Las reformas sociales representan procesos de cambio profundos en la estructura institucional de un país, buscando adaptar su marco legal y políticas públicas a las necesidades y desafíos de la sociedad. A través de estas transformaciones, se abordan temas críticos que impactan directamente en la calidad de vida de los ciudadanos, la equidad y la cohesión social. El resumen del quehacer legislativo permite revisar los principales temas que dan cuenta de profundas discusiones, acuerdos y transformaciones en la estructura institucional de diversas naciones.
Contexto de las Reformas Sociales en América Latina
La revisión de experiencias nacionales en América Latina desde finales de los años o ochenta, y de otras que se encuentran en proceso de implementación, ha permitido analizar los factores determinantes de los cambios en el nivel y la distribución del bienestar. Existe la convicción de que no basta con aumentar el esfuerzo en el campo social, sino que es necesario, además, revisar los instrumentos económicos y sociales y las reformas sectoriales, analizando su impacto en el crecimiento y la equidad.
Evolución del Desarrollo Social y Económico Regional
Rolando Franco analiza la evolución del desarrollo social desde la etapa posterior a la sustitución de importaciones hasta la década de los noventa, extrayendo conclusiones sobre el crecimiento económico y su vinculación con el desarrollo social. Él señala la necesidad de políticas sociales y su evaluación, así como la recuperación y ampliación del gasto social, haciéndolo más eficiente.
Por su parte, Juan Antonio Morales analiza las tres grandes fases por las cuales ha atravesado el modelo de desarrollo económico boliviano, implementado a partir de 1985. Revisa sus diferencias respecto de los impactos macroeconómicos y los efectos sobre la distribución, principalmente en la búsqueda de la equidad por medio de la distribución del gasto público.
Finalmente, Manuel Marfán se refiere al crecimiento ininterrumpido de la economía chilena y sus efectos en la equidad y la pobreza. Destaca la importancia de aumentar la productividad, mejorar la calidad del empleo e incrementar la competitividad internacional. Concluye sobre la necesidad de políticas especiales y focalizadas para aquellos grupos apartados de los procesos productivos, como jubilados, pensionados, niños, enfermos, discapacitados y mujeres embarazadas, entre otros.

Chile: Reformas Sociales y Previsionales del Siglo XXI
En las últimas dos décadas, Chile ha experimentado una serie de reformas legales de gran envergadura que han impactado profundamente en su estructura política, económica y social. El cambio de siglo llevó al Poder Legislativo a asumir una serie de debates, tensiones, acuerdos y desafíos inéditos en su trayectoria histórica, con el fin de implementar modernizaciones en el marco legal institucional.
La Reforma Previsional (Ley N° 21.735): Hacia un Nuevo Sistema de Pensiones
La Ley N° 21.735 de reforma previsional, publicada recientemente, reforma el sistema previsional y crea un Seguro Social, sumando un nuevo hito en torno al objetivo de comenzar a pagar los primeros beneficios a partir de enero de 2026. La norma fue promulgada por el Presidente Gabriel Boric, luego de ser aprobada por el Congreso Nacional en enero de este año.
La reforma establece una nueva cotización del empleador del 7% de la renta imponible, que se sumará al aporte patronal ya existente del 1,5% para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. Así, el total de 8,5% se distribuirá entre ahorro individual (4,5%) y el Seguro Social Previsional (SSP) (4%).
El subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes, indicó que la entidad está trabajando “en la implementación de la reforma a las pensiones, coordinando a los distintos organismos públicos involucrados. Este es un esfuerzo que requiere rigurosidad técnica y trabajo conjunto con instituciones como la Superintendencia de Pensiones, el Instituto de Previsión Social (IPS), la Tesorería General de la República (TGR) y el Ministerio de Hacienda”. Cada una de estas instituciones tiene un rol fundamental en la operatividad del nuevo sistema, desde la regulación normativa hasta la recaudación y el pago de los beneficios.
