Introducción a la Presentación de Reclamos y Denuncias en Chile
En Chile, la protección de derechos y la capacidad de presentar reclamos son pilares fundamentales para la ciudadanía. Es crucial saber cómo actuar y a qué instancias recurrir cuando se experimenta una vulneración de derechos o se necesita protección. La indiferencia ante situaciones de violencia o injusticia puede tener graves consecuencias, por lo que la acción y la denuncia son esenciales.
Si te enteras de alguna vulneración de derechos, es tu deber y tu derecho realizar una denuncia al órgano competente para garantizar el resguardo de la integridad propia y de terceros.
Violencia de Género y Violencia Intrafamiliar: Cómo Denunciar y Buscar Protección

La Importancia de Denunciar y la Legislación Actual
La violencia contra las mujeres puede tener desenlaces fatales. No dejes que la indiferencia te paralice; cuídate y cuida a las demás. Si te agreden, ¡denuncia! ¡Reacciona! Es importante destacar que en Chile no existe una ley que sancione la violencia contra las mujeres de modo explícito ni que considere las distintas violencias que se viven a diario. Actualmente, solo existe la Ley de Violencia Intrafamiliar (VIF).
Sin embargo, la violencia está presente de forma continua en nuestras vidas, no solo en las relaciones familiares, sino en todos los espacios de la sociedad y en la cultura. La violencia habitual se refiere al ejercicio constante de violencia física o psicológica, o a actos de violencia reiterados en el tiempo.
Canales de Orientación y Denuncia
Si estás viviendo violencia machista o eres testigo y necesitas orientación, puedes llamar al teléfono 1455 del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género. Este servicio es anónimo, gratuito y atiende todos los días, las 24 horas.
Las denuncias se pueden realizar en los siguientes organismos:
- Juzgados de Familia
- Carabineros
- Policía de Investigaciones (PDI)
- Ministerio Público
Si no existe evidencia de violencia física, o la denuncia es por violencia psicológica o económica, el mejor camino es el Juzgado de Familia. Para realizar la denuncia basta con el testimonio de la afectada. Sin embargo, si hay violencia física, es recomendable asistir a un centro de salud para constatar lesiones, las cuales, de acuerdo a la nueva ley, no podrán ser calificadas como leves sino como menos graves.
La afectada o cualquier persona que conozca los hechos, ya sea un familiar, una amiga, un vecino/a, e incluso funcionarios/as públicos, tienen el deber de denunciar.
No necesitas un abogado/a para presentar la denuncia ante el Juzgado de Familia.
Medidas de Protección Urgentes
En caso de sentirte en riesgo - si tienes miedo, te sientes intimidada o amenazada y temes por tu integridad - debes concurrir al centro de medidas cautelares. Allí conversará contigo una consejera y luego pasarás a hablar con el o la jueza, quien podrá decretar de inmediato las medidas cautelares que necesites. Te entregarán un documento que deberás llevar siempre contigo.
El juez o jueza hará llegar, al mismo tiempo, una copia a Carabineros para que notifique al agresor. Si te deja tranquila, puedes ir tú misma a Carabineros a dejar una copia del documento y pedir el nombre del carabinero que quedará a cargo del cumplimiento de las medidas de protección, así como el número de teléfono al que tienes que llamar en caso de estar en peligro.
Si huiste de tu casa y no quieres que el agresor se entere del lugar en el que estás, debes solicitar el secreto de tus datos personales para que no aparezcan en ninguna parte. Es importante que al pedir medidas de protección, consideres solicitar la pensión de alimentos para tus hijos/as y para ti.
Según la ley, el juez o jueza tiene el deber de otorgar medidas de protección a la víctima. Es tu derecho solicitar que se dicte “cualquier” medida que tú sientas que te protegerá. Es importantísimo llamar a Carabineros inmediatamente, ya que ellos tienen la obligación de detener al agresor que no cumpla las órdenes del Tribunal. Es recomendable tener a mano una copia de la resolución judicial que indica la medida de protección para mostrársela a Carabineros y agilizar su trabajo. El o la jueza podrá ordenar el arresto hasta por 15 días del agresor que no respete las medidas de protección.
El Proceso Judicial: Audiencias y Pruebas
El proceso judicial por violencia intrafamiliar generalmente contempla dos audiencias principales:
- Audiencia Preparatoria: El o la jueza te citará a ti y al agresor. En esta oportunidad, debes nombrar los medios de prueba que presentarás para comprobar lo que estás informando. Es importante relatar todos los hechos de forma clara. Si necesitas anotar cosas de antemano para no olvidarlas, puedes hacerlo. El juez o jueza puede, asimismo, solicitar las pruebas que estime conveniente.
- Audiencia de Juicio: Aquí se presentarán las pruebas para corroborar lo dicho en la denuncia y se dictará la sentencia. Si tienes otras pruebas, como mensajes en celular, testigos, cartas, fotos de las huellas de las agresiones, amenazas de muerte o de suicidio por parte del agresor, etc., este es el momento de presentarlas.
Consecuencias Legales para el Agresor
Las sanciones pueden incluir una multa que va de media Unidad Tributaria Mensual (aproximadamente $20.000 pesos chilenos) a quince UTM (aproximadamente $600.000 pesos chilenos). Además, el Registro Civil tiene la obligación de llevar un registro especial de las personas condenadas como autoras de violencia intrafamiliar.
Denuncia de Vulneración de Derechos en Áreas Específicas

