FONASA: Cobertura, Beneficios para Jubilados, Modalidades y Atención de Urgencia

El Fondo Nacional de Salud (FONASA) es el sistema público de salud en Chile que brinda cobertura financiera a sus beneficiarios y beneficiarias, según su nivel de ingresos y vulnerabilidad económica. FONASA no excluye a nadie; todas las personas pueden ser parte del Fondo Nacional de Salud, incluyendo a los extranjeros.

La cobertura de salud que otorga Fonasa por las atenciones de salud dependerá del tramo en el cual se encuentre calificado el beneficiario (A, B, C o D).

Infografía: Tipos de beneficiarios y tramos de FONASA (cotizantes, no cotizantes)

Tipos de Beneficiarios y Tramos

FONASA clasifica a sus beneficiarios en dos grandes grupos:

  • Cotizantes: Incluye a trabajadores dependientes (con contrato diario por turnos o jornadas) e independientes, que aportan económicamente el 7% legal de su remuneración. Para los trabajadores que emiten boletas de honorarios, la cotización obligatoria rige para aquellos que durante 2023 emitieron boletas por un monto bruto igual o superior a $2.300.000. La cobertura de salud aplicará desde julio del año que se realice la Operación Renta hasta junio del año siguiente.
  • No Cotizantes: Son aquellas personas que no aportan a Fonasa porque carecen de recursos o sus ingresos no son suficientes para cotizar (menores al ingreso mínimo imponible). Estos son clasificados en el Tramo A, con derecho a atención de salud en toda la Red Pública Preferente y tienen gratuidad.

Los beneficiarios del FONASA acceden a las atenciones de salud a través de dos modalidades de atención: la Modalidad de Atención Institucional (MAI) y la Modalidad de Libre Elección (MLE).

Modalidad de Atención Institucional (MAI)

La Modalidad de Atención Institucional se refiere a las atenciones recibidas en establecimientos de la Red Pública de Salud. El pago que deberá efectuar el beneficiario dependerá del grupo de ingreso en el cual se encuentre clasificado (grupos B, C o D).

Cobertura y Beneficios en MAI

  • Copago Cero: En la Red Pública, existe el beneficio de Copago Cero en las atenciones de salud. Los tramos A y B tienen 100% de bonificación en la Red Pública, lo que significa que no pagan por sus atenciones de salud.
  • Cobertura para Cesantes: Un trabajador o trabajadora cesante y su grupo familiar, que no recibe Subsidio de Cesantía ni Seguro de Desempleo, podrá acceder a los beneficios del FONASA a través de la MAI (establecimientos públicos, en sala común), presentando la credencial de salud otorgada por el FONASA o su tarjeta de gratuidad. FONASA ofrece cobertura en salud hasta 12 meses después de la fecha del finiquito de trabajo.
  • Beneficios para Adultos Mayores: Según Resolución Exenta N° 50 del 30/01/2009 del Ministerio de Salud, se aplican coberturas adicionales para algunos pacientes que se atienden bajo la Red Pública de Salud. Por ejemplo, las personas que son adultos mayores tendrán cobertura 100% para pacientes mayores de 60 años, independiente de su tramo FONASA.

Atención Primaria y Derivaciones

Lo más importante para los beneficiarios es estar inscrito en el consultorio más cercano a su domicilio, ya que desde los consultorios se realiza la derivación hacia los hospitales. Mientras se atiende en el Consultorio y en caso de necesitar una atención más especializada, el paciente será derivado a través de interconsulta a un Centro de Referencia de Salud (CRS).

Modalidad de Libre Elección (MLE)

Los asegurados de Fonasa que se encuentran en los tramos B, C y D pueden optar por la Modalidad de Libre Elección (MLE), es decir, por las prestaciones que ofrecen centros médicos, clínicas y profesionales que mantienen un convenio con Fonasa. La cobertura financiera variará según el nivel en el cual esté inscrito el Establecimiento de Salud donde se atienda (Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3).

Para atenderse en estos establecimientos o con profesionales de la salud en convenio, los afiliados de Fonasa deben realizar un copago de acuerdo al nivel en el cual está inscrito el establecimiento o el profesional.

