Actualización y Cumplimiento de la Pensión de Alimentos en Chile

El reajuste de la pensión de alimentos permite actualizar el monto que originalmente se fijó para solventar los gastos del alimentario. Cuando hablamos de reajuste, entendemos que el monto que hace 5 o 10 años atrás se utilizaba para pagar alimentación, transporte, salud, educación y vivienda, claramente es insuficiente hoy. Es importante considerar que, por desconocimiento o incluso falta de claridad, muchas personas ignoran que las pensiones tienen reajustes y lo que realmente tienen que pagar. El reajuste de la pensión de alimentos es parte de la obligación de pago por parte del alimentante.

Mecanismos para Fijar y Reajustar la Pensión de Alimentos

Independientemente del monto, existen distintas formas de fijar la pensión de alimentos en Chile. Lo que sí debes saber es que la pensión siempre debe reajustarse, y es responsabilidad de quien paga poder hacer las conversiones y actualizaciones del monto cuando corresponda.

Fijación en Pesos Chilenos y su Reajuste

Es muy común ver pensiones de alimentos fijadas en pesos chilenos. Se podría creer que, al tratarse de un monto fijado en la moneda nacional, debería pagarse siempre el mismo valor. Sin embargo, si la pensión de alimentos está fijada en pesos o en otra unidad con menos opción de reajuste, se puede solicitar la conversión a Unidad Tributaria Mensual (UTM) de forma fácil y digital. Para este trámite no se necesita el patrocinio de un abogado o abogada experta en pensión de alimentos.

La Unidad Tributaria Mensual (UTM)

Al estar ligada a la UTM, la pensión se actualiza automáticamente cada mes, siguiendo la inflación del país, lo que asegura un reajuste automático. La Unidad Tributaria Mensual es una medida tributaria que se actualiza de manera permanente por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El Ingreso Mínimo Remuneracional (IMR)

También es posible fijar la pensión de alimentos en referencia al Ingreso Mínimo Remuneracional (IMR). Es importante tener en cuenta que la ley contempla que el mínimo que se debe pagar por un hijo corresponde a un 40% del Ingreso Mínimo Remuneracional si se tiene una sola carga.

Infografía: Opciones de fijación y reajuste de la pensión de alimentos en Chile

Solicitud de Conversión y Liquidación de Deuda

Quienes reciben una pensión de alimentos pueden solicitar liquidaciones de la deuda de pensión de alimentos.

  • Si su pensión fue aprobada o fijada desde el 18 de noviembre de 2021 en adelante, no debe realizar ningún trámite adicional para su reajuste.
  • En tanto, si su pensión fue aprobada o fijada antes del 18 de noviembre de 2021, deberá manifestar su voluntad de cobrar la deuda, ya sea mediante la solicitud de conversión de su pensión a UTM y/o la solicitud de liquidación de la deuda. Ambas solicitudes se pueden pedir en forma conjunta.

La ministra de la Corte Suprema Gloria Ana Chevesich explicó que "la Ley N° 21.389 que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos permite convertir a Unidades Tributarias Mensuales las pensiones decretadas con anterioridad al 18 de noviembre de 2021 y que se encuentran fijadas actualmente en pesos, ingresos mínimos mensuales u otros valores." Para ello, se desplegará un listado de las causas que el RUT solicitante posee en familia y se debe seleccionar la correspondiente a la pensión de alimentos vigente. La ley establece, además, un procedimiento para oponerse al resultado de la liquidación de la deuda y/o de la orden de inscripción.

El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

Para solicitar la inscripción de una persona deudora a este registro, debe existir una causa judicial de cumplimiento de alimentos tramitada ante un tribunal con competencia en materias de familia. Es importante destacar que las consecuencias de la inscripción se mantienen vigentes hasta que se cancele la misma.

