Guía para Potenciar tus Fondos de Pensión y Beneficios Previsionales

Aumentar tus fondos de pensión es una estrategia clave para asegurar una jubilación tranquila y financieramente estable. En la actualidad, existen diversas herramientas y reformas que no solo facilitan la gestión de tus ahorros previsionales en línea, sino que también impulsan el crecimiento de tus fondos a través de nuevos aportes y beneficios.

Aumento de Fondos a través de Ahorro Voluntario en Línea

Una de las vías más directas para incrementar tus fondos de pensión es mediante el ahorro voluntario, el cual puedes gestionar cómodamente en línea.

Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2)

La Cuenta 2 te permite ahorrar para proyectos personales y familiares a corto, mediano y largo plazo. Puedes manejar tu cuenta desde la web de tu administradora, realizando depósitos cuando desees, lo que facilita una gestión flexible y adaptada a tus necesidades financieras.

Infografía: Beneficios y funcionamiento de la Cuenta 2 para ahorro voluntario.

Ahorro Previsional Voluntario (APV)

Para mejorar o anticipar tu pensión, el Ahorro Previsional Voluntario (APV) es una excelente opción. Además de fortalecer tu futuro, te permite disfrutar hoy de beneficios tributarios por ahorrar, lo que optimiza la rentabilidad de tus aportes.

Depósito Convenido

Otra alternativa para construir un mejor futuro y aumentar tu pensión es contratar un depósito convenido. Con esta herramienta, tanto tú como tu empleador pueden obtener beneficios tributarios que disfrutarán desde el presente. Si tienes proyectos de corto, mediano y largo plazo, estas opciones de ahorro voluntario están disponibles para ti.

Depósito Convenido en Serie APV

La Reforma Previsional: Impacto en el Crecimiento de tus Fondos

La reciente reforma previsional introduce cambios significativos que buscan fortalecer y aumentar los fondos de pensión y beneficios a través de diversas medidas.

Nuevas Cotizaciones y Aportes del Empleador

Una de las principales novedades es el inicio de la nueva cotización del empleador, que se traduce en un 1% adicional a partir de las remuneraciones de agosto de 2025. Este porcentaje se irá incrementando gradualmente hasta alcanzar un 7%, lo que representa un aumento sustancial en los fondos acumulados. Adicionalmente, el empleador aportará un 1,5% para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), el cual, a contar de agosto de 2027, pasará a ser una de las prestaciones del Seguro Social.

La normativa indica que los empleadores deben cotizar al Seguro Social Previsional (SSP) por todos sus trabajadores, incluyendo aquellos que laboran en jornadas parciales o part-time. Este dato cobra especial importancia porque permite llevar un registro adecuado de los periodos cotizados en jornada parcial, lo que será clave para que, en el futuro, esas cotizaciones puedan ser computadas en el historial previsional del trabajador.

Es importante señalar que la obligación de cotizar de cargo del empleador al Seguro Social Previsional se extingue de pleno derecho en el momento en que el trabajador se pensione por vejez o invalidez total. Los trabajadores acogidos a la exención de la obligación de cotizar regulada en el artículo 69 del D.L., incluyendo a quienes perciben o no rentas del artículo 42 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, no tienen esta obligación de forma obligatoria.

Aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) y Compensaciones

La reforma ha dispuesto un aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) a $250.000. Para quienes ya reciben la PGU, el ajuste es automático según el calendario. Las personas pensionadas por Leyes de Reparación (Exonerados, Rettig y Valech) y los beneficiarios de pensiones de gracia también podrán acceder a la PGU si cumplen los requisitos, constituyendo el primer piso de la seguridad social. Si la persona ya recibe el complemento de PGU (porque su pensión de reparación era menor al monto máximo de la PGU), a partir de septiembre de la fecha en que cumpla la edad establecida en el calendario, su monto se ajustará de forma automática al nuevo valor máximo de la PGU ($250.000).

Se introduce además una Compensación a mujeres por mayor expectativa de vida. Este beneficio, dirigido específicamente a mujeres, busca corregir las brechas de género en el sistema de pensiones dada su mayor expectativa de vida.

Gráfico comparativo: Evolución de la Pensión Garantizada Universal (PGU).

Ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales y Cotizaciones por Desempleo

La ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales es un beneficio crucial que permitirá cubrir cotizaciones en periodos de cesantía. Este es un nuevo beneficio de la Reforma Previsional que comenzó a regir el 1 de mayo de 2025. Permite que todas las personas que reciban el Seguro de Cesantía, sin importar el tipo de fondo (Cuenta Individual o Fondo Solidario), tengan cubiertas sus cotizaciones previsionales mientras estén desempleadas.

Antes, solo las personas que usaban el Fondo de Cesantía Solidario tenían cotizaciones previsionales cubiertas. Desde mayo de 2025, se incluye también a quienes usan su Cuenta Individual. Así, todos los beneficiarios del Seguro de Cesantía tienen este respaldo.

