Atenciones de salud para personas con discapacidad en FONASA: Detalles de la cobertura

A partir del 25 de noviembre de 2019, las personas con discapacidad, inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad y afiliadas a FONASA, tienen derecho a un aumento significativo en la cobertura de sus prestaciones de salud. Esta medida, anunciada por la Primera Dama Cecilia Morel junto a los ministros de Salud y Desarrollo Social, beneficia a más de 360 mil personas.

Fotografía de autoridades anunciando beneficios de salud para personas con discapacidad

Ampliación de cobertura sin tope de atenciones

Kinesiología y Fonoaudiología

Desde el 25 de noviembre de 2019, las prestaciones de Fonoaudiología y Kinesiología para personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad ya no tienen un tope de atenciones anuales. Anteriormente, existía un límite de 90 atenciones al año para Kinesiología y entre 15 y 30 sesiones al año para Fonoaudiología, dependiendo del tipo de prestación. Esta modificación permite a los beneficiarios acceder a estas terapias sin restricciones en el número de sesiones, lo que representa "un respiro para las personas que las requieren con mayor frecuencia", según el Director Regional de SENADIS, Iván González.

Terapia de lenguaje para personas con discapacidad

Terapia Ocupacional

Adicionalmente, a partir de enero de 2020, la Terapia Ocupacional se codificó como prestación FONASA, brindando por primera vez cobertura financiera en esta especialidad. A diferencia de las prestaciones de Fonoaudiología y Kinesiología, para acceder a las prestaciones de Terapia Ocupacional, las personas no requieren estar inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad, y el tope anual es de 100 prestaciones. Antes de esta medida, las familias debían asumir el costo total de las atenciones de terapia ocupacional.

Beneficiarios y modalidades de acceso

Estos beneficios están dirigidos a:

  • Personas inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad y que pertenezcan a FONASA.
  • Niños y niñas con discapacidad que estén inscritos en el Registro Nacional de la Discapacidad.

Para las prestaciones de Kinesiología, Fonoaudiología y Terapia Ocupacional en Modalidad Libre Elección (MLE), pueden acceder las personas beneficiarias de FONASA inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad y que pertenezcan a los tramos B, C y D. Las personas beneficiarias de FONASA del tramo A se atienden en el sistema público (atención primaria y hospitales públicos).

Impacto en el acceso a la salud

Hasta la entrada en vigencia de estos beneficios, las personas con discapacidad tenían un máximo de prestaciones cubiertas por su seguro de salud al año. Si requerían más atenciones, debían pagar las sesiones de rehabilitación de manera "particular". La eliminación de los topes de atención y la incorporación de Terapia Ocupacional "terminan con el tope de atenciones en kinesiología y fonoaudiología, además de la incorporación de terapia ocupacional a codificación FONASA para contar con apoyo financiero", destacó una autoridad de gobierno.

Infografía comparativa de cobertura de atenciones antes y después de la nueva ley

Extensión del beneficio a Isapres

Ambos beneficios se harán extensivos a las personas que estén en Isapres, ya que la ley establece que las Isapres no pueden otorgar una cobertura financiera menor a la que otorga FONASA. Esto es regulado por la Superintendencia de Salud.

Cómo obtener la Credencial de Discapacidad

El encargado de Discapacidad de COMPIN Magallanes, Juan Cristóbal Cárdenas, explicó que para iniciar el trámite para obtener la Credencial de Discapacidad, la persona con discapacidad, quien lo represente o la persona a cargo, puede dirigirse a la oficina de COMPIN Magallanes, ubicada en avenida Bulnes N° 0136 (Edificio Bioclimático) o al Punto de Discapacidad que tiene la institución en el Hospital Clínico de Magallanes. Una vez iniciado el trámite, se elaborarán tres informes obligatorios: Informe Biomédico Funcional, Informe Social y de Redes de Apoyo, e Informe de Desempeño (IVADEC-CIF), los que deben ser presentados en la COMPIN correspondiente.

Mapa de ubicación de oficinas COMPIN para trámites de discapacidad

Preguntas frecuentes sobre la atención preferente

Derivación a especialistas

En caso de que una persona con discapacidad deba ser derivada a un especialista, se establece la asignación prioritaria para la realización de exámenes o procedimientos médicos más complejos.

Medicamentos

La atención preferente opera en cuanto a la indicación y entrega de los medicamentos, asegurando un acceso expedito para las personas con discapacidad.

Exámenes y tratamientos en consultorios u hospitales

Si es necesario tomar exámenes o aplicar un tratamiento en el consultorio u hospital, las personas con discapacidad tendrán acceso a una atención prioritaria.

Exigencia a prestadores y difusión del derecho

Existe una exigencia a los prestadores de difundir este derecho y se establecerá la forma en que cada establecimiento hará efectivo este derecho, garantizando que sea conocido y aplicado por todos.

Requisitos generales para acceder a los beneficios

Las personas solo deben estar inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad y adquirir los bonos en el prestador de su preferencia.

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