El Pilar Solidario y sus Transformaciones en el Sistema Previsional Chileno

El sistema previsional chileno ha experimentado significativas evoluciones a lo largo del tiempo, con el Pilar Solidario como uno de sus componentes fundamentales. Este pilar, creado para apoyar a la población más vulnerable, ha sido objeto de diversas modificaciones y expansiones, culminando en la implementación de la Pensión Garantizada Universal (PGU).

Origen y Fundamentos del Pilar Solidario

El Pilar Solidario comenzó a operar con la Reforma Previsional de 2008, durante el primer gobierno de Michelle Bachelet. Esta reforma tuvo su origen en el Consejo Asesor Presidencial para la Reforma del Sistema Previsional, más conocido como la Comisión Marcel, cuyo informe fue la base para la elaboración del proyecto por un comité interministerial. En 2008, la entonces Presidenta Michelle Bachelet firmó el decreto que promulgó la Ley N° 20.255, la cual creó el Sistema de Pensiones Solidarias. Este sistema tiene como objetivo primordial incrementar las pensiones de las personas más vulnerables, mediante beneficios que el Estado de Chile entrega y financia, como las pensiones básicas solidarias (PBS) de vejez e invalidez y los aportes previsionales solidarios (APS) de vejez e invalidez.

Inicialmente, la cobertura del Pilar Solidario creció desde el 40% al 60% de la población de menores ingresos. El Pilar Solidario para los pensionados apunta a quienes no tenían derecho a jubilación en ningún régimen previsional (PBS) o quienes no tenían suficiente ahorro (APS). Es importante destacar que quedan excluidos los beneficiarios del sistema de las Fuerzas Armadas (Capredena) o de orden (Dipreca).

Otras leyes han complementado y regulado aspectos del sistema. La Ley N° 20.301, del 20 de octubre de 2008, modificó la regulación de la cuota mortuoria del seguro escolar y de la asignación por muerte de beneficiarios de Pensión Básica Solidaria (PBS) de invalidez, carente de recursos. Más recientemente, la Ley N° 21.314, del 13 de abril de 2021, estableció nuevas exigencias de transparencia y reforzó las responsabilidades de los agentes de los mercados, regulando la asesoría previsional y otras materias.

En cuanto a la focalización, la Resolución Exenta N° 77, del 12 de julio de 2022, fijó el Puntaje de Focalización Previsional, tal como se refiere el artículo 26 del Decreto Supremo N° 52 de 2022 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y la fórmula matemática de cálculo para obtenerlo. Asimismo, la Resolución Exenta N° 722, del 28 de marzo de 2022, dejó sin efecto resoluciones anteriores y aprobó el "Nuevo Procedimiento de Sanciones" asociado al proceso de "Sanciones y Cumplimiento" de la Superintendencia de Pensiones.

Esquema de la estructura del Pilar Solidario de pensiones chileno

Beneficios Originales del Pilar Solidario: PBS y APS

El Pilar Solidario se articuló inicialmente en torno a dos instrumentos principales para la población más vulnerable: la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS).

Pensión Básica Solidaria (PBS)

La Pensión Básica Solidaria (PBS) de vejez y de invalidez se entregaba a aquellas personas que por diversas razones no tenían derecho a recibir una pensión, tanto como titular o como beneficiario de pensión de sobrevivencia. Sin embargo, debían reunir ciertos requisitos de edad, focalización socioeconómica y residencia señalados en la Ley N° 20.255 para acceder al beneficio. La PBS beneficiaba principalmente a las personas que nunca cotizaron en una AFP.

  • La Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) estaba dirigida a personas de 65 años o más en situación de vulnerabilidad, hayan o no cotizado formalmente.
  • La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio para personas que tienen entre 18 años y menos de 65 años y que, entre otros requisitos, hayan sido declaradas con invalidez por una Comisión Médica y no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional, ya sea como titulares o beneficiarias de una pensión de sobrevivencia. Esta pensión no estipula edad y está enfocada a personas con discapacidad.

Aporte Previsional Solidario (APS)

El Aporte Previsional Solidario (APS) era un complemento en dinero que el Estado aportaba, a través del Pilar Solidario, a las personas que tenían una pensión menor a la mínima en el sistema de AFP o en el sistema previsional antiguo. Es decir, el APS era un complemento a quienes sí cotizaron alguna vez en una AFP, pero cuyas jubilaciones eran muy bajas.

