Panorama General y Reconocimiento
El Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad (ENDISC 2015)
El Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad 2015 surgió producto de un convenio firmado entre el Ministerio de Desarrollo Social y el Instituto Nacional de Estadísticas. Asimismo, contó con la asistencia técnica del Servicio Nacional para la Discapacidad (SENADIS).
Los resultados del estudio permiten conocer en detalle las principales brechas de acceso y la realidad social de cómo viven las personas en situación de discapacidad en Chile.
Reconocimiento y Calificación de la Discapacidad
La persona con discapacidad tiene derecho a ser evaluada medicamente, tanto en el sector público como en el privado, para obtener la calificación de la discapacidad.

Derechos y Acceso para Personas con Discapacidad
Inclusión Educativa
Las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a los establecimientos públicos y privados de enseñanza regular o de educación especial, que reciban subvenciones del Estado. Los establecimientos de educación parvularia, básica y media, deben tener planes para alumnos con necesidades especiales. Además, los establecimientos de enseñanza regular deben implementar adecuaciones de currículum, infraestructura y materiales de apoyo para permitir el acceso de personas con discapacidad.
Reconocimiento de la Lengua de Señas
El Estado de Chile reconoce la lengua de señas como medio de comunicación natural de la comunidad sorda.
Salud: Prevención y Rehabilitación
Las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a programas estatales o a prestaciones en la salud pública destinadas a su rehabilitación.
Resguardo de la Ficha Clínica
Las personas con discapacidad psíquica o intelectual tienen derecho a que se resguarde la reserva de su ficha clínica.
Accesibilidad y Participación
Los usuarios de sillas de ruedas tienen derecho al fácil acceso y tránsito en edificios de uso público o que presten servicios a la comunidad. Asimismo, existen sanciones penales para quienes impidan, obstaculicen o dificulten maliciosamente el voto de un elector con discapacidad.
Subsidios de Vivienda
Existen subsidios especiales del Ministerio de Vivienda para adquirir viviendas que serán permanentemente habitadas por personas con discapacidad.
Inclusión Laboral y Contratación
Ley de Inclusión Laboral (Ley 21.015)
Cerca de 7.600 empresas deberán cumplir con la Ley de Inclusión Laboral para personas con discapacidad que comenzó a regir el 1 de abril del 2018.
Principios de No Discriminación
Las empresas o servicios no pueden optar por una discapacidad en particular en la contratación, lo que implica que no pueden privilegiar una discapacidad sobre otra.
Contratos de Aprendizaje
Las personas con discapacidad tienen derecho a celebrar el contrato de aprendizaje contemplado en el Código del Trabajo.

Beneficios Previsionales y Seguridad Social
Pensión de Invalidez y Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
El monto de la pensión de invalidez se financia con los recursos previsionales acumulados por el propio trabajador o trabajadora en su AFP, complementados con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), siempre que se cumplan los requisitos para acceder a dicho seguro.
Dado que todas las personas trabajadoras enfrentan el riesgo de invalidez o fallecimiento, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) están obligadas a contratar, de manera conjunta, un seguro que proteja a sus afiliados. Este seguro, denominado Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), tiene por objetivo complementar los fondos acumulados en la cuenta de la AFP para financiar una pensión de invalidez o sobrevivencia.
Financiamiento del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
En el caso de las y los trabajadores dependientes, el SIS es financiado íntegramente por los empleadores durante toda la vida laboral activa, correspondiendo a un porcentaje de la remuneración imponible de cada trabajador o trabajadora. Para las personas trabajadoras independientes obligadas a cotizar, el pago se efectúa con las retenciones aplicadas a las boletas de honorarios.
Incompatibilidad de Pensión de Invalidez con Trabajo Remunerado
Las normas legales y reglamentarias que regulan el nuevo sistema de pensiones no contemplan ninguna incompatibilidad legal entre una pensión de invalidez, total o parcial, y un trabajo remunerado.
Beneficios Solidarios: PBSI y APSI
La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio dirigido a personas entre 18 y 64 años. En tanto, el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un complemento monetario financiado por el Estado, destinado a personas entre 18 y 64 años que perciban una pensión de invalidez.
Accidentes del Trabajo
El accidente del trabajo es toda lesión que sufra un trabajador a causa o con ocasión del trabajo o de sus cometidos gremiales, y que le produzca incapacidad o muerte.
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