Ley N° 21.484: Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos

Entrada en Vigencia y Alcance

El 20 de mayo de 2023 entró en vigencia la Ley N° 21.484 sobre Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos. Esta ley busca asegurar el cumplimiento de las obligaciones de pensión de alimentos.

Investigación Patrimonial y Medidas Cautelares

El procedimiento especial consiste en que el tribunal de familia inicia una investigación sobre el patrimonio de una persona deudora de pensión de alimentos. Para eso, la Ley N° 21.484 autoriza a los tribunales de familia para que realicen las indagatorias y consultas necesarias a través de los sistemas de interconexión que deberán mantener con la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el Servicio de Impuestos Internos (SII) y otros servicios del Estado que estime pertinente. El tribunal de familia es el encargado de realizar las gestiones para lograr el pago de la deuda, iniciando una investigación reservada del patrimonio activo de la o el deudor.

Los tribunales pueden decretar la medida cautelar de retención de los fondos que la persona deudora tiene en cuentas bancarias, cuentas o instrumentos financieros o de inversión, y cuentas de ahorros previsionales de tipo voluntario. Esto aplica si la persona no tiene fondos en cuentas bancarias, en instrumentos financieros o de inversión, ahorros previsionales de tipo voluntario, o si, aun cuando tenga recursos, estos no son suficientes para pagar lo adeudado por pensión de alimentos.

DERECHOS y DEBERES de los niños y niñas 👧🏻👦🏻📖 Smile and Learn

Rol de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)

Como tercer hito en el proceso de cobro, cuando la persona deudora no cuenta con recursos bancarios o financieros suficientes para cumplir con el pago de las pensiones de alimentos adeudadas, la ley entrega facultades a esos mismos tribunales de familia para que consulten directamente en las AFP por los ahorros previsionales que pueda tener la persona deudora. La Superintendencia de Pensiones dispuso que las AFP deben habilitar un sistema de interconexión para comunicarse con los tribunales de familia.

Procedimientos Específicos de las AFP

La AFP deberá realizar los pagos de acuerdo con el orden de recepción de las notificaciones de pago. El monto de la medida cautelar será registrado por la AFP en un subsaldo o provisión en cuotas de la cuenta personal del deudor. Para estos casos, se considera a la o el afiliado como pensionado, y la rebaja del monto de la deuda por pensión alimenticia, ordenada a pagar por el tribunal de familia, se aplica al saldo total de las cuentas personales individualizadas en la resolución.

Cuando la rebaja para pagar la deuda por pensión de alimento se deba realizar sobre los saldos de las cuentas personales con ahorros voluntarios, desde que es contactada, la persona deudora tiene cuatro días hábiles para indicar el orden en que quiere que se le rebaje la deuda (orden de prelación sobre sus cuentas).

Si el proceso de retiro de fondos no se ha materializado, la AFP deberá rechazar la "Solicitud de devolución de fondos de trabajadores extranjeros" en caso de existir una deuda de pensión. Asimismo, si la AFP de origen es notificada por el tribunal de familia de una orden de prohibición de traspaso a otra AFP, debe bloquear de inmediato la cuenta de capitalización individual obligatoria de la persona deudora para no permitir dicho traspaso.

En el escenario donde ya se haya realizado la cuadratura de información entre la AFP de origen y la AFP de destino, o los fondos ya fueron traspasados a la AFP de destino, esta última deberá proporcionar a los tribunales de familia toda la información de los saldos de la persona deudora.

Diagrama de flujo: Proceso de cobro de pensión de alimentos a través de AFP según Ley N° 21.484

Consideraciones sobre la Rebaja de Pensión de Alimentos

Si, producto de los reajustes, se hace inviable pagar el monto que se ordena por el tribunal, es preferible explorar la interposición de una demanda de rebaja de pensión de alimentos.

Asesoría Legal

Si tienes dudas sobre tu situación personal, en Total Abogados podemos entregarte una asesoría cercana, transparente y digital.

tags: #actualizar #libreta #de #pensiones