Información sobre el Aporte Previsional Solidario de Invalidez

La pensión de invalidez se financia mediante los recursos previsionales acumulados por el trabajador en su Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), complementados por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), siempre que se cumplan los requisitos para acceder a este último.

Dado que todas las personas trabajadoras están expuestas al riesgo de invalidez o fallecimiento, las AFP tienen la obligación de contratar un seguro que proteja a sus afiliados. Este seguro, conocido como Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), tiene como propósito complementar los fondos acumulados en la cuenta de la AFP para financiar una pensión de invalidez o sobrevivencia.

En el caso de los trabajadores dependientes, el SIS es financiado en su totalidad por los empleadores durante toda la vida laboral activa, y su costo corresponde a un porcentaje de la remuneración imponible de cada trabajador. Para las personas trabajadoras independientes obligadas a cotizar, el pago se realiza a través de retenciones aplicadas a las boletas de honorarios.

El accidente de trabajo se define como toda lesión que sufra un trabajador a causa o con ocasión del trabajo o de sus cometidos gremiales, y que le produzca incapacidad o muerte.

Las normas legales y reglamentarias que rigen el nuevo sistema de pensiones no establecen incompatibilidad alguna entre una pensión de invalidez, ya sea total o parcial, y la realización de un trabajo remunerado.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)

La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio destinado a personas de entre 18 y 64 años. Por su parte, el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un complemento monetario financiado por el Estado, dirigido a personas entre 18 y 64 años que perciban una pensión de invalidez.

Este beneficio, que reemplazará al actual Pilar Solidario, alcanzará un monto máximo de $185.000 e incluirá a los beneficiarios actuales de la Pensión Básica Solidaria y el Aporte Previsional Solidario.

Adicionalmente, a partir de mayo y hasta el 31 de julio de 2022, el Instituto de Previsión Social (IPS) podría determinar, para los pensionados beneficiarios del Pilar Solidario que reciban una pensión final garantizada superior a $185.000, mantener el beneficio actual o asignarles automáticamente la Pensión Garantizada Universal (PGU), basándose en aquel que resulte de mayor monto para el pensionado. Además, desde la misma fecha, los beneficiarios tendrán la opción de revertir la asignación realizada por el IPS, presentando una solicitud ante la misma entidad hasta 12 meses después de la asignación automática, permitiéndoles elegir la alternativa que les otorgue un mayor monto.

Gráfico comparativo de montos de pensiones básicas y solidarias

Requisitos y Beneficios de la Pensión Garantizada Universal (PGU)

Requisitos de Acceso

Durante los primeros 6 meses de vigencia de la ley (febrero a julio de 2022), la PGU será otorgada únicamente a quienes ya cumplan o vayan cumpliendo los requisitos para acceder a la Pensión Básica Solidaria de Vejez y/o al Aporte Previsional Solidario de Vejez, siempre que el monto de este último no supere los $185.000.

Se debe acreditar residencia en Chile de al menos 20 años, continuos o discontinuos, a partir de los 20 años de edad.

Reemplazo de PBS y APS por PGU

Sí, la PBS y el APS serán reemplazados por la PGU. En caso de que la pensión final garantizada sea superior a $185.000, a partir de mayo de 2022, el IPS podrá decidir si mantener el beneficio actual o asignar automáticamente la PGU, dependiendo de cuál sea el monto mayor para el pensionado.

Todas las personas que al 1 de febrero de 2022 estuvieran recibiendo una pensión con garantía estatal podrán optar por la PGU o mantenerse acogidas al beneficio de garantía estatal. Adicionalmente, desde mayo de 2022, las personas tendrán la posibilidad de revertir la asignación automática realizada por el IPS, presentando una solicitud ante la misma entidad hasta 12 meses después de la asignación (abril de 2023).

Diferencias entre Beneficios

La diferencia principal radica en la cantidad de personas que podrán acceder al beneficio. La segunda diferencia se relaciona con el monto promedio de los beneficios entregados por el Estado.

Todas las solicitudes de beneficios solidarios que se encuentren en trámite a la fecha de entrada en vigor de la ley (exceptuando los casos que cumplen los requisitos para ser asignados a la PGU o mantener los beneficios del Pilar Solidario) se considerarán realizadas para la PGU y se devengarán a partir de febrero de 2022.

