Derechos y atención integral del adulto mayor en el sistema de salud

En el contexto actual, el bienestar de las personas mayores ha experimentado un tránsito significativo desde un enfoque asistencialista hacia uno basado en el ejercicio de sus derechos. El Estado tiene la responsabilidad fundamental de brindar a las personas mayores la protección necesaria para mantener su integridad física, psíquica y social, garantizando una vida digna durante la vejez.

Esquema sobre la transición del enfoque asistencialista al enfoque de derechos en la atención de salud al adulto mayor

La problemática de la hospitalización social

Uno de los fenómenos más críticos es la llamada hospitalización social, definida como aquella estadía prolongada (60 o más días) en centros hospitalarios con una baja necesidad real de atención médica aguda.

De acuerdo a datos del DEIS (2017), el 1% del total de egresos de personas mayores de 60 años correspondió a estas hospitalizaciones, representando el 15% del total de días-cama. El perfil de estos pacientes indica que el 59% son hombres, el 80% son beneficiarios de los grupos A y B de Fonasa y el 45% de los casos ocurre en la Región Metropolitana.

Impacto y duración de las estancias

Existe una gran dispersión en los diagnósticos, sin embargo, las estadías más prolongadas -superiores a los 150 días- se asocian principalmente a enfermedades mentales, demencias, síndrome de carencias sociales y fragilidad. El 4% de las hospitalizaciones sociales alcanzó un año o más de permanencia, destacándose casos extremos de hasta 15 años en servicios de Psiquiatría.

Indicador Detalle relevante
Gasto estimado Fonasa MM$15.473
Gasto estimado Isapres MM$20.146
Servicios con menor egreso sociosanitario Menos del 2,5% (Geriatría)

Hacia un modelo de atención preferente

Para abordar las deficiencias del sistema, se ha impulsado una iniciativa que modifica la ley N° 20.584, buscando crear el derecho a la atención preferente y oportuna. Esta norma dispone que toda persona mayor de 60 años o en situación de discapacidad tendrá derecho a ser atendida de forma prioritaria por cualquier prestador de salud, público o privado.

Atención preferencial - guía de atención al usuario

Medidas concretas de implementación

  • Consultas médicas: Asignación prioritaria de turnos para evitar esperas prolongadas.
  • Entrega de medicamentos: Agilización del proceso para evitar largas colas desde la madrugada.
  • Exámenes y procedimientos: Asignación prioritaria para la realización de pruebas médicas complejas.

La normativa obliga a los establecimientos a consignar, con caracteres legibles y en un lugar visible, la información sobre este derecho, garantizando que el usuario conozca sus facultades y el modo en que el centro hace efectivo dicho beneficio.

Marco jurídico y derechos fundamentales

El debate legislativo subraya que el respeto a la dignidad del adulto mayor es la base de una sociedad justa. La protección de los derechos de este segmento poblacional se sustenta en diversos pilares jurídicos:

  • Derecho a la igualdad y no discriminación por razón de edad.
  • Derecho a la vida, dignidad, independencia y autonomía.
  • Derecho a la seguridad y a una vida sin violencia.
  • Derecho al consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud.
  • Derecho a la privacidad, intimidad y seguridad social.
  • Derecho a la participación, integración comunitaria y acceso a la justicia.

Los legisladores enfatizan que la atención preferente no debe entenderse como un favor, sino como un estándar mínimo de humanidad y respeto. La meta es implementar una política especial que considere el envejecimiento poblacional y la necesidad de herramientas tecnológicas, como el hospital digital, para mejorar el acceso, especialmente para quienes viven en zonas rurales o alejadas de los centros de especialidades.

tags: #beneficios #sociales #del #adulto #mayor #en