  • El Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) complementaba las pensiones de vejez.
  • El Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un aporte monetario mensual, de cargo fiscal, para todas aquellas personas que han sido calificadas como inválidas, que habiendo contribuido a un sistema de pensiones, financian una pensión inferior a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBS) y cumplen con los requisitos establecidos en la ley. Es un complemento monetario financiado completamente con recursos fiscales y se agrega a las pensiones autofinanciadas de las personas, es decir, aquellas que se generan solo como resultado de las cotizaciones obligatorias que han realizado durante su vida laboral activa y la rentabilidad de esos fondos.

Las PBS y APS de invalidez se recibían hasta que la persona cumplía los 65 años de edad. A partir de entonces, se transformaban en beneficiarios de PBS y APS Vejez, según el sistema que existía hasta inicios de 2022.

Otros Beneficios

La reforma previsional de 2008 tuvo un enfoque de género y el Pilar Solidario estableció el Bono por Hijo, que aumenta la pensión de las mujeres que han tenido al menos un hijo, tanto nacido vivo, adoptado o dado en adopción.

Además, la Asignación por Muerte es un beneficio que busca reembolsar a quien ha pagado los gastos funerarios de una persona fallecida que fue pensionada del sistema previsional antiguo o beneficiaria del Pilar Solidario. Es importante tener presente que no habrá derecho al beneficio de cuota mortuoria cuando el Instituto de Previsión Social (IPS) o la AFP tenga conocimiento de que, en vida, la o el afiliado contrató y pagó, de manera anticipada, los servicios funerarios.

¿Cuáles son los beneficios del Pilar Solidario del sistema de pensiones?

Transición hacia la Pensión Garantizada Universal (PGU)

El Pilar Solidario ha ido cambiando con el tiempo. Uno de los grandes cambios fue pasar de la PBS a una pensión más universal, lo que sucedió en el año 2022. En enero de ese año, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la Ley N° 21.419 que creó la Pensión Garantizada Universal (PGU). Este beneficio está dirigido a personas de 65 años y más, quienes, entre otros requisitos, se encuentren pensionadas o no, trabajando o no, y que integren un grupo familiar perteneciente al 90% de menores ingresos de la población total del país.

La PGU reemplazó a la PBS y APS de vejez. A partir de febrero de 2022, durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera, todo pasó a llamarse Pensión Garantizada Universal (PGU). La PGU cubre hoy al 90% más vulnerable de la población sobre 65 años. En su momento, se anunció la expansión de la cobertura del Pilar Solidario de un 60% a un 80% de la población, lo que se consolidó con la PGU. En enero de 2023, el Congreso aprobó la Ley N° 21.538, que modificó la Ley N° 21.419 para ampliar su cobertura a 70 mil nuevos beneficiarios.

Tipos de PGU

Desde su implementación en 2022, se entregan dos tipos de PGU:

  • PGU No Contributiva: Para personas nunca afiliadas a un sistema previsional, similar a la antigua PBS.
  • PGU Contributiva: Para quienes cotizaron alguna vez o recibían pensión de sobrevivencia, similar a la antigua APS.

Es importante señalar que las pensiones solidarias de invalidez se mantienen con sus antiguos nombres y siguen aplicando a quienes, siendo menores de 65 años, hayan sido declarados con una discapacidad invalidante.

Beneficiarios y Cobertura del Sistema Solidario

El sistema de pensiones solidarias ha mostrado una evolución constante en el número y perfil de sus beneficiarios. En 2021, un total de 462.416 personas recibieron los beneficios del Pilar Solidario entre los 65 y 69 años, mientras que entre los 70 y 75 años se sumaron 405.902 afiliados. Estos fueron los tramos de edad con mayor cantidad de destinatarios de la Pensión Básica Solidaria (PBS) y del Aporte Previsional Solidario (APS).

Distribución por Tipo de Beneficio (hasta 2021)

En 2021, el 32,6% de los beneficiarios del Pilar Solidario recibió alguna PBS, mientras que el 67,4% obtuvo una APS. En el Sistema de Pensiones Solidarios hasta 2021, los beneficiarios se dividían entre receptores de pensiones por vejez (todos mayores de 65 años) e invalidez (solo entre menores de 65 años). El 85% de los beneficiarios totales recibía una PBS o APS de vejez, y el 15% restante era beneficiario por invalidez. En hombres, el 17% recibía PBS o APS por invalidez; en mujeres, ese porcentaje era del 13%.

Beneficiarios de la PGU

Con la implementación de la PGU en 2022, hubo más de 1,7 millones de beneficiados por esa pensión, siendo la mayoría (57%) entre los 65 y 75 años. En 2023, ya hubo cerca de 2 millones de afiliados que contaron con PGU. Al cierre de 2023, el número total de beneficiarios del sistema de pensiones solidarias subió a 2,4 millones, de los cuales la PGU representa el 81%.

