La Inversión Obligatoria de las AFP en Chile: Garantizando la Alineación de Intereses y la Rentabilidad

En el sistema de pensiones chileno, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) tienen una regulación específica que las obliga a invertir parte de su patrimonio en los mismos fondos y herramientas financieras donde se encuentran los ahorros de sus afiliados. Esta normativa se estableció con el objetivo primordial de **alinear los intereses de los afiliados y de las AFP**, promoviendo así la realización de inversiones prudentes y rentables.

Esquema de la estructura de fondos de pensiones en Chile

Separación de Patrimonios y Comisiones

Es fundamental comprender que el dinero de las AFP y el dinero de los afiliados se mantienen y administran en **cuentas separadas**. Las utilidades de las Administradoras no provienen, en ningún caso, del ahorro previsional de los afiliados.

A grandes rasgos, lo que cobran las AFP es por administrar los ahorros de sus clientes y entregarles servicios. Todas las AFP deben informar transparentemente sus comisiones. Esto asegura que la rentabilidad de las inversiones, sea positiva o negativa, afecte tanto a los afiliados como a las propias administradoras, incentivándolas a buscar siempre la máxima rentabilidad.

La "Capitalización" y la Inversión de los Ahorros

Una de las características diferenciadoras del Sistema de Pensiones en Chile es la **“capitalización” de las cotizaciones**. Este concepto financiero implica que cuando se invierte, se destina parte del dinero a la compra de un bien con el objetivo de hacer crecer ese capital inicial en el tiempo.

Las AFP invierten los ahorros de los afiliados en instrumentos financieros de empresas y Estados, como acciones y bonos, tanto en Chile como en el resto del mundo. La rentabilidad refleja los movimientos de los precios de estos instrumentos financieros en los que se invierten los ahorros previsionales.

Verdades sobre las AFP

Contrario a ciertas creencias erróneas, las AFP están obligadas por ley a invertir parte de su patrimonio en los mismos fondos en que están los ahorros de los afiliados. Esto significa que si la rentabilidad es negativa, su inversión también lo es, incentivando la búsqueda de la máxima rentabilidad.

Además, es importante destacar que:

  • Las AFP son un actor más de un sistema mixto en el que también participa el Estado, administrando el Pilar Solidario del Sistema de Pensiones.
  • Las AFP no se quedan con los fondos de los afiliados.
  • El sistema de pensiones en Chile es mixto y desde 1981 cuenta con prestaciones solidarias administradas por el Estado, fortalecidas con el Pilar Solidario en 2008 y la Pensión Garantizada Universal en 2022.
  • Las Administradoras tienen múltiples tareas, como el pago de beneficios estatales o la recaudación de las cotizaciones previsionales obligatorias y voluntarias.
  • La Superintendencia de Pensiones es quien regula el cálculo de las pensiones, no las AFP.
  • Las AFP no invierten en empresas ni en personas directamente, sino en instrumentos financieros, seleccionados considerando su rentabilidad esperada.
  • Los afiliados tienen la libertad de afiliarse a la Administradora que prefieran y cambiarse cuando lo estimen necesario, así como elegir el tipo de fondo en el que quieren invertir sus ahorros.
  • En los últimos 22 años, el ahorro previsional se ha multiplicado en torno a cinco veces. Las inversiones previsionales son de largo plazo, por lo que la rentabilidad se recupera en el tiempo a pesar de períodos complejos.
  • Existen varios países con características similares a Chile, donde los trabajadores aportan a planes de ahorro individual y el Estado financia prestaciones solidarias mediante impuestos.
  • La tendencia mundial y el envejecimiento de la población han llevado a muchos países a pasar de sistemas de reparto a modalidades mixtas o de capitalización para tener más ahorros para pagar pensiones.

Comprendiendo la Rentabilidad y los Multifondos

Conocer cómo se invierten los ahorros es clave para entender la rentabilidad de los fondos y tomar decisiones informadas sobre el futuro previsional. La rentabilidad se refiere a las ganancias o pérdidas que se ven en los ahorros como resultado de las inversiones. Cuando es positiva, los ahorros crecen, y cuando es negativa, disminuyen. Aunque los mercados financieros son dinámicos, a largo plazo, el mercado tiende a proporcionar un crecimiento generalmente positivo.

Tipos de Inversión: Renta Fija y Renta Variable

Las AFP invierten en instrumentos de renta fija y renta variable, que se diferencian por su nivel de riesgo y rentabilidad esperada.

  • Renta Fija: En este tipo de inversión, se conoce desde el principio lo que se podría ganar en un determinado periodo. Son inversiones en instrumentos de deuda, como bonos emitidos por gobiernos o empresas. Los inversionistas reciben el dinero invertido más intereses en pagos regulares. El flujo de pagos es predecible, lo que reduce el riesgo, aunque la rentabilidad también suele ser menor.
  • Renta Variable: En este tipo de inversión, no se sabe cuánto se podría ganar en un tiempo determinado. La rentabilidad puede ser muy alta, baja o incluso registrar pérdidas. Tiene tendencia al alto riesgo debido a las múltiples variables en juego, como la coyuntura política, social y económica del país.