Beneficios Clave de la Nueva Reforma Previsional
- Beneficio por Años Cotizados (BAC): Para reconocer y apoyar a quienes han realizado un esfuerzo de ahorro para pensión, la reforma creó el denominado Beneficio por Años Cotizados (BAC). Se pagará desde enero de 2026 a personas pensionadas por vejez o invalidez (mujeres y hombres), de 65 años o más (con excepción de quienes registren cotizaciones por trabajo pesado) que cumplan los requisitos de periodos mínimos de aporte exigidos.
- Requisito para mujeres: Debido a que en el diseño del BAC se tuvo presente que las mujeres tienen una menor densidad de cotizaciones que los hombres, se estableció un requisito inicial de 10 años cotizados. Este será aplicable a quienes ya están pensionadas y a aquellas que se pensionen en los dos primeros años de vigencia del beneficio (2026 y 2027). Posteriormente, el requisito de años cotizados aumentará gradualmente para las mujeres hasta alcanzar 15 años al décimo año desde la entrada en vigencia del beneficio.
- Contabilización de cotizaciones: Para las personas pensionadas antes del 1 de enero de 2026, hombres o mujeres, las cotizaciones que se contabilizarán serán las efectuadas por remuneraciones devengadas hasta el 31 de julio de 2025 en su cuenta de capitalización individual en una AFP, hasta completar el máximo de cotizaciones requeridas. Para las personas pensionadas después del 1 de enero de 2026, hombres o mujeres, se contabilizarán las cotizaciones enteradas antes de la fecha en que adquieren su calidad de pensionada o cuando cumplan 65 años, lo que ocurra primero. Las cotizaciones se contarán desde las más nuevas a las más antiguas, hasta completar el máximo requerido.
- Cálculo del beneficio: Para quienes se pensionen a partir de agosto de 2025, el valor del beneficio se calculará restando una anualidad al valor que resulte de multiplicar 0,1 U.F. por el número de años cotizados.
- Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida (CEV): La CEV busca que una mujer que se pensione desde los 65 años obtenga el mismo monto de pensión que un hombre que se pensione en las mismas circunstancias (mismo saldo acumulado, edad de pensión y grupo familiar). Se pagará desde enero de 2026 para pensionadas que tengan 65 o más años, con excepción de las mujeres que registren cotizaciones por trabajo pesado. Las mujeres que se pensionen entre los 60 y 65 años tendrán derecho a un porcentaje de la CEV, y el valor mensual de la compensación será de, al menos, 0,25 UF (aproximadamente $10.000). Adicionalmente, se requiere estar incorporada al Seguro Social Previsional (SSP) y contar con, al menos, una cotización en el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) antes de los 50 años de edad.
- Pensión Garantizada Universal (PGU) Mejorada: En septiembre de este año, comenzará el pago del nuevo monto de $250.000 de la Pensión Garantizada Universal (PGU) al primer grupo de beneficiarios, que serán los pensionados de 82 años o más. Este proceso continuará en septiembre de 2026, cuando el nuevo monto reajustado llegará a pensionados de 75 años o más. En cada fecha mencionada, se incorporarán a la PGU quienes reciben prestaciones de las leyes reparatorias (Valech, Rettig y exonerados) de los mismos cortes etarios.
¿Cuáles son los cambios que trae la reforma de pensiones? | 24 Horas TVN Chile
Cronograma de Implementación y Coordinación
El primer hito de implementación de la reforma previsional es la entrada en vigencia de la ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales del Seguro de Cesantía en mayo de 2025. El aumento de la nueva cotización del 7% del empleador comenzará de manera gradual con el 1% de la renta imponible en agosto próximo.
En este sentido, y con el fin de coordinar de forma eficiente el pago correcto de ambos beneficios (BAC y CEV), la Superintendencia de Pensiones ha instruido al IPS efectuar, a partir del presente mes de septiembre, un proceso de prueba con las diversas entidades involucradas.
