La propuesta de reforma constitucional al artículo 62 tiene como objetivo principal regular la situación de los parlamentarios que, siendo pensionados bajo los sistemas de DIPRECA (Dirección de Previsión de Carabineros de Chile) o CAPREDENA (Caja de Previsión de la Defensa Nacional), ejercen funciones en el Congreso Nacional.
Fundamentos de la propuesta
El proyecto establece que los Diputados y Senadores pensionados bajo los citados sistemas de previsión de las Fuerzas Armadas y de Orden deberán suspender el pago de su pensión mientras perciban la dieta parlamentaria.
Esta medida se sustenta en la lógica jurídica contenida en el artículo 5 del DFL 209 de 1953, el cual dispone la pérdida del goce de pensión cuando el funcionario regresa al servicio activo. Bajo este razonamiento, se argumenta que quienes asumen un cargo parlamentario y perciben la dieta correspondiente están recibiendo nuevamente una remuneración estatal completa. Por lo tanto, mantener la pensión de retiro de forma simultánea implicaría la acumulación de dos beneficios de distinta naturaleza financiados por el Estado.

Diseño normativo
El análisis técnico del articulado revela un diseño normativo simple y directo. Se propone la incorporación de un nuevo inciso segundo en el artículo 62 de la Constitución, estableciendo expresamente la incompatibilidad entre la pensión de retiro y la dieta parlamentaria. Con esta modificación, se busca garantizar la transparencia y el uso eficiente de los recursos públicos en los cargos de representación popular.
Reforma Constitucional: ¿En qué consiste y cuál es el proceso?
Contexto normativo complementario
Es importante destacar que el sistema previsional y de seguridad social de las Fuerzas Armadas y de Orden se rige por un conjunto complejo de leyes y reglamentos, tales como la Ley N° 18.948 (Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas) y diversas normativas de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) que regulan aspectos como las asignaciones familiares, montepíos y subsidios por incapacidad laboral.
| Normativa | Descripción |
|---|---|
| DFL N° 1 (G) de 1968 | Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas. |
| Ley N° 20.735 | Modifica aspectos previsionales de las Fuerzas Armadas y Carabineros. |
| Ley N° 18.948 | Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas. |
La reforma al artículo 62 se enmarca dentro de un esfuerzo legislativo continuo por modernizar y armonizar las disposiciones previsionales, asegurando que las reglas sobre la percepción de beneficios estatales sean coherentes con la naturaleza de los cargos públicos desempeñados.