Desde mayo a julio de 2025, se cotiza el 10% del pago mensual del Seguro de Cesantía. Desde agosto, sube a 10,10%, y en agosto de 2027 a 10,25%. Es decir, mes a mes se deposita ese porcentaje en la AFP del trabajador o trabajadora mientras esté cesante, mientras la persona esté recibiendo pagos del Seguro de Cesantía. Si se terminan los giros (no posee más fondos en su cuenta individual), o encuentra trabajo, también finaliza este beneficio automáticamente. Se estima que el número de personas beneficiadas se triplicará: de 395 mil a más de 1,4 millones al año. Esto significa una gran mejora en la protección previsional para quienes atraviesan períodos de desempleo. El dinero no sale del bolsillo del trabajador. Las cotizaciones son financiadas por el Fondo de Cesantía Solidario, que se forma con aportes del Estado y de los empleadores. No se usan los fondos individuales ni se descuenta del monto del seguro que recibe el trabajador.

Innovación en la Gestión de Fondos y Comisiones

El sistema de multifondos será reemplazado por fondos generacionales. Estos ajustarán su perfil de inversión automáticamente según la edad del afiliado, reduciendo el riesgo a medida que se aproxima la jubilación y aumentando la seguridad del ahorro. Con este mecanismo se busca maximizar rentabilidades y reducir los riesgos de pérdidas significativas para quienes están cerca de jubilarse.

En cuanto a las comisiones, estas ya no serán fijas, sino variables y vinculadas al rendimiento del fondo. Si el fondo genera pérdidas, la comisión disminuirá un 15%, y si obtiene ganancias, puede aumentar hasta en un 15%. Esto asegura que las administradoras busquen maximizar el beneficio para los afiliados. Se establecen límites cuando las AFP invierten a través de terceros, de modo que no podrán pagarse con cargo a los fondos comisiones a vehículos de inversión o mandatarios que inviertan más de un 10% en emisores nacionales transables en mercados públicos, a excepción de inversiones de baja o mediana capitalización.

Para fomentar la competencia y reducir comisiones, se promoverá la entrada de nuevos operadores para diversificar el mercado y reducir la concentración. Se licitará cada dos años el 10% de los afiliados actuales, adjudicándolos a la Administradora de Fondos de Pensiones que oferte la menor comisión. Esta centralización de la cobranza previsional y el sistema de licitación buscan reducir los costos para los afiliados y generar un mercado más justo.

Depósito Convenido en Serie APV

Incentivos a la Cotización y Simplificación para Independientes

La reforma propone un incentivo a la cotización y ha simplificado los mecanismos para trabajadores independientes, permitiendo pagos automáticos desde cuentas bancarias. También se abre la posibilidad de que familiares directos puedan contribuir en nombre del afiliado. Además, la reforma promueve la formalidad al vincular los beneficios a la cotización.

Gestión y Transparencia en la Recaudación de Cotizaciones

El nuevo sistema también introduce mejoras en la recaudación y gestión de cotizaciones, con el objetivo de asegurar la transparencia y el cumplimiento.

Plazos y Responsabilidades de Pago

El empleador o entidad pagadora de subsidios debe declarar y pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente a aquel en que se devengaron las remuneraciones o se autorizó la licencia médica. Cuando el empleador realice la declaración y el pago de las cotizaciones por medio electrónico, el plazo de pago se extenderá hasta el día 13 de cada mes, incluso si fuera sábado, domingo o festivo.

Si el empleador no realiza la declaración, tendrá hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar ante el Instituto de Previsión Social (IPS) que su obligación se extinguió. Transcurrido ese plazo adicional, y agotadas las gestiones aclaratorias por parte del IPS sin que el empleador haya acreditado la extinción de la obligación, se presumirá que las respectivas cotizaciones están declaradas y no pagadas y se constituirá una deuda previsional efectiva.

Entidades Clave en la Recaudación

Para cumplir esta función de recaudación, el IPS la realizará a través de un proveedor especializado, a través del cual los empleadores deberán efectuar dichos pagos. Adicionalmente, el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) es un órgano creado en el marco de la ley N°21.735, que busca resguardar los fondos previsionales.

Cómo se Proyectan y Simulan tus Fondos de Pensión

Comprender cómo se proyectan tus fondos es esencial para planificar tu jubilación. Las simulaciones consideran diversos factores:

  • Los saldos de tu Cuenta Obligatoria informada se proyectan de acuerdo al valor del Fondo C, que define la Superintendencia de Pensiones en las tasas de rentabilidad (ejemplo: Fondo C: 3,38%).
  • La simulación supone que continúas cotizando en la Cuenta de Cotizaciones Obligatorias el 10% de la remuneración informada, hasta la edad de pensión.
  • Se considera como beneficiarios a un cónyuge femenino 2 años menor y 2 años mayor si el cónyuge es masculino.

Estos montos han sido simulados con personas que ingresaron al mercado laboral a los 25 años, con crecimiento real de la remuneración imponible del 2% al año, alcanzando los $800.000 al momento de la pensión en 2025.

Diagrama de flujo: Factores que influyen en la proyección de fondos de pensión.

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