La primera licitación del stock de afiliados, medida que beneficiará a los afiliados al elevar la competencia entre las AFP y reducir sus costos de administración, tendrá lugar en agosto de 2027. En este proceso, que se realizará cada dos años, se licitará de forma aleatoria al 10% de los trabajadores que a la fecha correspondiente ya se encuentren afiliados. Las personas que son parte de la licitación podrán desistir o cambiarse de inversor en cualquier momento.
Además, la implementación conllevará diversos procesos en otras áreas. Por ejemplo, la Dirección de Presupuestos (Dipres) coordinará los ajustes financieros para respaldar la transición hacia el nuevo sistema previsional, y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) brindará apoyo técnico para modernizar los sistemas de información y fortalecer la capacitación del personal que ejecutará la reforma.
Evolución Legislativa: Hitos de Transformación en Chile (1998-2022)
Chile ha impulsado una serie de reformas legales que han ampliado y profundizado distintos derechos sociales, influido en el modelo económico y productivo, y rediseñado la representación política legislativa.
1998-2006: Modernizaciones Clave
- Ley de Filiación (N° 19.585 de 1998): Terminó con la diferenciación entre hijos nacidos dentro o fuera del matrimonio, estableciendo que todos los niños son iguales ante la ley con los mismos derechos de parentesco, herencia y alimentos. Esta ley facilitó la reclamación de paternidad o maternidad mediante juicios en los juzgados de familia, eliminando las categorías de hijos "legítimos", "ilegítimos" y "naturales" existentes desde 1855.
- Reforma Procesal Penal (Ley N° 19.696 del año 2000): Transformó por completo el sistema de justicia penal chileno, reemplazando el antiguo sistema inquisitivo por uno acusatorio, oral y público. Se implementó de manera gradual en todo el país, modernizando un sistema que regía desde el siglo XIX.
- Nueva Ley de Matrimonio Civil (N° 19.947, 2004): Significó un amplio debate acerca de la legislación vigente sobre el matrimonio. Por primera vez, se estableció el divorcio legal en Chile y nuevas causales y procedimientos para la disolución del vínculo matrimonial, marcando un hito en materia de derechos civiles y familia.
- Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (Ley N° 20.084, 2005): Introdujo un sistema especial para jóvenes de entre 14 y 17 años que cometen delitos, con el fin de reinsertarlos en la sociedad. Esta normativa busca que los adolescentes infractores tengan derechos específicos, como defensa gratuita, y si son condenados a penas privativas de libertad, las cumplan en centros especiales (CIP-CRC) y no en cárceles para adultos.
- Reforma Constitucional (Ley N.º 20.050, 2005): Fue la reforma más profunda a la Constitución de 1980. Los debates se enfocaron en terminar con los llamados “enclaves autoritarios” heredados de la dictadura y dotar a la Carta Magna de mayor legitimidad democrática. De este modo, se puso fin a los senadores designados y vitalicios, se aumentaron las facultades fiscalizadoras de la Cámara de Diputados y se redujo el período presidencial de 6 a 4 años, sin reelección inmediata.
- Ley de Subcontratación (N° 20.123, 2006): Objeto de profundos debates sobre el sistema económico y productivo chileno, esta ley reguló el trabajo en régimen de subcontratación, estableciendo derechos y obligaciones para las empresas principales y contratistas. Otorgó mayor protección a los trabajadores subcontratados, incluyendo la responsabilidad solidaria de las empresas mandantes.

2007-2014: Desafíos del Siglo XXI
- Ley N.º 20.128 sobre Responsabilidad Fiscal (2007): Sentó las bases de un acuerdo destinado a fortalecer la disciplina fiscal del Estado, introduciendo modificaciones inéditas para el manejo del gasto público y la transparencia presupuestaria.
- Ley N.º 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar (modificaciones en 2007): Legisló para incorporar medidas cautelares más eficaces, como la prohibición de acercamiento y el uso de dispositivos de control electrónico, para enfrentar de manera más efectiva la protección a las víctimas de violencia intrafamiliar.