Pérdida del Beneficio de la PGU

Un afiliado puede perder el beneficio de la PGU si no la cobra durante 6 meses corridos. En este caso, el beneficiario podrá solicitar la cancelación de la suspensión hasta 6 meses después de la fecha de suspensión de la PGU.

  • La PGU se extinguirá ante el fallecimiento del beneficiario.
  • La PGU se extinguirá si el beneficiario permanece fuera de Chile por más de 180 días continuos o discontinuos durante un año.
  • La PGU se extinguirá si el beneficiario proporcionó antecedentes incompletos, erróneos o falsos con el objetivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder al beneficio de la ley.

Si la pensión final garantizada recibida es mayor a $185.000, a partir de mayo de 2022, el IPS podría determinar mantener el beneficio actual o asignar automáticamente la PGU, dependiendo de cuál sea el monto mayor para el pensionado. Finalmente, desde mayo de 2022 hasta abril de 2023, los beneficiarios podrán elegir si se mantienen o no con el beneficio asignado.

Durante los primeros 6 meses, solo recibirán la PGU quienes ya cumplan o vayan cumpliendo los requisitos para acceder a la PBSV o APVS, y este último sea menor a $185.000.

Ilustración esquemática del proceso de solicitud y asignación de la PGU

Ejemplos de Casos y Evolución del Sistema de Pensiones

Casos Ilustrativos

  • Andrea: Pensionada de 75 años, recibe una Pensión Básica Solidaria de Vejez de $176.096.
  • Mario: 66 años, recibe una pensión mensual de $250.000, compuesta por su pensión autofinanciada de $100.000 y un APS de $150.000.
  • Laura: Pensionada de 70 años, recibe una pensión base de $720.000. A partir de agosto de 2022, le corresponde recibir el beneficio de la PGU por un monto aproximado de $100.000.
  • Miguel: 67 años, aún no es pensionado. Si se pensionara, le correspondería una pensión base de $850.000. A partir de agosto de 2022, le corresponde recibir el beneficio de la PGU por un monto aproximado de $50.000.

En el caso de que la Pensión Final Garantizada sea superior a $185.000, a partir de mayo de 2022, el IPS podría determinar mantener el beneficio actual o asignar automáticamente la PGU, dependiendo de cuál sea el monto mayor para el pensionado.

Solicitudes y Pagos de la PGU

A partir de agosto de 2022, todas las nuevas solicitudes de personas que no reciban PBS ni APS y cumplan con los requisitos para recibir la PGU, podrán realizar la solicitud ante el IPS, preferentemente de manera electrónica. La solicitud podrá presentarse a partir de la fecha en que el beneficiario cumpla 64 años y 9 meses de edad. Posteriormente, a partir de junio, la PGU será pagada únicamente por el IPS.

Beneficios de Invalidez y PGU

A partir de la entrada en vigor de la ley, los beneficios solidarios de invalidez se calcularán utilizando el monto máximo de la PGU, es decir, $185.000. Las personas que, previo a la entrada en vigor de la ley, sean beneficiarias del Pilar Básico Solidario de Invalidez y aquellas que sean beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de Invalidez, recibirán sus beneficios solidarios a partir del mes siguiente a la publicación de la ley (febrero de 2022), calculados en función del valor de la PGU, en lugar del valor de la Pensión Básica Solidaria de Vejez.

Subsidio por Discapacidad y Evolución del Pilar Solidario

Subsidio por Discapacidad

El subsidio por discapacidad mental, física o sensorial severa es un beneficio para personas con discapacidad severa, menores de 18 años, que pertenezcan al 60% de menores ingresos del país.

Origen y Evolución del Pilar Solidario

El Pilar Solidario comenzó a operar con la Reforma Previsional de 2008, durante el primer gobierno de Michelle Bachelet. En ese contexto, se creó el Bono por Hijo y dos instrumentos para la población más vulnerable: la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS). La cobertura se expandió del 40% al 60% de la población de menores ingresos.

  • La PBS beneficiaba a las personas que nunca cotizaron en una AFP.
  • El APS era un complemento para quienes sí cotizaron alguna vez en una AFP, pero cuyas jubilaciones eran muy bajas.

