Evolución del Sistema de AFP en Chile y Opciones de Ahorro Previsional

El sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en Chile ha experimentado una dinámica constante de cambios y consolidaciones a lo largo de su historia. Su propósito principal ha sido administrar los fondos de pensiones y proporcionar a sus afiliados las prestaciones establecidas por la ley.

Esquema del sistema de pensiones chileno y sus actores

BancoEstado y sus Instrumentos Financieros en el Ámbito Previsional

En el contexto del ahorro y la inversión, BancoEstado S.A. Administradora General de Fondos es una filial de BancoEstado. En esta relación, el banco actúa como agente colocador de los diversos Fondos Mutuos administrados por ella.

Consideraciones sobre la Rentabilidad de los Fondos Mutuos

Es importante destacar que la rentabilidad o ganancia obtenida en el pasado por un fondo no garantiza que se repita en el futuro. Los valores de las cuotas de los Fondos Mutuos son variables y la rentabilidad es fluctuante, por lo que nada asegura que las rentabilidades pasadas se mantengan. La diferencia en rentabilidad entre alternativas de ahorro previsional voluntario no necesariamente refleja la diferencia en el riesgo de las inversiones. Es fundamental informarse sobre las características esenciales de la inversión en un Fondo Mutuo, las cuales se encuentran contenidas en su reglamento interno.

Ahorro Previsional Voluntario (APV) y sus Beneficios

El 15% de bonificación fiscal corresponde al Régimen Tributario A del APV. Este beneficio fiscal sólo será de dominio del trabajador si este último destina el ahorro a la mejora de su pensión; de lo contrario, dicha bonificación será reintegrada a la Tesorería General de la República. El 15% de ahorro anual se bonificará a los clientes que se acojan al régimen tributario de la letra A del artículo 20L del DL 3.500.

Simulación de Ahorro Previsional Voluntario

Una simulación de Ahorro Previsional Voluntario en Régimen A, realizada por BancoEstado S.A. AGF, consideró los siguientes supuestos (con fecha marzo de 2019):

  • Trabajador casado, con dos hijos, sin lagunas previsionales.
  • Montos calculados con una rentabilidad promedio anual de 4,78% y considerando el beneficio tributario del 15% anual.
  • Ejemplo ilustrativo: Hombre de 25 años, casado, cónyuge de la misma edad, 2 hijos, renta de $600.000, sin monto acumulado en la cuenta obligatoria.

Es importante señalar que los ejemplos indicados son meramente ilustrativos y los montos de mejora no consideran los eventuales descuentos legales e impuestos que pudieran afectar la pensión.

¿Conoces TODOS los BENEFICIOS del APV? - Ahorro Previsional Voluntario

Historia y Transformación de AFP Santa María

Orígenes y Reconocimiento de AFP Santa María

Desde sus inicios, AFP Santa María fue reconocida por su política de servicios. Siempre destacó dentro del sistema por su solidez como empresa, su responsable gestión administrativa y su eficiencia en el manejo de los Fondos de Pensiones. Su filial, Santa María Internacional S.A., inició sus actividades en el año 1995, conformada para prestar servicios a personas que se encontraran en el extranjero.

Evolución y Consolidación como AFP Capital

En el año 2000, ING Group adquirió más del 90% de las acciones de AFP Santa María, como consecuencia de la compra de Aetna INC, que incluyó todos los activos que esta poseía en Chile. Para el año 2008, ya bajo el nombre de AFP Capital, se formalizó la fusión con AFP Bansander, consolidando aún más sus operaciones en Chile. Se autorizó el cambio de razón social a AFP Capital S.A.

Anteriormente, la AFP realizó una evaluación que permitió validar ciertas deficiencias en el sistema, puesto que con el tiempo este ya había quedado obsoleto.

Infografía: Línea de tiempo de AFP Santa María a AFP Capital

Hitos de Fusiones en el Sistema de AFP Chileno

El sistema de AFP en Chile ha sido testigo de numerosas fusiones y adquisiciones que han reconfigurado el panorama de la administración de fondos de pensiones. A continuación, se detallan algunos de los procesos más relevantes:

Fusiones en la Década de 1980 y Principios de 1990

  • AFP Alameda S.A. y AFP San Cristóbal S.A.

    Por Resolución N° E-042-85, de fecha 28 de junio de 1985, se fusionaron las administradoras de fondos de pensiones AFP Alameda S.A. y AFP San Cristóbal S.A.

  • AFP Planvital S.A. y AFP Invierta S.A.

    Por Resolución N° E-081-93, de fecha 20 de septiembre de 1993, se aprobó la fusión de las administradoras de fondos de pensiones AFP Planvital S.A. e Invierta S.A., por incorporación de la primera a esta última que la absorbió, adoptando en sus nuevos estatutos el nombre de Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Planvital S.A. Asimismo, en virtud de dicha Resolución se declaró disuelta, al momento de entrar en vigencia la fusión, la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Planvital S.A., cuya autorización de existencia había sido otorgada por Resolución N° E-007-81, de fecha 3 de abril de 1981, de esta Superintendencia. La fusión comenzó a regir a los 60 días de practicada la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial, que fue el día 2 de octubre de 1993. La continuadora legal fue AFP Invierta S.A.

