Sobrevivencia en el caso de que tengas beneficiarios de Pensión.
- Sí, puedes tramitar y recibir tu Pensión en el extranjero siempre y cuando el país en el que vivas tenga un Convenio Bilateral con Chile.
- Si tienes dudas, puedes llamar al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si estás en el extranjero).