Registro Nacional de Personas Cuidadoras y sus Beneficios

En un esfuerzo por reconocer y apoyar la indispensable labor de las personas cuidadoras, el gobierno de Chile ha implementado importantes iniciativas. Una de ellas es el lanzamiento del Primer Registro Oficial de Personas Cuidadoras, que busca identificar a quienes se dedican a esta labor con el objetivo de distribuir el trabajo de cuidado de manera más justa y reducir la carga sobre las familias, particularmente las mujeres.

Esquema de las principales funciones y beneficios del Registro de Personas Cuidadoras

El Rol Fundamental de las Personas Cuidadoras

El presidente Gabriel Boric ha manifestado que “lo que me moviliza es saldar las deudas con quienes han sido discriminadas, olvidadas y reducidas a la intimidad de sus hogares sin que el resto de la sociedad las vea, siendo que son ustedes las que sostienen la sociedad”. Este reconocimiento subraya la importancia del trabajo de cuidado, a menudo invisibilizado y no remunerado por siglos, pero que constituye un aporte significativo al Producto Interno Bruto (PIB) del país.

Aporte Económico del Trabajo de Cuidado No Remunerado

Según el estudio "¿Cuánto aportamos al PIB?", publicado en 2019 por Comunidad Mujer con cálculos de 2015, la población de 15 años o más dedica 7,9 horas diarias al trabajo doméstico y cuidado no remunerado. Esto equivale a 19.357 horas anuales, lo que representa 44,5 billones de pesos. En 2020, el Banco Central actualizó estos datos, considerando la crisis social y sanitaria, y reveló que el trabajo doméstico y de cuidado no remunerado corresponde hoy al 25,6% del PIB ampliado, con un incremento de cuatro puntos en cinco años, y con la constante tendencia de las mujeres liderando este rubro.

Registro Nacional de Personas Cuidadoras: Módulo de Cuidados

Con el fin de reconocer este importante aporte, el gobierno informó la creación de un Registro Nacional de Personas Cuidadoras. Este registro busca cuantificar a las personas que realizan esta labor e identificar la realidad de quienes día a día cuidan a personas con dependencia, con el objetivo de crear una oferta programática pertinente para este grupo de trabajadores.

Tutorial para registrarse en la plataforma de interacción SSR-SISS

¿Quiénes pueden registrarse?

En esta primera etapa, se considera a aquellas personas cuidadoras informales no remuneradas, es decir, personas mayores de 18 años que, sin recibir ingresos por dicha labor, proporcionan asistencia permanente a personas con discapacidad y/o dependencia moderada o severa para la realización de actividades de la vida diaria en el entorno del hogar (como bañarse, vestirse, caminar, comer, usar el excusado y/o acostarse y levantarse de la cama).

También incluye a personas con necesidades educativas especiales permanentes que forman parte del Programa de Integración Escolar (PIE), o personas matriculadas en un establecimiento de educación especial.

Si la persona cuidadora tiene ingresos asociados a pensión o por actividades distintas a la labor de cuidados, puede acceder a la credencial. Sin embargo, si recibe ingresos por las labores de cuidados, no puede acceder a la credencial, ya que el objetivo es identificar y visibilizar a quienes no reciben un pago por ello.

Tipos de Cuidadores

  • Persona cuidadora principal: Aquellos que destinan el mayor número de horas al día a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados.
  • Persona cuidadora secundaria: Quienes destinan menos horas al día, en relación con la cuidadora principal, a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados.

Proceso de Registro

Para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial, se debe ingresar al Registro Social de Hogares (RSH) a través de la Ventanilla Única Social (VUS) y completar el "Módulo de Cuidados". Actualmente, ya hay 25.800 personas identificadas como cuidadoras, correspondientes a quienes participan en programas del Ministerio de Desarrollo Social; el presente llamado corresponde a una segunda etapa.

En el sitio del Registro Social de Hogares (RSH), www.ventanillaunicasocial.gob.cl, habrá un apartado especial para las cuidadoras, llamado "Módulo de cuidados". Ahí, la persona podrá actualizar sus datos siempre y cuando ejerza este tipo de labores de forma gratuita. No es necesario ir a una notaría para acreditar la calidad de persona cuidadora.

Para registrarse como persona cuidadora, se debe ingresar al Registro Social de Hogares a través del sitio web y en los datos complementarios, ingresar al módulo de Cuidados y realizar el trámite. La información ingresada es autorreportada y se validará con los registros administrativos disponibles para comprobar que la persona es cuidadora.