Del total de PGU, la No Contributiva representó al cierre de 2023 el 24% (470.941 beneficiados), y la PGU Contributiva, el 76% (1,5 millones de personas). El 19% restante de los beneficiarios del sistema se divide entre beneficiarios de pensiones de invalidez y receptores de APS Vejez Pensión Garantizada con montos superiores al que permite la PGU Contributiva.

Distribución por Género

Según las cifras más recientes de 2023, el 58% de los beneficiarios del Pilar Solidario son mujeres, y el 42%, hombres. La diferencia entre géneros ha disminuido ligeramente en tres años, ya que en 2022 la distribución era 59% mujeres y 41% hombres, y en 2021 las mujeres eran el 61%, frente al 39% de los hombres. En el caso de las mujeres que se han beneficiado del Pilar Solidario, el 28% lo obtuvo entre los 65 y 70 años; en hombres fue el 30%.

En 2023, el 68% de los beneficiarios hombres recibe una PGU contributiva, ampliándose al 81% si se considera la no contributiva. En el caso de las mujeres, un 58% se beneficia de la contributiva y un 24% de la no contributiva. Centrándonos solo en esta última, casi tres de cada cuatro (72%) afiliados a PGU no contributiva son mujeres.

Montos y Evolución Financiera de los Beneficios

Los montos de los beneficios del Pilar Solidario y su sucesora, la PGU, han mostrado una evolución ascendente.

  • Hasta enero de 2021, la PBS era de $176 mil.
  • En febrero de 2022, la nueva PGU partió en $185 mil.
  • A partir de febrero de 2025, el monto de la PGU será de $224.004, y se reajusta en forma anual según la variación del IPC.

Pensión Promedio por Tipo de Beneficio (2021-2023)

Los beneficios de las PBS Vejez e Invalidez marcaban sobre $164 mil en 2021. Con la instauración de la PGU, en 2022 dejó de existir la PBS Vejez. En 2022, la PBS Invalidez se posicionaba sobre $193 mil de media y en 2023 superó los $200 mil, promediando $206.064.

Los montos de las APS para quienes poseían Retiro Programado (APS pensión garantizada) promediaban $160 mil en 2021, mientras que los aportes para quienes contaban con Renta Vitalicia (APS subsidio definido) fueron de $106 mil en promedio. Dos años después, la APS pensión garantizada superó los $237 mil, un 48% más, siendo este el beneficio que mayores montos promedio ofreció en 2022 y 2023.

Quienes se acogieron a un beneficio especial de APS del artículo 9 bis, el monto promedio superó los $70 mil. Estas son personas cuyo cálculo original del APS les generaba un beneficio menor al del resto, lo que fue corregido desde fines de 2019.

La PGU, tanto contributiva como no contributiva, promedió sobre $191 mil en 2022 y en 2023 se posicionó por encima de los $202 mil. La contributiva aumentó un 58% y la no contributiva un 65%.

Gráfico de barras mostrando la evolución de los montos promedio del Pilar Solidario y la PGU entre 2021 y 2023

Hitos y Evolución del Número de Afiliados

El Pilar Solidario ha experimentado varios hitos en su evolución en cuanto al número de beneficiarios:

  • El mayor ingreso de pensionados por PBS Vejez ocurrió en 2008, con 364.131 personas, apenas iniciada la reforma de ese año.
  • El récord de nuevos registros por APS Vejez con subsidio definido (asociado a rentas vitalicias) se concretó en 2009, sumando 223.587 personas en el año. En 2021, alcanzó su peak de afiliados con 616.264, beneficiando en enero de 2022 al 29,5% del total de afiliados.
  • El APS con pensión garantizada (retiro programado) tuvo un impulso desde 2019 y llegó a sumar más de 98 mil afiliados nuevos en 2021, hasta alcanzar su cumbre de 545.041 beneficiados.
  • Los beneficios de PBS y APS por invalidez han tenido un comportamiento plano, sin fluctuaciones relevantes, a lo largo del tiempo.

Con la nueva PGU, el número total de beneficiarios del sistema de pensiones solidarias subió a 2,4 millones vigentes al cierre de 2023. La PGU representa el 81% de todos los beneficiarios del sistema. El 19% restante se divide entre beneficiarios de pensiones de invalidez y receptores de APS Vejez Pensión Garantizada con montos superiores al que permite la PGU Contributiva.

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