  • AFP Norprevisión S.A.

    Se autorizó su existencia por Resolución N° E-073-93 de fecha 24 de marzo de 1993, con el nombre de AFP Norprevisión S.A. Posteriormente, por Resolución N° E-081-93, de fecha 20 de septiembre de 1993, se canceló su existencia, dejando sin efecto la Resolución N° E-080-93 y se dictó nueva resolución que aprobó la fusión de AFP Planvital S.A. y AFP Invierta S.A.

  • Se declaró la quiebra de una A.F.P. (sin nombre especificado en el extracto).

Consolidación en la Década de 1990

  • AFP Previpan S.A. y AFP Genera S.A.

    Por Resolución N° E-100-94, de fecha 21 de octubre de 1994, se autorizó la fusión de ambas administradoras, por incorporación de AFP Genera S.A. a AFP Previpan S.A., que la absorbió, denominándose su continuadora legal, AFP Genera S.A. Sin embargo, por Resolución N° E-103-94, de fecha 27 de diciembre de 1994, esta Superintendencia revocó la autorización de fusión de ambas administradoras en una sola entidad.

  • AFP Santa María S.A. y AFP Banguardia S.A.

    La Resolución N° E-106-95, de fecha 2 de mayo de 1995, autorizó la fusión de AFP Santa María S.A. y de AFP Banguardia S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Santa María S.A. Asimismo, en virtud de dicha Resolución se canceló la autorización de existencia de AFP Banguardia S.A., otorgada por Resolución N° E-058-91, de fecha 15 de noviembre de 1991. Esto se produjo por haber comprado AFP Santa María S.A. el 100% de las acciones de AFP Banguardia S.A., por lo que la sociedad se disolvió por el solo ministerio de la ley, en conformidad a lo dispuesto en el N° 2 del artículo 103.

  • AFP Provida S.A. y AFP El Libertador S.A.

    Por Resolución N° E-107-95, de fecha 2 de mayo de 1995, esta Superintendencia autorizó la fusión de AFP Provida S.A. y AFP El Libertador S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Provida S.A. Asimismo, en virtud de dicha Resolución, se canceló la autorización de existencia de AFP El Libertador S.A.

  • AFP Valora S.A. y AFP Qualitas S.A.

    Por Resolución N° E-110-95, de fecha 1 de junio de 1995, esta Superintendencia autorizó la fusión de AFP Valora S.A. y de AFP Qualitas S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Valora S.A. Asimismo, en virtud de dicha Resolución se canceló la autorización de existencia de AFP Qualitas S.A., otorgada por Resolución N° E-059-92, de fecha 16 de marzo de 1992. Lo anterior se produjo por haber comprado AFP Valora S.A. el 100% de las acciones de AFP Qualitas S.A.

  • AFP Valora S.A. y AFP Previpan S.A.

    Por Resolución N° E-117-95, de fecha 31 de agosto de 1995, esta Superintendencia aprobó la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Previpan S.A. y Valora S.A., por incorporación de la primera a la segunda, que la absorbió, denominándose Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Valora S.A. Asimismo, en virtud de dicha Resolución se declaró disuelta la AFP Previpan S.A., cuya autorización de existencia había sido otorgada por Resolución N° E-066-92, de fecha 7 de julio de 1992. La fusión comenzó a regir a los 60 días de practicada la publicación de la Resolución en el Diario Oficial, el 2 de septiembre de 1995.

  • AFP Planvital S.A. y AFP Concordia S.A.

    Por Resolución N° E-121-95, de fecha 29 de diciembre de 1995, esta Superintendencia aprobó la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Planvital S.A. y Concordia S.A., por incorporación de la segunda a la primera que la absorbió, denominándose Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Planvital S.A. Asimismo, en virtud de dicha Resolución se declaró disuelta, al momento de entrar en vigencia la fusión, la AFP Concordia S.A., cuya autorización de existencia había sido otorgada por Resolución N° E-010-81, de fecha 23 de abril de 1981. La fusión comenzó a regir a los 60 días de practicada la publicación de la Resolución en el Diario Oficial, el 30 de diciembre de 1995.

  • AFP Valora S.A. y AFP Armoniza S.A.

    Por Resolución N° E-128-96, de fecha 30 de agosto de 1996, esta Superintendencia aprobó la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Valora S.A. y Armoniza S.A., por incorporación de la segunda a la primera que la absorbió, denominándose Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Qualitas S.A. Asimismo, en virtud de dicha Resolución se declaró disuelta, al momento de entrar en vigencia la fusión, la AFP Armoniza S.A., cuya autorización de existencia había sido otorgada por Resolución N° E-083-93, de fecha 4 de noviembre de 1993. La fusión comenzó a regir a los 60 días de practicada la publicación de la Resolución en el Diario Oficial, el 2 de septiembre de 1996. La continuadora legal fue AFP Valora S.A.