Tanto la PBS como el APS tenían una versión de vejez (para hombres y mujeres que cumplieran 65 años con PBSV y APSV) y una versión para quienes debían jubilarse antes por invalidez (PBSI y APSI).

A partir de febrero de 2022, durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera, todo el sistema pasó a denominarse Pensión Garantizada Universal (PGU). La PGU actualmente cubre al 90% más vulnerable de la población mayor de 65 años.

De esta forma ha evolucionado el sistema de pensiones en Chile

Hitos Clave en la Reforma Previsional

En 2008, la entonces Presidenta Michelle Bachelet promulgó la Ley 20.255, conocida como la “Reforma Previsional” de 2008. Esta ley creó el Pilar Solidario con el objetivo de incrementar las pensiones de las personas más vulnerables.

El Pilar Solidario para los pensionados se dirigía a quienes no tenían derecho a jubilación en ningún régimen previsional (PBS) o quienes no contaban con ahorro suficiente (APS). Quedaron excluidos los beneficiarios del sistema de las Fuerzas Armadas (Capredena) o de orden (Dipreca).

Distribución de Beneficiarios del Pilar Solidario

Según las cifras más recientes de 2023, el 58% de los beneficiarios del Pilar Solidario son mujeres y el 42% son hombres. La diferencia de género se ha reducido ligeramente en los últimos años: en 2022, la distribución era del 59% para mujeres y 41% para hombres, y en 2021, las mujeres representaban el 61% frente al 39% de los hombres.

En el caso de las mujeres beneficiadas por el Pilar Solidario, el 28% lo obtuvo entre los 65 y 70 años, mientras que en los hombres este porcentaje fue del 30%.

La reforma a las pensiones de 2008 tuvo su origen en el Consejo Asesor Presidencial para la Reforma del Sistema Previsional, conocido como Comisión Marcel. Su informe sirvió de base para la elaboración del proyecto por un comité interministerial.

Las personas del sistema antiguo de cajas tenían derecho a APS y, ahora, a la PGU, si cumplen con los requisitos de edad, monto de pensión, vulnerabilidad y residencia.

Distribución por Edad y Tipo de Beneficio

En 2021, un total de 462.416 personas recibieron beneficios del Pilar Solidario entre los 65 y 69 años, y 405.902 afiliados se sumaron en el tramo de edad de 70 a 75 años. Estos fueron los rangos de edad con la mayor cantidad de destinatarios de la Pensión Básica Solidaria (PBS) y del Aporte Previsional Solidario (APS).

Desde su implementación en 2022, se otorgan dos tipos de PGU: No Contributiva (para personas que nunca se afiliaron a un sistema previsional, similar a la PBS) y Contributiva (para quienes cotizaron alguna vez o recibían pensión de sobrevivencia, similar al APS). Ese año, más de 1,7 millones de personas fueron beneficiadas por esta pensión, la mayoría (57%) entre los 65 y 75 años. En 2023, cerca de 2 millones de afiliados contaron con PGU.

Del total de PGU, la No Contributiva representó al cierre de 2023 el 24% (470.941 beneficiados), y la PGU Contributiva, el 76% (1,5 millones de personas).

La reforma previsional de 2008 incluyó un enfoque de género, y el Pilar Solidario estableció el Bono por Hijo, que aumenta la pensión de las mujeres que han tenido al menos un hijo (nacido vivo, adoptado o dado en adopción).

Las PBS y APS de invalidez se recibían hasta que la persona cumplía los 65 años de edad, momento en el cual se transformaban en beneficiarias de PBS y APS Vejez, según el sistema existente hasta principios de 2022.

Distribución por Tipo de Beneficio y Género

El 32,6% de los beneficiarios del Pilar Solidario en 2021 recibió alguna PBS, mientras que el 67,4% obtuvo un APS.

En el Sistema de Pensiones Solidarios hasta 2021, los beneficiarios se dividían entre receptores de pensiones por vejez (todos mayores de 65 años) e invalidez (solo entre menores de 65 años). El 85% de los beneficiarios totales recibía una PBS o APS de vejez, y el 15% restante era beneficiario por invalidez. En hombres, el 17% recibía PBS o APS por invalidez; en mujeres, este porcentaje era del 13%.