La protección de derechos no se limita a la violencia intrafamiliar. Existen organismos especializados para atender vulneraciones en distintas áreas:
Derechos en Educación
Si los derechos transgredidos se relacionan con el área de Educación, debes concurrir a la Superintendencia de Educación. Este órgano es el encargado de contribuir al aseguramiento y calidad del ejercicio del derecho de educación parvularia y escolar en Chile.
Derechos en Salud
Si los derechos transgredidos se relacionan con el área de la Salud, debes concurrir a la Superintendencia de Salud. Su función es proteger y promover los derechos en salud de las personas, en relación al sistema de salud al que están adscritos (FONASA, ISAPRE) y a los prestadores de servicios de salud.
Cómo Presentar Reclamos y Solicitudes al Servicio Nacional de Menores (Sename)

Canales de Acceso a la Información y Denuncia en Sename
El Servicio Nacional de Menores (Sename) dispone de tres vías formales de acceso a la información basadas en la Ley de Transparencia Nº 20.285, todas estas en formato escrito. Esto incluye un formulario para realizar solicitudes por vía electrónica o en formato material, el cual se puede descargar para llevarlo o enviarlo a la OIRS (Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias). Adicionalmente, se ofrece información sobre los canales o vías formales de ingreso y recepción de solicitudes de acceso a la información, así como tutoriales sobre el derecho de acceso a la información pública.
Es importante señalar que, por circunstancias de fuerza mayor referidas al funcionamiento de sistemas internos del Servicio Nacional de Menores, la Plataforma OIRS se encuentra temporalmente deshabilitada desde el día 25 de febrero del presente año.
Consideraciones sobre la Solicitud Anónima
Al hacer una solicitud anónima, quienes gestionen su requerimiento no tendrán acceso a sus datos personales, aunque haya ingresado con Clave Única. Esta opción se ofrece debido a la posibilidad de que exponer determinados hechos presente un riesgo para su seguridad o la de su familia, por lo que se pide usarla responsablemente.
Base Legal y Objetivos de las OIRS en Sename
El Decreto Supremo N° 680 (1990) del Ministerio del Interior aprobó instrucciones para el establecimiento de Oficinas de Información para el público usuario en la Administración del Estado. En su artículo 1°, dispone la obligación para los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y los demás servicios públicos a que se refiere el inciso primero del artículo 18 de la Ley N° 18.575, y las empresas públicas creadas por ley, de establecer oficinas de información para el público usuario en aquellas unidades que deben atenderlo. El objetivo es asistir al ciudadano en su derecho a presentar peticiones, sugerencias o reclamos ante la Administración del Estado, a través de las OIRS. La gestión de estas oficinas es regulada por la Ley Nº 19.880 de Procedimientos Administrativos.
En virtud de potenciar el actuar de los servicios públicos en materias de probidad y transparencia, el Servicio Nacional de Menores (Sename) tiene por objetivo reforzar todas las materias relacionadas con esta agenda. Esto incluye, entre otras cosas, dar cumplimiento a la Ley de Transparencia N° 20.285, así como también a la Ley N° 20.730.