La consultoría en accesibilidad universal desempeña un rol fundamental en la edificación de entornos y servicios inclusivos para toda la ciudadanía. En el contexto del mercado público, las instituciones gubernamentales buscan activamente estos servicios para asegurar que sus infraestructuras, plataformas digitales, servicios y comunicaciones sean accesibles. Para que una consultoría especializada en accesibilidad universal pueda ofrecer sus servicios al sector público, debe comprender y adherirse a un conjunto específico de requisitos y procedimientos de licitación. A continuación, se detallan los aspectos clave basados en las normativas y prácticas comunes en las licitaciones públicas.
Requisitos Generales para Oferentes
Al postular a una licitación pública, cualquier oferente, incluida una consultoría de accesibilidad universal, debe cumplir con ciertos requisitos documentales y legales esenciales para garantizar su idoneidad y capacidad:
- Copia de la cédula de identidad (vigente) de él o los representantes legal que suscribe todos los antecedentes de la presente licitación incluyendo el contrato.
- Certificado de Vigencia de la Sociedad emitido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, o en el caso de sociedades creadas "tu empresa en un día", ante el organismo competente, que permita certificar la vigencia de la sociedad en conformidad a la ley N°20.659 que simplifica el régimen de constitución, modificación y disolución de sociedades comerciales.
Es fundamental que los oferentes no registren ciertas deudas tributarias. Se considera una causal de inhabilidad registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente.

Participación a Través de Uniones Temporales de Proveedores (UTP)
Para abordar proyectos de mayor envergadura o que requieran una combinación de experticias, como suele ocurrir en la consultoría de accesibilidad universal, los proveedores pueden optar por asociarse. Aquellos que así lo estimen conveniente pueden participar en el presente proceso licitatorio bajo la modalidad denominada Unión Temporal de Proveedores (UTP), regulada en el artículo 180 del Decreto 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.
Identificación y Constitución de la UTP
- La identificación de Unión Temporal de Proveedores es obligatoria solo para el caso de postular como tal.
- Dicha identificación tiene como finalidad determinar y señalar la UTP, la cual siempre requerirá de la firma de todas las partes que la componen.
- La constitución de la UTP se rige por el principio de libertad contractual, lo cual implica que el formato del documento es de libre enunciación, siempre y cuando se cumplan las disposiciones establecidas en las bases de licitación denominadas “Unión Temporal de Proveedores”.
- La UTP deberá materializarse por escritura pública.
- Al momento de ofertar, la UTP deberá presentar un instrumento privado en el cual conste su constitución.
- Este instrumento debe indicar el nombre de su representante legal, contener una cláusula de solidaridad y fijar domicilio.
- En caso de postular como Unión Temporal de Proveedores, cada miembro de la misma deberá presentar individualmente los documentos requeridos.
- Además, la UTP deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos de acuerdo a la calidad de sus integrantes, es decir, cada uno de ellos deberá acreditar individualmente el cumplimiento de los requisitos exigidos según se trate de personas naturales o jurídicas.
Modificaciones y Consideraciones sobre Inhabilidades
Cualquier modificación que se realice al instrumento referente a la UTP, deberá ser notificada a la Municipalidad de forma inmediata acompañando el respectivo instrumento modificatorio. Adicionalmente, dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la UTP determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si desiste de su participación en el respectivo proceso.
En caso de desistimiento, éste deberá ser comunicado por escrito a la Municipalidad y podrá dar lugar a hacer efectivas las garantías y demás acciones legales por retractación de la oferta, no suscripción de contrato o su término anticipado, según corresponda.
Curso Requisitos y documentación de las licitaciones Públicas para empresas
Criterios de Evaluación en Licitaciones Públicas
Las ofertas presentadas por consultorías de accesibilidad universal son evaluadas siguiendo criterios preestablecidos en las bases de licitación, que garantizan la selección de la propuesta más ventajosa para la entidad pública:
- Oferta Técnica: Se evaluará conforme a lo establecido en el Anexo N° 8.
- Programas de Integridad y Compliance: Se evaluará que los oferentes cuenten con programa de integridad y compliance, y que estos sean conocidos por su personal de acuerdo a lo señalado en la letra a.6 del artículo 7 de las presentes bases. El criterio se evaluará conforme a lo señalado en la declaración jurada adjunta en Anexo N°10. Los oferentes que no cuenten con programas de integridad y compliance, serán evaluados con puntaje 0.
- Experiencia del Oferente: Se evaluará la experiencia del oferente, conforme a lo declarado en el Anexo N°5, y acorde a lo estipulado en el artículo 7.2 letra a) de las Bases Administrativas Generales que haya comenzado a ejecutarse con una antigüedad que no sea superior a los 5 años desde la fecha de cierre de la recepción de ofertas.
- Oferta Económica: Se evaluará el valor total ofertado, con impuestos incluidos, de acuerdo con la información declarada en el Anexo N°3.
- Presentación Oportuna de Antecedentes: Se evaluará la presentación oportuna de todos los antecedentes del oferente requeridos en el art. N° 7 de las presentes bases y conforme a lo señalado en el art. 7.
Pacto de Integridad y Respeto a los Derechos Fundamentales
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
Consideraciones Adicionales del Proceso Licitatorio
En algunos procesos, se contempla la realización de una visita a terreno, la cual será voluntaria para los oferentes, permitiéndoles conocer el sitio o contexto del proyecto de accesibilidad.
Para fomentar la transparencia y el análisis de datos, las entidades licitantes suelen ofrecer la descarga de los datos de la licitación en formatos estructurados como JSON y OCDS.
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