- Ley de Transparencia (N° 20.285, 2008): Inició una transformación fundamental con la consagración del derecho de acceso a la información pública y la creación del Consejo para la Transparencia, siendo fundamental para el control ciudadano y la rendición de cuentas en la administración pública.
- Ley N.º 20.248 sobre Subvención Escolar Preferencial (2008): Legisló para apoyar a estudiantes vulnerables mediante mayores recursos a sus escuelas, con el objetivo de mejorar la gestión educativa en establecimientos con alta matrícula vulnerable.
- Ley N.º 20.370 sobre Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación (2009): Creó la Agencia de Calidad de la Educación y la Superintendencia de Educación Escolar, con la meta de mejorar la calidad de la educación escolar.
- Ley de Postnatal Parental (N° 20.545, 2011): Fruto de amplios acuerdos transversales, amplió el permiso postnatal, permitiendo una mayor conciliación familia-trabajo y un avance significativo en los derechos laborales.
- Ley Antidiscriminación (N° 20.609, 2012), conocida como “Ley Zamudio”: Estableció medidas contra la discriminación arbitraria por motivos de raza, orientación sexual, religión, entre otros, y creó un procedimiento judicial especial para su resguardo.
- Ley de Inscripción automática y voto voluntario (Ley 20.568, 2012): Tras intensos debates, introdujo cambios en el sistema político vigente, ampliando el padrón electoral al incorporar automáticamente a todos los ciudadanos habilitados para votar y cambiando la naturaleza del sufragio de obligatorio a voluntario. Esta normativa fue posteriormente modificada, y se reinstauró el voto obligatorio en 2023 con la promulgación de la Ley N° 21.524.
- Ley Antitabaco (N° 20.660, 2013): Restringió el consumo de tabaco en espacios públicos y reguló su publicidad, significando un cambio significativo en el hábito de los chilenos y chilenas.
- Reforma Tributaria (Ley 20.780 de 2014 y sus ajustes posteriores): Introdujo diversos cambios con el fin de aumentar la recaudación para financiar políticas sociales.
2015-2022: Agenda Ciudadana
- Fin del sistema binominal (Ley 20.840, 2015): Cambió la forma de elegir parlamentarios, pasando a un sistema proporcional que amplió la representación política.
- Ley de Inclusión Escolar (Ley N° 20.845, 2015): Prohibió la selección de estudiantes en colegios que reciben financiamiento estatal y eliminó el lucro y el copago en la educación escolar, promoviendo la igualdad de oportunidades y la calidad educativa.
- Ley Ricarte Soto (N.º 20.850, 2015): Creó un Sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo, garantizando cobertura financiera universal para tratamientos de alto costo, independiente del sistema previsional de salud.
- Ley sobre aborto en tres causales (Ley 21.030, 2017): Despenalizó la interrupción del embarazo en casos específicos.
- Ley de elección directa de gobernadores regionales (Ley 21.073, 2018): Este fue el primer paso hacia una descentralización, atendiendo la necesidad de otorgar mayor autonomía a las regiones.
- Ley de Identidad de Género (Ley 21.120, 2018): Permitió a personas trans rectificar su nombre y sexo registral.
- Pensión Garantizada Universal - PGU (Ley 21.419, 2022): Estableció un piso de ingresos para todos los mayores de 65 años, independiente de sus cotizaciones, generando un principio de mayor dignidad a este importante segmento de la población.
Reformas a la Constitución (2019-2023): El Proceso Constituyente
A partir del Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución del 15 de noviembre de 2019, en el contexto de la crisis del estallido social, se abrió la puerta a un nuevo texto constitucional.
- Ley N.º 21.200 (marzo de 2020): Modificó el Capítulo XV de la Constitución con el fin de incorporar un plebiscito de entrada (abril de 2020, luego postergado a octubre por la pandemia). Asimismo, definió los mecanismos para elegir una Convención Constitucional o Convención Mixta y estableció la paridad de género, escaños reservados para pueblos indígenas y facilidades para listas de independientes.