Los Multifondos de las AFP

Los multifondos de las AFP son las cinco alternativas que ofrece el Sistema de Pensiones chileno para invertir los ahorros obligatorios y voluntarios. Se conocen como Fondo A, B, C, D y E, y se diferencian por la composición de sus inversiones, es decir, la proporción que cada uno invierte en instrumentos de renta variable y renta fija. Esto determina el nivel de riesgo y rentabilidad esperada de cada multifondo.

Gráfico comparativo de los multifondos de AFP

Características y Diferencias de los Multifondos

Multifondo Máximo de inversión en renta variable Tolerancia al riesgo Quiénes pueden elegirlo
Fondo A (Más riesgoso) 80% Alta Mujeres de hasta 50 años y hombres de hasta 55 años
Fondo B (Riesgoso) 60% Alta Hombres y mujeres de todas las edades
Fondo C (Intermedio) 40% Media Hombres y mujeres de todas las edades
Fondo D (Conservador) 20% Baja Hombres y mujeres de todas las edades
Fondo E (Más conservador) 5% Muy baja Hombres y mujeres de todas las edades

Elección y Restricciones de los Multifondos

Cada persona puede elegir en qué Fondo invertir sus ahorros. Sin embargo, la ley establece ciertas restricciones a la hora de invertir en la Cuenta Obligatoria, ya que a medida que una persona se acerca a la edad de jubilación, tiene menos tiempo para recuperar posibles bajas en sus inversiones.

  • Los hombres hasta 55 años y mujeres hasta 50 años pueden invertir en cualquiera de los Multifondos, e incluso invertir hasta en 2 de ellos.
  • Los hombres desde los 56 años y mujeres desde los 51 años que no estén pensionados no podrán elegir el Fondo A. Si al llegar a la edad límite se encuentran en este fondo, tendrán 90 días para hacer el cambio. Si no lo hacen, la AFP debe traspasar gradualmente esos fondos al Fondo B.
  • Si ya se está pensionado, no se podrán elegir los Fondos A y B, pero se podrá optar entre los fondos C, D y E para invertir los ahorros.

Es importante señalar que esta ley aplica solamente para cuentas de ahorro obligatorio, no para ahorros voluntarios ni para aquellas personas que cumplan los requisitos para recibir pensión anticipada, quienes podrán elegir entre los 5 Multifondos sin importar su edad.

Si un afiliado no elige un Multifondo al ingresar a su AFP, la ley determina el fondo adecuado acorde a su edad.

Fondo asignado por defecto Edad
Fondo B Hombres y mujeres hasta 35 años
Fondo C Hombres de 36 a 55 años. Mujeres de 36 a 50 años.
Fondo D Hombres desde 56 años. Mujeres desde 51 años. Pensionados.

El Valor Cuota

El **valor cuota** es la unidad de medida que expresa los ahorros que se tienen en la AFP y su rentabilidad. Los valores cuota son diferentes para cada multifondo (y en cada AFP), varían diariamente y sus fluctuaciones reflejan las pérdidas (rentabilidad negativa) y ganancias (rentabilidad positiva). Cada vez que se cotiza o ahorra, se compran una cantidad de partes (cuotas) de un multifondo.

Inversiones en Activos Alternativos y su Regulación

Las normas buscan mejorar la rentabilidad de los ahorros previsionales de los afiliados, permitiendo que los Fondos de Pensiones y también el Fondo de Cesantía Solidario efectúen inversiones en obras de infraestructura y en el sector inmobiliario no habitacional.

La Superintendencia de Pensiones publicó las normas que modifican los Regímenes de Inversión para permitir la inversión en **activos alternativos** por parte de los Fondos de Pensiones y del Fondo de Cesantía Solidario. Esto se realizó en cumplimiento con la Ley de Productividad promulgada en octubre de 2016. El objetivo final de estos cambios es que los afiliados obtengan una mayor pensión, a través de una mayor diversificación de las inversiones, la ampliación del universo de inversiones de largo plazo y la inversión directa en una mayor variedad de activos con eventuales ahorros de costos para los Fondos de Pensiones y de Cesantía Solidario.

"Sabemos que la rentabilidad es un elemento fundamental para construir una buena pensión. Un punto más de rentabilidad durante toda la vida laboral de un afiliado o afiliada puede aumentar en cerca de 25% el monto que recibirá al momento del retiro", según un comunicado oficial. Estas normas fueron sometidas a dos períodos de consultas, recibiendo observaciones y comentarios de 34 agentes del mercado, expertos y entidades públicas.

En paralelo, el Banco Central fijó los límites estructurales máximos de inversiones en activos alternativos para cada tipo de Fondo de Pensiones y para el Fondo de Cesantía Solidario, informados el 11 de octubre. Esto significa que, por ejemplo, el fondo A puede tener como máximo un 10% de sus recursos invertidos en activos alternativos.

Se establecen los activos alternativos específicos que estarán autorizados para la inversión de los Fondos de Pensiones y del Fondo de Cesantía Solidario. Por ejemplo, en el mercado nacional, los Fondos de Pensiones podrán entrar a la propiedad de las sociedades concesionarias que construyen puertos, aeropuertos o autopistas. Además, podrán adquirir hoteles, centros comerciales o edificios de oficinas para arriendo, entre otros.

La Ley de Productividad promulgada en octubre del año pasado, además de la opción de invertir en activos alternativos, establece otros cambios a la regulación de las inversiones de los Fondos de Pensiones y de los Fondos de Cesantía que rigen desde noviembre de 2017.

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