  • AFP Magister S.A. y AFP Futuro S.A.

    Por Resolución N° E-132-96, de fecha 4 de noviembre de 1996, esta Superintendencia autorizó la fusión de los fondos de pensiones de AFP Magister S.A. y AFP Futuro S.A.

  • AFP Provida S.A. y AFP Unión S.A.

    Por Resolución N° E-146-98, de fecha 1 de junio de 1998, esta Superintendencia autorizó la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Provida S.A. y Unión S.A., por incorporación de la segunda a la primera que la absorbió, denominándose Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Provida S.A. Asimismo, se fusionaron los fondos de pensiones de ambas administradoras, conformando el Fondo de Pensiones de AFP Provida S.A. Por otra parte, en virtud de dicha Resolución se declaró disuelta y se canceló la autorización de existencia de AFP Unión S.A., otorgada a su antecesora legal, AFP Alameda S.A.

  • AFP Summa S.A. y AFP Bansander S.A.

    Por Resolución N° E-150-98, de fecha 3 de agosto de 1998, esta Superintendencia autorizó la fusión de los fondos de pensiones de AFP Summa S.A. y de AFP Bansander S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Summa Bansander S.A. La continuadora legal fue AFP Summa S.A.

  • AFP Magister S.A. y AFP Qualitas S.A.

    Por Resolución N° E-151-98, de fecha 1 de septiembre de 1998, esta Superintendencia autorizó la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Magister S.A. y Qualitas S.A., por incorporación de la segunda a la primera que la absorbió, denominándose Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Magister S.A. Asimismo, se fusionaron los fondos de pensiones de ambas administradoras, conformando el Fondo de Pensiones de AFP Magister S.A. Por otra parte, en virtud de dicha Resolución se declaró disuelta y se canceló la autorización de existencia de A.F.P. Qualitas S.A., otorgada a su antecesora legal, AFP Valora S.A.

  • AFP Aporta S.A. y AFP Fomenta S.A.

    Por Resolución N° E-153-98, de fecha 1 de octubre de 1998, esta Superintendencia autorizó la fusión de AFP Aporta S.A. y AFP Fomenta S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Aporta S.A. Asimismo, en virtud de dicha Resolución se canceló la autorización de existencia de AFP Fomenta S.A., otorgada por Resolución N° E-065-92, de fecha 12 de junio de 1992. Lo anterior se produjo por haber comprado AFP Aporta S.A. el 100% de las acciones de AFP Fomenta S.A.

  • AFP Provida S.A. y AFP Protección S.A.

    Por Resolución N° E-156-98, de fecha 31 de diciembre de 1998, esta Superintendencia autorizó la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Provida S.A. y Protección S.A.

Fusiones en la Década de 2000 y Posteriores

  • AFP Aporta Fomenta S.A. y AFP Magister S.A.

    Por Resolución N° E-168-2001, de fecha 1 de febrero de 2001, esta Superintendencia autorizó la fusión de AFP Magister S.A. y de AFP Aporta Fomenta S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Magister S.A. Asimismo, en virtud de dicha Resolución se canceló la autorización de existencia de AFP Aporta Fomenta S.A., otorgada por Resolución N° E-078-93, de fecha 23 de agosto de 1993. Lo anterior se produjo por haber comprado AFP Magister S.A. el 100% de las acciones de AFP Aporta Fomenta S.A.

  • AFP Planvital S.A. y AFP Magister S.A.

    Por Resolución N° E-181-2004, de fecha 1 de marzo de 2004, publicada en el Diario Oficial el 2 de marzo de 2004, esta Superintendencia autorizó la fusión de AFP Magister S.A. y de AFP Planvital S.A., y la de los fondos de pensiones que administran, por incorporación de esta a la primera, que la absorbió, adoptando en sus nuevos estatutos el nombre de Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Planvital S.A. Asimismo, en virtud de dicha Resolución se canceló la autorización de existencia de AFP Planvital S.A., otorgada por Resolución N° E-013-81, de fecha 28 de abril de 1981. Lo anterior se produjo por haber comprado AFP Magister S.A. La continuadora legal fue AFP Magister S.A.

  • AFP Santa María S.A. por AFP Capital S.A.

    Por Resolución N° E-197-2008, de fecha 1 de abril de 2008, esta Superintendencia autorizó la fusión de los fondos de pensiones de AFP Capital S.A. y de AFP Bansander S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Capital S.A. Asimismo, en virtud de dicha Resolución se canceló la autorización de existencia de AFP Bansander S.A. Lo anterior se produjo por haber comprado AFP Capital S.A. el 100% de las acciones de A.F.P. Bansander S.A.

  • AFP Cuprum S.A. y AFP Argentum S.A.

    Por Resolución N° E-221-2015, de fecha 2 de enero de 2015, esta Superintendencia autorizó la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Argentum S.A., siendo la continuadora legal AFP Argentum S.A.

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