Cómo Consultar y Gestionar la Pensión Alimenticia en Chile

En Chile, la pensión alimenticia tiene como propósito fundamental la protección de los hijos, asegurando que cuenten con los recursos necesarios para su subsistencia y desarrollo integral tras la separación de sus padres. Esta obligación legal busca garantizar el bienestar de los menores y, en ciertos casos, de jóvenes adultos.

Duración y Monto de la Pensión Alimenticia

La pensión es obligatoria hasta que los hijos cumplan 21 años. No obstante, si el hijo o hija se encuentra cursando una carrera técnica o profesional, esta obligación se extiende hasta los 28 años.

El monto de la pensión alimenticia es variable y se determina de acuerdo con la situación específica de cada caso, considerando principalmente los ingresos de la persona obligada a pagar la pensión.

Importancia de Conocer el Estado de Deuda de Pensión Alimenticia

El incumplimiento del pago de la pensión alimenticia conlleva severas consecuencias para el deudor. Con la entrada en vigencia de la Ley de responsabilidad parental y pago efectivo de pensiones de alimentos en mayo de 2023, se establecieron medidas estrictas desde el momento en que existe un pago pendiente de una mensualidad.

Para evitar atrasos, retenciones y problemas legales, es fundamental saber con anticipación si se tiene deuda de pensión alimenticia. Una alternativa para asegurar el cumplimiento es el pago automático, como Neat, que permite automatizar el pago mensual con cargo a una tarjeta de crédito.

Esquema de las obligaciones de pensión alimenticia en Chile

Cómo Verificar si Tienes Deudas por Pensión Alimenticia

Una de las preguntas más frecuentes en procesos familiares es cómo saber si se tiene deuda de pensión alimenticia. Existen diversas vías para obtener esta información de forma oficial:

Consulta Online en el Registro Nacional de Deudores

Puedes consultar en línea si figuras en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos a través de la página web de ChileAtiende. Para acceder a esta información, necesitarás tu Clave Única.

Solicitud de Estado de Cuenta en el Tribunal de Familia

Otra vía oficial para conocer tu situación es solicitar el estado de cuenta directamente en el Tribunal de Familia. En esta instancia judicial, se puede obtener un documento detallado de los montos pendientes asociado a la tarjeta del beneficiario o tutor, lo cual es clave para confirmar si existe una deuda.

Notificaciones de Deuda

En caso de figurar como deudor, recibirás una notificación por correo electrónico o postal. Si has recibido una, la forma de regularizar la situación es revisando tu cuenta en línea o acudiendo directamente al tribunal correspondiente.

Para quienes desean averiguar sobre deudas de pensión alimenticia sin trámites presenciales, también existen opciones digitales, como Neat, que no solo informan, sino que también pueden facilitar el pago y la automatización del compromiso mensual.

La Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos (Ley 21.389)

Desde el 20 de mayo de 2023, la Ley de responsabilidad parental y pago efectivo de pensiones de alimentos (Ley 21.389) está vigente. Esta legislación faculta al Estado para investigar las cuentas bancarias e instrumentos financieros de los deudores.

Una vez que se adeuda una mensualidad, la madre o el representante del beneficiario puede solicitar al Tribunal de Familia una investigación del patrimonio del deudor, utilizando mecanismos como:

  • Retención de fondos bancarios.
  • Instrumentos financieros y de inversión.
  • Cuentas de ahorro previsional voluntario (APV).

Si se acumulan tres mensualidades impagas, ya sean totales o parciales, y no hay fondos suficientes en las cuentas investigadas, el tribunal puede ordenar el pago a través de las cotizaciones obligatorias en la AFP.

Infografía sobre los mecanismos de la Ley de Responsabilidad Parental

Consecuencias por No Pagar la Pensión Alimenticia

El incumplimiento de los plazos establecidos para el pago de la pensión alimenticia expone al deudor a una serie de sanciones severas, muchas de ellas reforzadas o introducidas por la Ley 21.389:

Medidas Generales y Judiciales:

  • Arresto nocturno o completo: El tribunal puede decretar arresto nocturno (de 22:00 a 06:00 horas) por hasta quince días. Si hay reincidencia, puede aplicarse arresto completo hasta por 15 o 30 días.
  • Arraigo nacional: Prohibición de salir del país hasta que se efectúe el pago de lo adeudado, o si hay motivos fundados de fuga.
  • Oficio al empleador: Si el deudor es trabajador dependiente, el tribunal puede oficiar al empleador para que retenga parte de su remuneración y la deposite en la cuenta del alimentario.
  • Embargo y remate de bienes: Se pueden embargar y rematar los bienes del deudor hasta cubrir la totalidad de la deuda alimenticia.

Sanciones Específicas del Registro de Deudores (Ley 21.389):

La inscripción en el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos, de acceso remoto, gratuito e inmediato, conlleva las siguientes implicaciones:

  • Retención de fondos de créditos: Si se solicita un crédito bancario igual o superior a 50 Unidades de Fomento, el banco retendrá parte de los fondos para el pago de la deuda.
  • Retención de devolución de impuestos: La devolución de impuesto a la Renta será retenida.
  • Impedimento de trámites:
    • No podrán renovar licencias de conducir.
    • No podrán solicitar la emisión ni renovación del pasaporte.
    • Si el deudor vende una propiedad o un vehículo, se puede impedir la inscripción del traspaso de dominio si no se acredita que con las ganancias se pagarán los alimentos adeudados.
  • Restricción de beneficios estatales: No podrán recibir beneficios económicos como bonos del Estado, los cuales se destinarán al pago de las deudas.
  • Funcionarios públicos y de elección popular: La institución en la que trabajan les retendrá un porcentaje de su sueldo. Además, están obligados a declarar su deuda en las “Declaraciones de Interés y Patrimonio”.
  • Violencia intrafamiliar: El no pago reiterado de la pensión de alimentos se establece como una forma de violencia intrafamiliar.
  • Indemnización por años de servicio: La deuda puede pagarse con la indemnización por años de servicio si el deudor es despedido.
  • Adopción: Se considera parte de la evaluación de idoneidad para adoptar menores de edad.
  • Retención de remuneraciones: Aplicable a gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.

