Ahorro Previsional para Niños en el Sistema AFP Chileno: Una Explicación Detallada

En el sistema de pensiones chileno, cada persona afiliada a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) puede tener distintas cuentas que cumplen objetivos específicos. Todas ellas están pensadas para ayudarte a construir una mejor pensión y, en algunos casos, también pueden ser útiles en otras etapas de tu vida laboral.

Esquema de las diferentes cuentas que una persona afiliada a una AFP puede tener

Tipos de Cuentas en una AFP

1. Cuenta de Capitalización Individual Obligatoria

Es la cuenta principal de todo afiliado. Aquí se acumula el 10,1% de tu sueldo imponible, y su único fin es financiar tu futura pensión. No se puede retirar antes de pensionarse y es inembargable.

2. Ahorro Previsional Voluntario (APV)

También conocida como cuenta de Ahorro Previsional Voluntario o APV, te permite ahorrar voluntariamente para mejorar tu pensión o anticiparla. Puedes aportar el monto que estimes conveniente y aprovechar beneficios tributarios, en tu AFP o en otras instituciones autorizadas.

3. Ahorro Previsional Voluntario Colectivo (APVC)

Es un tipo de Ahorro Previsional Voluntario, que acuerdas con tu empleador exclusivamente para mejorar tu pensión o adelantarla. El aporte puede ser un monto fijo o un porcentaje de tu sueldo, y tiene beneficios tributarios para ambas partes.

4. Cuenta de Afiliado Voluntario

Si no tienes ingresos regulares (por ejemplo, si eres estudiante, dueña de casa o menor de edad), puedes afiliarte de manera voluntaria a una AFP y comenzar a ahorrar para tu pensión con aportes mensuales o anuales. Tú decides cuánto aportar y cuándo hacerlo.

No hay edad mínima para ser afiliado voluntario, por lo que los niños también pueden ahorrar para su pensión. Toda persona que no ejerza una actividad remunerada puede afiliarse a una AFP y enterar cotizaciones en una Cuenta de Capitalización Individual.

5. Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2)

Es un tipo de cuenta flexible para ahorrar, que puedes destinar para tu pensión, así como otras metas u objetivos que puedas tener. Esta cuenta es un complemento de la cuenta de capitalización individual obligatoria. Dado que los recursos que se ahorran voluntariamente en esta cuenta no tienen el carácter de cotizaciones previsionales obligatorias, una persona afiliada puede tener una Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2 en su AFP o también en otra AFP.

Desde la Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2 se pueden efectuar 24 giros en cada año calendario. La Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2 no se cierra, aun cuando la persona haya retirado la totalidad de los fondos que ahí acumuló.

Traspaso de Recursos desde la Cuenta de Ahorro Voluntario

Las afiliadas y los afiliados, dependientes e independientes, pueden traspasar la totalidad o parte de los fondos de la Cuenta 2 a la cuenta de capitalización individual obligatoria, con el objetivo de incrementar el monto de su pensión o cumplir con los requisitos para pensionarse según las disposiciones de la ley.

6. Cuentas de Indemnización

Son cuentas creadas para cubrir indemnizaciones por término de contrato. Generalmente pertenecen a trabajadores de casa particular.

Conocer los distintos tipos de cuentas que puedes tener en tu AFP te ayuda a tomar decisiones más informadas sobre tu ahorro previsional.

El Ahorro Previsional para Niños: Afiliación Voluntaria

Nuestro sistema de pensiones ofrece una alternativa de ahorro para la pensión de la que incluso se pueden beneficiar los niños. Cuando se trata de ahorrar, lo más importante es comenzar lo antes posible.

¡El maravilloso poder de AHORRAR desde temprano!

La gerenta de Vinculación de la Asociación de AFP, Alejandra López, explica que “mientras más temprano se comience a ahorrar para la pensión, mayor será el ahorro acumulado, ya que se tendrán más años antes del retiro para acumular rentabilidad.”

¿Te has preguntado si es posible empezar a ahorrar para la pensión de un hijo, hija o cónyuge que no registre ingresos? Bajo la modalidad de afiliado voluntario no existe una edad mínima para afiliarse, por lo que los padres pueden ahorrar para la pensión de sus hijos.

Proceso de Afiliación Voluntaria para Menores de Edad

Para afiliarse de manera voluntaria, la persona interesada o su representante (sus padres, por ejemplo) deben hacer una solicitud. Si tu hijo, cónyuge u otro familiar aún no está afiliado a una AFP, primero debe incorporarse al sistema, afiliándose a la AFP que ganó la última licitación.

