Pensión por Discapacidad en Chile: Guía Completa

La pensión por discapacidad o invalidez es un aporte monetario mensual destinado a personas que, debido a una enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufren una pérdida permanente de su capacidad de trabajo. En Chile, existen principalmente dos tipos de beneficios relacionados con la invalidez: la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y la Pensión de Invalidez gestionada por las AFP y el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

La PBSI es un aporte monetario mensual dirigido a personas entre 18 y 65 años de edad que han sido declaradas con invalidez y que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional. Es un beneficio de carácter solidario, enfocado en quienes carecen de otra fuente de pensión.

Requisitos y características de la PBSI

  • Está destinada a personas declaradas con invalidez.
  • Los y las titulares de PBSI pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan los requisitos para ser causantes del sistema.
  • La pensión se recibirá hasta el último día del mes en que se cumplen 65 años. A contar de esa fecha, los beneficiarios podrán acceder a la Pensión Básica Solidaria de Vejez.

Cómo solicitar la PBSI

La PBSI puede solicitarse a través de diferentes canales:

  • En el sitio web de ChileAtiende.
  • Mediante videoatención.
  • En las sucursales de ChileAtiende.

Es importante destacar que, para solicitar la pensión, no se necesita tener declarada la invalidez ante una comisión médica previamente. Sin embargo, la calificación de invalidez será parte del proceso.

Esquema de los requisitos para la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

Pensión de Invalidez (AFP y SIS)

La Pensión de Invalidez es un derecho para personas afiliadas menores de 65 años, sean hombres o mujeres (las mujeres deben haber optado a continuar cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), quienes a consecuencia de enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo.

Clasificación de la invalidez

Una persona puede ser calificada con un grado de invalidez parcial o total por la Comisión Médica:

  • Invalidez Parcial: Corresponde a una pérdida de capacidad de trabajo igual o mayor al 50% e inferior al 66,6%.
  • Invalidez Total: Para personas afiliadas con una pérdida de, al menos, dos tercios (66,6% o más) de su capacidad de trabajo. En este caso, la invalidez será definitiva.

Proceso de calificación y dictamen

La calificación como inválido y el grado de invalidez deben ser definidos por una Comisión Médica, la cual depende de la Superintendencia de Pensiones. Para este proceso, es necesario presentar informes médicos.

¿Cómo se evalúa una Pensión de Invalidez? PATRICIO BERNAL ASESOR PREVISIONAL

Dictamen transitorio y definitivo

El primer dictamen de Pensión de Invalidez es de carácter transitorio y tiene una duración de 3 años. Al terminar este periodo, se efectúa una reevaluación de la invalidez que afecta al trabajador, pudiendo ser confirmada pasando a ser definitiva.

Transcurridos los tres años desde que se emitió el primer dictamen, la persona afiliada es citada por su Administradora a reevaluación, donde:

  • Si en la reevaluación se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado pasa a ser activo.
  • Si se acepta la invalidez en forma total o parcial, la AFP entregará al pensionado el Certificado de Saldo para que ejerza el derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez suscribiendo la Selección de Modalidad.

Para agilizar el trámite, si se cuenta con antecedentes médicos que necesita sean evaluados en la Comisión Médica Regional, puede enviarlos directamente al correo electrónico de la comisión médica correspondiente a su domicilio.

Financiamiento de la Pensión de Invalidez

El financiamiento de esta pensión depende de si el afiliado tiene derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). El SIS cubre a los trabajadores independientes o afiliados voluntarios que hayan cotizado en el mes calendario anterior al siniestro.

  • Si tiene cobertura SIS: La pensión es pagada por la AFP, con cargo a la Compañía de Seguros que contrató con este fin.
  • Si no tiene cobertura SIS: La pensión se financia con el saldo acumulado en la cuenta individual del afiliado.

Cómo solicitar la Pensión de Invalidez

Los trabajadores deben solicitar su pensión concurriendo directamente a la AFP en la cual registran afiliación con su cédula nacional de identidad, firmando en original y copia la respectiva solicitud. Asimismo, pueden iniciar el trámite haciendo uso de los servicios que las Administradoras tienen en sus sitios web. Estas gestiones son gratuitas.

Diagrama de flujo del proceso de solicitud de la Pensión de Invalidez en una AFP

Compatibilidad con el trabajo

Sí, una persona que ha sido declarada con invalidez puede seguir trabajando. La pensión por invalidez busca compensar la pérdida de capacidad de trabajo, pero no prohíbe la realización de actividades laborales compatibles con la condición de salud.

Información de contacto

Si tiene dudas sobre cualquiera de estas pensiones, puede comunicarse con el call center ChileAtiende al 101 o, si se encuentra en el extranjero, al +56 4 4236 20 00.

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