Todas estas medidas se pueden evitar con un pago puntual y proactivo. Para ello, es clave tener claridad sobre cómo saber si se tiene deuda de pensión alimenticia y tomar acción a tiempo.

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Razones Habituales para el Incumplimiento y el Proceso de Mediación Familiar

Aunque se establezca un monto de pensión alimenticia tras la separación, el incumplimiento puede ocurrir por diversas razones, como la creencia de que los hijos mayores ya deben auto-sostenerse, que no estudian ni trabajan, o que han contraído matrimonio.

Sin embargo, la ley chilena exige que para suspender el pago de la pensión alimenticia se debe pasar por un proceso de mediación familiar. Mientras este proceso no ocurra y no haya una resolución judicial, la obligación de pago sigue vigente.

Definición de Pensión de Alimentos y Obligados

La pensión de alimentos es la obligación de entregar una suma de dinero u otra prestación a una persona que no cuenta con los medios suficientes para subsistir adecuadamente. Estos recursos deben resguardar el interés superior, la autonomía progresiva y el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, incluyendo alimentación, habitación, vestuario, salud, movilización, enseñanza básica y media, y aprendizaje de una profesión u oficio. La pensión debe expresarse en Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

Los obligados a pagar alimentos, en orden de prelación, son:

  1. Cónyuge.
  2. Descendientes (Hijos/as, nietos/as, bisnietos/as).
  3. Ascendientes (Abuelos/as, bisabuelos/as).
  4. Hermanos o hermanas.
  5. Ambos progenitores en proporción a sus capacidades económicas.

Asimismo, los abuelos y abuelas (materna y paterna) también están obligados a pagar alimentos, de forma conjunta, a falta o insuficiencia de ambos progenitores.

Aquel progenitor u otra persona que detente el cuidado personal del niño, niña o adolescente será quien lo represente para demandar la pensión. Las adolescentes embarazadas también tienen derecho a demandar pensión por el hijo por nacer, sin necesidad de un representante legal.

Vías para Obtener la Pensión de Alimentos

Existen dos vías principales para establecer una pensión de alimentos:

1. Vía Extrajudicial:

La persona que lo requiera puede intentar un acuerdo con la persona obligada a pagar. Este acuerdo debe quedar por escrito, firmado por ambos y autorizado por un notario, ministro de fe o la jefatura de un Centro de Atención Jurídico Social de la Corporación de Asistencia Judicial. Este documento se conoce como “Transacción”.

Actualmente, la ley exige que el acuerdo contemple:

  • Pensión mensual y anticipada en UTM.
  • Especificación de la capacidad económica del alimentante y las necesidades del alimentario, así como la proporción en que los padres contribuirán con los gastos extraordinarios.
  • Que el monto de la pensión en UTM no sea inferior al monto mínimo legal (40% del Ingreso Mínimo Remuneracional para un hijo, o 30% por cada uno si son dos o más).

2. Proceso de Mediación Familiar:

También se puede recurrir al proceso de Mediación Familiar. Si el proceso fracasa, el mediador debe emitir un “Certificado de Mediación Frustrada”, documento necesario para demandar en tribunales. Si se alcanza un acuerdo, se emite un “Acta de Mediación”.

Tanto la transacción como el Acta de Mediación deben presentarse ante el Juzgado de Familia para su aprobación, adquiriendo así la misma fuerza que una sentencia judicial ejecutoriada.

En la primera actuación judicial en un juicio de alimentos, el tribunal tiene la obligación de fijar un monto de dinero provisional (alimentos provisorios) que el demandado deberá pagar mientras se tramita el juicio y hasta que se dicte sentencia definitiva.

Montos Mínimos de Pensión Alimenticia

Respecto de los hijos, el monto mínimo equivale al cuarenta por ciento (40%) de un ingreso mínimo remuneracional cuando se trata de un solo hijo. Si hay más de un hijo, el monto mínimo por cada uno equivale al treinta por ciento (30%) de un ingreso mínimo remuneracional.

Cuando los alimentos se soliciten en favor de personas distintas de los hijos, el tribunal no tendrá un monto mínimo de pensión alimenticia a establecer.

Modificación o Término de la Pensión Alimenticia

Cada vez que exista un “cambio en las circunstancias” que se tuvieron en consideración para la determinación de la pensión alimenticia, el tribunal podrá modificar (rebajar o aumentar) o decretar su término, lo cual deberá acreditarse en juicio.

Es importante destacar que la obligación de pagar pensiones alimenticias establecidas o aprobadas judicialmente no cesa de forma automática. Por tanto, aun concurriendo causales legales para su extinción, se deberá pedir al tribunal que decrete su cese.

Cancelación de la Inscripción en el Registro Nacional de Deudores

La inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos se cancela cuando se acredita el pago completo de la pensión adeudada, o cuando se adopta un acuerdo de pago serio y suficiente que sea aprobado por el tribunal mediante una resolución firme o ejecutoriada (es decir, que no pueda ser recurrida).

Acceso a Asistencia Legal

La Corporación de Asistencia Judicial puede otorgar patrocinio legal a aquellas personas que cumplan con los requisitos de focalización (determinación de situación socioeconómica) establecidos para acceder a sus servicios.

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