Dónde realizar la solicitud

  • A través de la página web de la AFP que ganó la licitación ofreciendo la comisión más baja por la administración de los ahorros (desde octubre de 2023 y hasta septiembre de 2025 corresponde a AFP Uno).
  • En la sucursal de la AFP que se adjudicó la licitación.

Requisitos para el Trámite Online

En caso de hacer el trámite de manera online, se debe fotografiar el carnet de identidad, de quien se afiliará de manera voluntaria, por ambos lados e ingresar una selfie para realizar el proceso de verificación biométrico de identidad. Este trámite se puede hacer desde el celular.

Requisitos para la afiliación voluntaria online a una AFP

Comisión de la AFP

La solicitud de incorporación se debe realizar en las sucursales o página web de la AFP que se adjudicó la licitación para la administración de cuentas de capitalización individual, por ofrecer la comisión más baja del sistema. Desde el 1 de octubre de 2023 y hasta septiembre de 2025, AFP Uno cobra la comisión más baja: 0,49% de la remuneración o renta imponible de la persona.

Los trabajadores dependientes, independientes y aquellos que deseen incorporarse como voluntarios al sistema deberán incorporarse por 24 meses a la AFP que se adjudicó la licitación (actualmente AFP Uno). Si ya está afiliado a una AFP y desea cotizar como afiliado voluntario, deberá cotizar en la AFP donde registra su cuenta de cotizaciones obligatorias.

La comisión de AFP puede variar entre 0,49% y 1,45%.

Realización de Aportes y Cotizaciones

Una vez que ya esté afiliado como voluntario, se deben comenzar a pagar las cotizaciones, ya sea de manera mensual o anual.

Monto de Cotización Mínima

La cuenta de afiliado voluntario exige que se cotice una cantidad mínima de al menos el 10% de un ingreso mínimo para fines no remuneracionales. A agosto de 2025, el Ingreso Mínimo para Fines no Remuneracionales es de $340.988, por lo que la cotización equivalente al 10% de dicha remuneración es de $34.099, pero puede ser por cualquier monto por sobre ese mínimo.

Los aportes de dinero se pueden hacer de forma mensual, o un solo pago por más de una renta con un máximo de doce meses.

Quién puede pagar las cotizaciones

Estas cotizaciones pueden ser pagadas por sus padres (u otra persona) mediante un descuento de sus remuneraciones, si se trata de un trabajador dependiente. Para ello, se debe autorizar al empleador a retener ese monto del sueldo y a ingresarlo en la AFP del afiliado voluntario.

¡El maravilloso poder de AHORRAR desde temprano!

Elección del Multifondo

Durante el proceso de incorporación a la AFP se debe elegir el multifondo en el que se acumularán los ahorros previsionales. Existen cinco alternativas: A, B, C, D o E. El Fondo A es el que tiene mayor rentabilidad esperada, pero al mismo tiempo mayor variabilidad por tener mayor proporción de inversión en renta variable. Mientras que el Fondo E es el con menor variabilidad y rentabilidad esperada.

El afiliado voluntario podrá elegir el o los tipos de fondos en los que desea mantener su cuenta personal, manifestando su opción en la Solicitud de Incorporación.

Bono por Hijo

El Bono por Hijo es un beneficio que incrementa el monto de la pensión de las mujeres por cada hijo nacido vivo o adoptado. Este beneficio no se paga al momento del nacimiento del hijo, pero la fecha se toma como referencia para el cálculo.

Condiciones para Acceder al Bono

  • Haber cumplido 65 años de edad.
  • No tienen derecho a bono las mujeres pensionadas antes del 1 de julio de 2009, ni aquellas que reciban pensiones del régimen antiguo de pensiones, Capredena o Dipreca.

Cómo Acceder al Bono

Al cumplir los 65 años de edad, la madre debe presentar la solicitud de acceso al bono ante el organismo que le paga la pensión: AFP, IPS, municipio o compañía de seguros de vida (en caso de recibir una renta vitalicia).

Monto del Beneficio

El monto corresponde al 10% de 18 ingresos mínimos (monto vigente en julio de 2009 o en el mes de nacimiento de la hija o hijo), más la rentabilidad anual promedio del Fondo C (descontadas las comisiones de la AFP).

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