Captura de pantalla del

Requisitos para el Registro

  1. La persona cuidadora y quien requiera cuidados deben tener Registro Social de Hogares (RSH).
  2. Existencia de dependencia moderada, severa o profunda en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.
  3. Es necesario que la persona que requiere cuidados se encuentre en alguno de estos registros administrativos:
    • Registro Nacional de Discapacidad
    • Programa de Integración Escolar (PIE) permanente
    • Matrícula en establecimiento educacional especial
    • Dependencia moderada o severa en el módulo de salud del Registro Social de Hogares

Si la persona que requiere cuidados no está en los registros administrativos que reconocen discapacidad, dependencia moderada o severa o necesidades educativas especiales, se debe actualizar el módulo salud del Registro Social de Hogares en www.ventanillaunicasocial.gob.cl. Si no existe registro, no se podrá validar la situación de dependencia o discapacidad y, por tanto, no se podrá acceder a la credencial.

La evaluación para determinar las necesidades educativas especiales es realizada por los centros educativos y la información es entregada por el Ministerio de Educación al Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

Se debe realizar una solicitud por cada persona que se cuida; actualmente, se pueden ingresar hasta tres personas por cada persona cuidadora. No es necesario tener vínculo familiar ni de consanguinidad con la persona que requiere cuidados.

Obtención de la Credencial

Una vez que la persona actualice sus datos en el RSH, podrá marcar la opción de recibir una credencial física o digital. Si los datos son concordantes y validados, la credencial física se enviará a la municipalidad correspondiente de la persona cuidadora. La credencial digital se puede descargar en el sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl.

Si una persona está registrada como cuidadora principal y secundaria de personas distintas, en la plataforma encontrará solo una credencial que la reconocerá como cuidadora principal. El tramo del Registro Social de Hogares no se considera para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial, y la actualización de esta información tampoco afecta la calificación socioeconómica o tramo.

Una vez ingresada la solicitud con la documentación correspondiente, se derivará al municipio de la comuna donde reside la persona que requiere cuidados y se tramitará la solicitud.

Se podrá solicitar la Cartola Hogar a través de un ejecutor (Municipio u oficinas ChileAtiende), presentando un poder legalizado ante notario. En este documento debe quedar explícita la voluntad de la persona mandante para que otro en su nombre y representación pueda realizar la solicitud. El documento notarial tiene una vigencia máxima de 6 meses desde la fecha de emisión.

Beneficios de la Credencial de Cuidadora

La credencial de persona cuidadora entrega acceso preferente en los siguientes servicios y sucursales de diversas instituciones públicas:

  • Atención primaria de salud
  • Sucursales de FONASA (Fondo Nacional de Salud)
  • Sucursales de ChileAtiende - IPS
  • Sucursales de BancoEstado
  • Sucursales del Servicio de Registro Civil e Identificación
  • Sucursales de Correos de Chile
  • Oficinas de SENADIS (Servicio Nacional de la Discapacidad)
  • Oficinas de SENAMA (Servicio Nacional del Adulto Mayor)
  • Oficinas de SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanismo)
  • DICREP (Dirección General del Crédito Prendario)
  • Oficinas del Registro Social de Hogares en Municipalidades
  • SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo)
  • SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor)
  • Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
  • Tesorería General de la República
  • FOSIS

Gradualmente se irán sumando nuevas instituciones a la entrega de este servicio, como la Inspección del Trabajo y las municipalidades.

Implementación del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados "Chile Cuida"

Toda la información ingresada al Registro Social de Hogares a través del trámite de complemento por cuidados apoyará el diseño e implementación del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados “Chile Cuida”. Este sistema busca fortalecer las redes de apoyo y mejorar la calidad de vida de las personas que requieren cuidados y de quienes los proporcionan.

Ley de 40 Horas y Flexibilidad Laboral para Cuidadores

Adicionalmente, la nueva Ley de 40 Horas, que entrará en vigor de forma obligatoria con un primer descenso de la jornada laboral de 45 a 44 horas semanales, introduce otras innovaciones importantes. Una de ellas es el derecho, para trabajadores que son madres, padres o cuidadores de niños de hasta 12 años, de adecuar la jornada laboral con bandas horarias. El empleador no podrá negarse, salvo que el funcionamiento de la empresa no permita anticipar o postergar la jornada de trabajo, como en atención de servicios de urgencia o trabajos por turnos.

La Ley de 40 Horas establece que las empresas pueden reducir la jornada a 40 horas desde ya, de forma voluntaria y anticipada, sin esperar la gradualidad de cinco años señalada.

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