- Se legisló en las reformas transitorias para regular el plebiscito de salida (4 de septiembre de 2022) y el funcionamiento de la Convención, cuyo texto final fue rechazado en dicho plebiscito por amplia mayoría.
- Reforma constitucional clave (Ley N.º 21.533, enero de 2023): Estableció un nuevo procedimiento de elaboración y aprobación de una Carta Fundamental. A través del Consejo Constitucional, la Comisión Experta y el Comité Técnico de Admisibilidad se elaboró una nueva propuesta de Carta Fundamental que se entregó en octubre de 2023.
Antecedentes: La Reforma del Sistema de Pensiones Chileno de 1980
Las reformas sociales implementadas a inicios de la década de 1980 significaron profundas transformaciones en materia laboral, de vivienda y educación, y en la estructura y mecanismos de funcionamiento en el área de la salud, regulando su accionar y alentando los procesos de descentralización. Con la publicación en 1980 del Decreto-Ley Nº 3.500, se consolidó en Chile una reforma definitiva al sistema de pensiones que, hasta ese entonces, adolecía de falencias en su regulación. A partir de este momento, se puso fin a un sistema basado en beneficios establecidos, gestionado por múltiples Cajas de Previsión y financiado mediante el mecanismo de reparto administrado mayoritariamente por el Estado, de carácter obligatorio para empleados y obreros en relación de dependencia.
Un Precedente Histórico: Normas de Jornada Laboral en España (1920)
El "Instituto de Reformas Sociales" de España, en el contexto de las regulaciones laborales de 1920 y en concordancia con la Real Orden de 9 de diciembre de 1919, estableció una serie de normas para la aplicación de la jornada máxima de trabajo. Estas disposiciones buscaban regular y proteger a los trabajadores en una época de intensos debates sobre las condiciones laborales. Las principales normativas incluían:
- El Instituto de Reformas Sociales podía acordar, por causa justificada, excepciones a la jornada máxima.
- Las jornadas de trabajo podían establecerse por disposición oficial o mediante convenio entre obreros y patronos.
- Se consideraban las compensaciones a los salarios y remuneraciones que se hicieron como compensación al mayor número de horas de trabajo.
- Se fijaba un límite de veinte días extra al año, sin rebasar un máximo total de doscientos cuarenta.
- Los convenios para prolongar la jornada debían ser remitidos a la Inspección del Trabajo, la cual los transmitiría al Instituto de Reformas Sociales.
- La remuneración de las horas extraordinarias al obrero no debía ser menor del 20 por 100, y el recargo no podía ser inferior al 40 por 100 si la jornada excedía las ocho horas o la jornada total superaba las diez horas.
- No se computaban como extraordinarias las horas invertidas en reparaciones urgentes.
- Las disposiciones no se aplicaban a los menores de dieciséis años.
- Las vacaciones podían prolongarse un día más en el caso de dos fiestas próximas, y los días de fiesta se pagarían a prorrata del jornal ordinario.
- Se contemplaban suspensiones de trabajo por fuerza mayor o falta de materia prima no imputables al patrono.
- La prolongación de la jornada por jornal ordinario no podía exceder de una hora por día, y si la jornada semanal excedía las cincuenta y cuatro horas, el exceso se computaría como horas extraordinarias.
- Se permitía seguir con la práctica de un régimen establecido si era mutuamente acordado entre patronos y obreros.
- Se preveían sanciones y procedimientos establecidos en la Real Orden de 9 de diciembre de 1919 en caso de dolo.
- En las actas de inspección, se debía registrar el nombre de los informantes y un resumen detallado de sus alegaciones; en localidades con inspector del trabajo, este debía ser oído.
- Las normas entrarían en vigor el 1 de enero de 1921, y las solicitudes que no expresaran concretamente los extremos enumerados serían denegadas.
- Se incluía una disposición transitoria que permitía una compensación al jornal del tercero por un mayor número de horas de trabajo, no más allá del 31 de diciembre de 1920 en el caso más extremo.

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