Infografía: Niveles de atención en MLE y sus copagos

Bonos y Pagos en MLE

  • Bono web: Se puede comprar este bono de forma digital en «Mi FONASA» para consultas de médicos en convenio.
  • Prefolio: Es un código que se genera en Mi FONASA o en el call center, que permite pagar el bono consulta en Sencillito o Klap (ex Multicaja).
  • Bonos PAD (Pago Asociado a Diagnóstico): También es posible acceder a la compra de Bonos PAD, que ofrecen cobertura integral para problemas de salud específicos, pagando un precio fijo y conocido previamente.

Consideraciones para Jubilados

Para los jubilados y pensionados, especialmente aquellos que han cotizado en el extranjero, la Superintendencia de Pensiones es la encargada de convertir la pensión de su país a moneda nacional y calcular el monto de la cotización que deben pagar.

Además de la cobertura al 100% para mayores de 60 años en la Red Pública, los jubilados mantienen sus derechos y modalidades de atención como cualquier otro beneficiario de FONASA, con la posibilidad de acceder a MLE según su tramo.

Foto: Adultos mayores accediendo a servicios de salud

Atención de Urgencia Vital

Se entiende por urgencia o emergencia vital toda condición clínica que implique riesgo de muerte o de secuela funcional grave. La atención de urgencia o emergencia vital ante un hecho de tal envergadura debe ser inmediata e impostergable. La condición de riesgo de muerte o de secuela funcional grave deberá ser certificada por un médico cirujano de la unidad de urgencia pública o privada en que la persona sea atendida.

Prohibición de Cheque en Garantía

La Ley N°20.394 prohíbe condicionar las atenciones médicas a un cheque o dinero en garantía, sean atenciones de urgencia vital o programada. El paciente que llega a un servicio de urgencia en situación de riesgo vital debe ser atendido inmediatamente; su atención no puede ser supeditada de modo alguno a la exigencia de un cheque, de dinero o cualquier otro medio de pago por esas prestaciones. La ley prohíbe y sanciona al servicio médico que no atiende a un paciente en riesgo vital. El prestador que niega o restringe una atención de urgencia vital a la entrega de un cheque en garantía o dinero en efectivo, está actuando en contra de la ley y este hecho puede ocasionarle importantes sanciones.

Superintendente de Salud explica: ¿En qué consiste la Ley de Urgencia y qué cubre?

Costos de la Atención de Urgencia

Es importante destacar que la Ley de Urgencia no exime a un paciente de la obligación de pagar las atenciones de salud producto de una urgencia vital. La Ley de Cheque en Garantía no altera las normas legales vigentes en materia de pago de prestaciones de salud por una urgencia vital porque es la Aseguradora, Fonasa o Isapre, quien debe pagar al prestador las atenciones de urgencia correspondientes, debiendo el paciente concurrir con el copago respectivo.

Para un asegurado o una asegurada de Fonasa, el ingreso idealmente debiera ser en un establecimiento de la red pública de salud. No obstante, si ingresa a un centro de salud privado que cuenta con una unidad de emergencia, y el médico certifica esta condición, será atendido en el contexto de la Ley de Urgencia hasta que el profesional indique su traslado a la red correspondiente (de acuerdo con el domicilio que tiene registrado en el verificador de Fonasa).

Si a los 30 días no se ha pagado el monto correspondiente al asegurador, se generará un préstamo automático de cuotas iguales y sucesivas con vencimiento mensual (incluyendo el reajuste por IPC). Estas cuotas no pueden sobrepasar el 5% de la remuneración o renta imponible en el caso de los afiliados y afiliadas dependientes e independientes, y de los pensionados y pensionadas, ni una suma equivalente al precio del plan de salud contratado voluntariamente.

Examen de Medicina Preventiva (EMP)

El Examen de Medicina Preventiva (EMP) es una evaluación periódica de salud, de carácter voluntario y gratuito, que forma parte de las prestaciones del AUGE-GES para las personas beneficiarias de FONASA e ISAPREs. Este examen permite detectar oportunamente enfermedades de alta ocurrencia en el país, a fin de actuar inmediatamente a través del control y tratamiento de la misma. Un beneficiario o beneficiaria de FONASA debe solicitar el EMP en el consultorio en que está inscrito.

