La Capacidad Jurídica de las Personas con Discapacidad y los Derechos Humanos

La capacidad jurídica de las personas con discapacidad es un tema central en el debate sobre los derechos humanos, especialmente en el contexto de la autonomía y la toma de decisiones. Este derecho, por su contenido y alcance, no puede ser limitado de ninguna forma, reflejando su carácter fundamental.

Esquema de la evolución de los modelos de discapacidad (médico, social, derechos humanos)

El Debate Actual en Chile: Hacia la Autonomía

El jueves 24 de enero, un grupo de diputados de diversas bancadas políticas presentó una moción parlamentaria que busca consagrar el derecho a la autonomía de las personas con discapacidad intelectual, cognitiva o psicosocial. Esta iniciativa propone crear un sistema de apoyos y salvaguardias para la toma de sus decisiones. La pregunta fundamental que surge es: ¿Cuál es el fundamento de una reforma de este tipo?

El Modelo Tradicional de Incapacidad Jurídica en Chile

En Chile, si bien no existe una regulación legal específica sobre la capacidad mental, los artículos 1445, 1446, 1447 y 456 del Código Civil han sido utilizados para la determinación de un modelo de atribución directa de incapacidad y de sustitución de la voluntad de determinadas personas. Un ejemplo claro se encuentra en el artículo 1447 del Código Civil, que señala que son absolutamente incapaces los dementes, los impúberes y los sordos o sordomudos que no pueden darse a entender claramente, agregando que sus actos no producen ni aun obligaciones naturales y no admiten caución.

Aunque el sistema de interdicción y la regulación de las curadurías buscan proteger a estas personas frente a diversas formas de abusos, dichas normas suelen limitar de forma desproporcionada e indebida los atributos de la personalidad jurídica básica de todo ser humano. Bajo este modelo legal vigente, las relaciones patrimoniales y extrapatrimoniales de las personas con alguna de estas discapacidades se ven sujetas a un sistema que invisibiliza totalmente su voluntad, deseos y preferencias personales.

Aún más allá de la declaración concreta de interdicción y designación de curador, la existencia de estas normas da sustento a la convicción jurídica, social y cultural respecto a la incapacidad de las personas con discapacidad intelectual, cognitiva o psicosocial.

Infografía comparativa del modelo de sustitución de voluntad vs. modelo de apoyos

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: El Cambio de Paradigma

La perspectiva de los derechos humanos ha transformado la comprensión de la capacidad jurídica. Como lo dispone la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Chile el año 2008, las personas con discapacidad intelectual, cognitiva o psicosocial tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica, sin discriminación.

La Convención supera así el modelo de “discapacidad mental” como base de la “incapacidad jurídica”, situando a las personas con discapacidad al centro de todas las decisiones que les conciernen. Este enfoque busca mejorar los derechos y el bienestar de las personas con discapacidad.

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Hacia un Sistema de Apoyos y la Dignidad Humana

En términos más concretos, lo que la Convención promueve es la creación de un sistema de apoyos para el ejercicio de la capacidad jurídica. Este sistema se entiende como un conjunto de relaciones, prácticas, medidas y acuerdos, de más o menos formalidad e intensidad, diseñadas para asistir a una persona con discapacidad, en la comunicación, comprensión y consecuencias de los actos jurídicos, así como en la manifestación e interpretación de su voluntad, deseos y preferencias.

No se trata de una cuestión fácil de comprender. En el trato y regulación de la discapacidad coexisten la correcta intuición de proteger con los resabios de un sistema tutelar que no presta la debida atención al respeto por la dignidad humana de la que toda persona es titular. Las personas con discapacidad intelectual, cognitiva o psicosocial son capaces de hacer frente al estrés normal de la vida y contribuir a la comunidad.

La Vida Independiente como Derecho Fundamental

Las personas con discapacidad intelectual, cognitiva o psicosocial enfrentan miles de barreras cada día para poder desarrollar sus proyectos de vida. Son vidas concretas de seres humanos, que sueñan, se enamoran, sufren y piensan. El apoyo a la transición de una vida más independiente es una de las garantías fundamentales para el propio autocuidado y el despliegue del potencial de las personas con discapacidad intelectual, cognitiva o psicosocial, desde la primera infancia hasta la adultez.

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