Programa Proempleo para Adultos Mayores: Guía de Información y Beneficios

El programa Proempleo tiene como objetivo incentivar la contratación de trabajadores, incluyendo a los adultos mayores, mediante bonificaciones a las empresas. A continuación, se detalla la normativa, los beneficios y las condiciones para participar en esta iniciativa.

Beneficios para las empresas contratantes

El Sence entrega una bonificación destinada a las empresas que incorporen nuevos trabajadores bajo este programa. Los montos se estructuran de la siguiente manera:

  • Primeros seis meses: Bonificación del 60% de un ingreso mínimo mensual por trabajador.
  • Siguientes seis meses: Bonificación del 20% de un ingreso mínimo mensual por trabajador.

Adicionalmente, se considera una contribución por el costo de capacitación, con un monto máximo de $400.000 por cada trabajador contratado. La capacitación es optativa (con un mínimo de 8 horas), pero si se realiza, la empresa debe solicitar el código del curso antes de la postulación y contar con el detalle del plan de aprendizaje, ya sea a través de un OTEC o vía relatoría interna.

Esquema de flujo de bonificaciones mensuales por trabajador contratado bajo el subsidio Proempleo

Requisitos para las empresas

Para postular al beneficio, las empresas deben cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Estar inscritas en el Registro de Entidades Receptoras de Fondos Públicos del SENCE, conforme a la Ley Nº 19.862 y su Reglamento.
  • No registrar multas ni deudas pendientes de pago por infracciones a las obligaciones laborales y/o previsionales al momento de la postulación, según lo reporte la Dirección del Trabajo.

Proceso de postulación

Las empresas pueden realizar el trámite ingresando a la plataforma oficial con su Clave Tributaria del SII y seleccionando la opción "Ingresar contrato". La postulación se mantiene abierta hasta completar los cupos disponibles o hasta el cierre del año calendario. Para acreditar la situación de desempleo del trabajador, se requiere el certificado de cotizaciones con fecha de emisión no superior a 60 días, confirmando que la empresa postulante no es el último empleador.

Situación previsional de trabajadores pensionados y adultos mayores

Existen dudas frecuentes sobre la obligación de cotizar cuando un adulto mayor continúa en el mercado laboral:

Situación del trabajador Obligación de cotizar en AFP
Pensionado del antiguo sistema (CAPREDENA, DIPRECA, etc.) Exento, salvo que manifieste por escrito su voluntad de hacerlo.
Trabajador mayor de 65 (hombres) o 60 (mujeres) no pensionado Debe cotizar de acuerdo a lo señalado en el artículo 69 del D.L.

Beneficiarios del Pilar Solidario

Si una persona con Pensión Básica Solidaria (PBS) o Aporte Previsional Solidario (APS) de invalidez o vejez consigue un trabajo remunerado, se aplican criterios específicos:

  • Invalidez: Mantiene el 100% de su beneficio si su sueldo no supera un Ingreso Mínimo Mensual. Solo perderá una parte del beneficio tras dos años de percibir un sueldo superior a un Ingreso Mínimo, pero menor a dos.
  • Vejez: El trabajador puede continuar laborando sin perder automáticamente su beneficio previsional del Pilar Solidario.

Capacitación sobre oferta programática SENCE para empresas

Nota: Si tienes dudas o consultas adicionales, puedes comunicarte a través de una videollamada con un profesional de Sence.

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