Derechos y Deberes de los Pacientes (Ley N°20.584)

Todos los pacientes del Sistema Público y Privado tienen los siguientes derechos y deberes, de acuerdo a lo establecido en el Título II de la Ley N°20.584 que regula las acciones vinculadas a su atención en salud:

  • Derecho a Información: Toda persona tiene derecho a ser informada, de forma oportuna y comprensible, acerca de su estado de salud, posible diagnóstico, alternativas de tratamiento, riesgos y pronóstico esperado. Si la condición de la persona, a juicio del médico, no le permitiera recibir tal información, debe ser entregada a su representante legal o a la persona bajo su cuidado. Asimismo, el prestador debe entregar por escrito la información sobre los aranceles y procedimientos de cobro.
  • Derecho a Trato Digno: Una persona tiene derecho a recibir un trato digno y respetuoso en todo momento y circunstancia, lo que incluye lenguaje claro y adecuado, protección y respeto de su honra y vida privada, y actitudes de cortesía y amabilidad. Se debe facilitar la compañía de familiares y amigos cercanos durante su hospitalización y en prestaciones ambulatorias, de acuerdo con la reglamentación interna de cada establecimiento, aunque esto puede restringirse por beneficio clínico. El paciente también tiene derecho a consejería y asistencia religiosa o espiritual.
  • Consentimiento Informado: Toda persona tiene derecho a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier procedimiento o tratamiento, con ciertas limitaciones, como el rechazo a tratamientos que puedan implicar la aceleración artificial de la muerte, la eutanasia o el auxilio al suicidio.
  • Confidencialidad de la Ficha Clínica: La información que surge de la ficha clínica, de los estudios y demás documentos donde se registren procedimientos y tratamientos, es considerada como dato sensible y por tanto tiene la calidad de reservada.
  • Reclamos y Cuentas Detalladas: Toda persona tiene derecho a efectuar las consultas y los reclamos que estime pertinentes respecto de la atención de salud recibida. Asimismo, tiene derecho a recibir una cuenta actualizada y detallada de los gastos incurridos en su atención de salud. Al momento de ingresar, se informará por escrito a la persona o a su representante de los posibles plazos para el pago de las prestaciones, medicamentos e insumos utilizados, así como de los cargos por intereses u otros conceptos. En caso de que las dosis de medicamentos o insumos sean unitarias, el paciente solo estará obligado al pago de aquellas unidades efectivamente usadas.
  • Trato Respetuoso a Equipo de Salud: Es deber del paciente tratar respetuosamente a los integrantes del equipo de salud.
  • Vivir con Dignidad: Toda persona en estado terminal tendrá derecho a vivir con dignidad hasta el momento de su muerte.

Información y Trámites Importantes

Para ingresar a los servicios en línea de FONASA, incluyendo «Mi FONASA», se necesita el RUN y número de serie de la cédula de identidad, o la ClaveÚnica entregada por el Registro Civil e Identificación (SRCeI).

Afiliación y Documentos

Todas las personas pueden ser parte de FONASA, incluyendo a los extranjeros. La afiliación es una obligación para los cotizantes. Desde el inicio de un nuevo trabajo y hasta 45 días después, se puede solicitar la afiliación. Para afiliarse, se requiere presentar documentos como:

  • Número de serie de planilla de declaración y/o pago de cotizaciones previsionales para trabajadores dependientes afiliados a A.F.P.
  • Certificado de afiliación en original emitido por la ISAPRE o copia del F.U.N. (si aplica).
  • Certificado de Previred donde conste el pago de una cotización de salud del mes anterior o seis cotizaciones.
  • Última cotización de salud o la última liquidación de sueldo, donde figure el descuento del 7% para FONASA.

Quienes tengan tres o más cargas familiares en Fonasa pasarán al tramo C. Las personas beneficiarias de Fonasa no pagan extra por carga familiar incorporada, y es posible ver las cargas incorporadas a través del sitio web Mi Fonasa.

Certificados y Consultorio

  • El certificado de afiliación permite acreditar si se es parte de Fonasa.
  • El certificado de cotizaciones informa las cotizaciones de salud que se registran ante Fonasa. El documento en línea contiene hasta las últimas 12 cotizaciones, mientras que el certificado presencial considera los últimos 6 a 60 meses.
  • Para conocer o cambiar el consultorio, se puede acceder al formulario de afiliación en el sitio web de Fonasa. También es posible solicitar el cambio directamente en el nuevo consultorio, presentando el certificado de eliminación entregado por el antiguo CESFAM.

Para más información, se puede llamar al 600 360 7777.

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