En 2023, el 68% de los beneficiarios hombres recibe una PGU contributiva, y se amplía al 81% si se considera la no contributiva. En el caso de las mujeres, un 58% se beneficia de la contributiva y un 24% de la no contributiva. Centrándonos solo en esta última, casi tres de cada cuatro (72%) afiliados a PGU no contributiva son mujeres.

Montos de Pensiones y su Evolución

Comparativa de Montos de Pensiones

Hasta enero de 2021, la PBS era de $176.000. En febrero de 2022, la nueva PGU comenzó en $185.000. A partir de febrero de 2025, el monto de la PGU será de $224.004, y se reajustará anualmente según la variación del IPC.

Promedio de Pensiones por Tipo de Beneficio

Los beneficios de las PBS Vejez e Invalidez superaban los $164.000 en 2021. Con la instauración de la PGU, la PBS Vejez dejó de existir en 2022. En 2022, la PBS Invalidez se situaba sobre $193.000 en promedio, y en 2023 superó los $200.000, promediando $206.064.

Los montos de las APS para quienes poseían Retiro Programado (APS pensión garantizada) promediaban $160.000 en 2021, mientras que los aportes para quienes contaban con Renta Vitalicia (APS subsidio definido) fueron de $106.000 en promedio. Dos años después, la APS pensión garantizada superó los $237.000, un aumento del 48%. Este es el beneficio que ha ofrecido los montos promedio más altos en 2022 y 2023.

Quienes se acogieron a un beneficio especial de APS del artículo 9 bis, el monto promedio superó los $70.000. Se trata de personas cuyo cálculo original del APS generaba un beneficio menor al del resto, lo cual fue corregido desde finales de 2019.

La PGU, tanto contributiva como no contributiva, promedió sobre $191.000 en 2022 y en 2023 se posicionó por encima de los $202.000. La contributiva aumentó un 58% y la no contributiva un 65%.

PBS y APS de Invalidez

Entre los beneficios establecidos por el Pilar Solidario se encuentra la Pensión Solidaria de la Vejez (PBSV), dirigida a personas de 65 años o más en situación de vulnerabilidad que hayan cotizado formalmente o no. También la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), que no estipula edad y está enfocada a personas con discapacidad.

Cualquier persona del segmento más vulnerable de la población podía recibir una PBS (si nunca se afilió al sistema de AFP) o APS (si alguna vez cotizó), siempre que cumpliera con requisitos de residencia y edad, entre otros.

Gráfico de evolución de montos promedio de pensiones solidarias entre 2021 y 2023

Transformación del Pilar Solidario a la PGU

El pilar solidario ha experimentado cambios a lo largo del tiempo. Uno de los más significativos fue la transición de la PBS a una pensión más universal en 2022. En enero de ese año, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley 21.419, que creó la Pensión Garantizada Universal (PGU). En enero de 2023, el Congreso aprobó una ley corta (21.538) que modificó la ley 21.419 para ampliar su cobertura a 70.000 nuevos beneficiarios.

Evolución Mensual de Beneficiarios

El mayor ingreso de pensionados por PBS Vejez se registró en 2008 (364.131 personas), justo al inicio de la reforma de ese año. El récord de nuevos registros por APS Vejez con subsidio definido (asociado a rentas vitalicias) se concretó en 2009, sumando 223.587 personas ese año. En 2021, alcanzó su pico de afiliados con 616.264, beneficiando en enero de 2022 al 29,5% del total de afiliados.

El APS con pensión garantizada (retiro programado) experimentó un impulso desde 2019 y llegó a sumar más de 98.000 afiliados nuevos en 2021, hasta alcanzar su cumbre de 545.041 beneficiados.

Los beneficios de PBS y APS por invalidez han mantenido un comportamiento estable a lo largo del tiempo, sin fluctuaciones relevantes.

Con la nueva PGU, el número total de beneficiarios del sistema de pensiones solidarias ascendió a 2,4 millones vigentes al cierre de 2023. La PGU representa el 81% de todos los beneficiarios del sistema. El 19% restante se divide entre beneficiarios de pensiones de invalidez y receptores de APS Vejez Pensión Garantizada con montos superiores al que permite la PGU Contributiva.

Las pensiones solidarias de invalidez conservan sus nombres originales y continúan aplicándose a quienes, siendo menores de 65 años, hayan sido declarados con una discapacidad invalidante.

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