El sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) contempla diferentes tipos de pensión para sus afiliados, cada uno con sus propios requisitos y condiciones. Comprender el proceso de solicitud y los formularios asociados es crucial para asegurar una transición exitosa a la vida pensionada.
Tipos de Pensión en el Sistema AFP
Existen varios tipos de pensión, diseñados para cubrir distintas circunstancias de los afiliados:
- Vejez normal
- Vejez anticipada
- Invalidez
- Sobrevivencia
Cada una de estas modalidades tiene sus propios requisitos y condiciones específicas que los afiliados deben cumplir para acceder a los beneficios.

El Proceso de Solicitud de Pensión: Paso a Paso
El trámite de solicitud de pensión es un proceso que involucra varias etapas, desde la presentación inicial hasta la selección de la modalidad y el primer pago. Es importante destacar que las y los afiliados pueden realizar este trámite de manera directa y es absolutamente gratuito.
1. Inicio de la Solicitud y Documentación Requerida
Primero, deberás ingresar tu solicitud de pensión a través de tu AFP de afiliación. Esto puede realizarse de forma presencial o en línea. Para iniciar el proceso, se requiere la siguiente documentación:
- Tu cédula de identidad vigente.
- Certificado de nacimiento.
- Si tienes beneficiarios legales, debes presentar:
- Tu certificado de matrimonio o de acuerdo de unión civil.
- El certificado de nacimiento de hijos menores de 24 años.
- Certificados de invalidez de tus hijos, si aplica.
Además, junto con la solicitud, debes realizar la Declaración de Beneficiarios, para lo cual es necesario adjuntar los certificados de nacimiento de tus hijas e hijos, y en caso de corresponder, el certificado de matrimonio o de Acuerdo de Unión Civil. Si deseas que un tercero haga el trámite por ti, deberás presentar un mandato notariado.
2. Emisión del Certificado de Saldo
Una vez que la AFP recibe la solicitud, procede a calcular la totalidad de los fondos que tiene la persona en su cuenta de capitalización individual. El Certificado de Saldo muestra el monto total disponible para tu pensión y tiene una vigencia de 35 días corridos contados desde su emisión. Este certificado debe ser emitido 10 días hábiles luego del ingreso de la solicitud de pensión o de la recepción de la liquidación del Bono de Reconocimiento, si corresponde.
La AFP es la encargada de emitir el Certificado de Saldo y, paralelamente, enviar esa información al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). Es crucial que el contenido del certificado de saldo se ajuste a la situación particular del afiliado, facilitando su comprensión.
3. El Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP)
Efectuado el envío de la información por parte de la AFP, en un plazo máximo de 3 días hábiles, las AFP y las compañías de seguros deben ingresar al SCOMP las propuestas de pensión que han diseñado para la persona que inició la consulta, de acuerdo a los fondos que tiene para financiar su jubilación.
Con todos esos antecedentes, el SCOMP procede a emitir un Certificado de Ofertas que contiene las distintas alternativas de pensión que puede obtener la persona, según las cuatro modalidades vigentes. Este certificado será remitido al afiliado o afiliada que inició la consulta. En un plazo de aproximadamente 8 días hábiles, el SCOMP te enviará el Certificado de Ofertas al correo electrónico que hayas indicado o, de no haber registrado uno, mediante carta certificada a tu domicilio.
¿Qué es y Cómo Leer el SCOMP?
4. Recepción y Aceptación de Ofertas
Si estás conforme con alguna de las opciones presentadas en tu Certificado de Oferta, puedes aceptarla y realizar la selección de la modalidad de pensión que mejor se ajuste a tus necesidades.
5. Primer Pago de la Pensión
En el caso de las rentas vitalicias, el primer pago se genera a contar del mes de traspaso de la prima, es decir, del envío de tus fondos de pensión desde la AFP a la compañía de seguros.
Modalidades de Pensión
En el sistema de AFP hay varias modalidades de pensión, cada una con su propia forma de financiamiento y administración. Las dos principales son:
- El retiro programado en una AFP.
- La renta vitalicia en una compañía de seguros de vida.
También existen otras dos alternativas que mezclan características de las dos modalidades antes mencionadas:
- La renta temporal con renta vitalicia diferida.
- La renta vitalicia inmediata con retiro programado.

Importancia de las Cotizaciones Previsionales
Es muy importante que las personas revisen con frecuencia que sus cotizaciones previsionales obligatorias se encuentren al día en sus cuentas de capitalización individual en la AFP. Un historial de cotizaciones completo y actualizado es fundamental para el cálculo y la obtención de una pensión adecuada.
Actualizaciones Normativas sobre Formularios y Certificados
El sistema de pensiones es dinámico y los formularios y certificados asociados han sido objeto de varias actualizaciones normativas a lo largo del tiempo para mejorar su claridad y funcionalidad:
- La Norma de Carácter General Nº 27, de fecha 7 de noviembre de 2011, reemplazó múltiples formularios, incluyendo:
- La Solicitud de Pensión de Vejez.
- La Solicitud de Pensión de Invalidez.
- La Solicitud de Pensión Adicional - Afiliado Pensionado.
- El Dictamen de Invalidez - Trabajador Afiliado.
- El Dictamen de Invalidez - Beneficiario de Pensión de Sobrevivencia.
- El Dictamen Modificatorio.
- El Dictamen de Reevaluación.
- El formulario Solicitud de Cambio de Modalidad de Pensión.
- Los formularios de Ficha de Cálculo.
- Posteriormente, la Norma de Carácter General N° 86, de fecha 27 de junio del 2013, reemplazó los formularios de Dictamen de Invalidez.
- La Norma de Carácter General Nº 48, de fecha 29 de mayo de 2012, reemplazó los certificados de saldo (cuyo contenido debe ajustarse a la situación particular del afiliado para facilitar su comprensión) y nuevamente los formularios de Ficha de Cálculo.
- La Norma de Carácter General Nº 23, de fecha 07 de octubre de 2011, modificó el Comprobante de Pago de Pensiones, el cual fue reemplazado por la Norma de Carácter General N° 119, de fecha 11 de julio de 2014.
- La Norma de Carácter General N° 153, de fecha 11 de septiembre de 2015, modificó la solicitud de pensión de sobrevivencia y el formulario Solicitud de cuota mortuoria.