La creciente población migrante en Chile ha incrementado la cantidad de cotizantes extranjeros en el sistema de pensiones. Para un trabajador nuevo en Chile, especialmente aquellos provenientes de Venezuela, es fundamental comprender el proceso de afiliación a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y las normativas asociadas al retiro de fondos previsionales.
Afiliación Obligatoria a una AFP
Todos los trabajadores dependientes, sin importar su nacionalidad, están obligados a cotizar para su pensión en una AFP. Al iniciarse la prestación de servicios, si el trabajador no se encuentra afiliado previamente en alguna AFP, queda automáticamente incorporado a aquella que cobre la menor comisión por recibir y administrar sus cotizaciones previsionales obligatorias. En esta AFP, el afiliado tendrá una Cuenta de Capitalización Individual Obligatoria donde se depositará mensualmente la cotización legal para el sistema de pensiones, equivalente al 10% de la remuneración imponible o renta mensual.
Para afiliarse, el trabajador debe presentar su pasaporte o documento de identificación de su país de origen, junto con el contrato de trabajo. Esto permite cotizar en una cuenta individual con identificación provisoria, además de la documentación civil del asegurado y sus beneficiarios, según corresponda.

Beneficios del Pilar Solidario y la Pensión Garantizada Universal (PGU)
El sistema de pensiones chileno incluye mecanismos de protección social. A través del Pilar Solidario, introducido con la Reforma del año 2008, el Estado entrega beneficios dirigidos al 90% más vulnerable de la población para brindar protección y evitar la pobreza en la vejez. Un ejemplo de esto es la Pensión Garantizada Universal (PGU), un beneficio estatal dirigido a personas a partir de los 65 años que no pertenezcan al 10% más rico de la población y que acrediten residencia en Chile por al menos veinte años (contando desde los 20 años de edad). La PGU considera un pago mensual de $206.173 a los pensionados que reciben una pensión base menor o igual a $702.101. Adicionalmente, existe el Bono por Hijo, destinado a las madres de niños nacidos vivos o adoptados, con el fin de mejorar las pensiones de las mujeres.
Retiro de Fondos Previsionales para Trabajadores Extranjeros
La Ley N°18.156 permite a ciertos trabajadores extranjeros acceder al retiro de sus fondos previsionales. Esta ley fue propuesta en una época en que Chile no era un destino principal de inmigración, sino que buscaba incentivar la llegada temporal de técnicos y profesionales.
Requisitos para el Retiro de Fondos
Para acceder a este beneficio, los extranjeros deben cumplir con cuatro requisitos fundamentales:
- Contar con un título de técnico o profesional.
- Estar registrados, previo a la firma del contrato en Chile, en un sistema de previsión o seguridad social en el extranjero que otorgue prestaciones a lo menos en casos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte.
- Que el contrato de trabajo en Chile contenga una cláusula donde se estipule el deseo de mantener la afiliación a un régimen de previsión o seguridad social fuera de Chile.
- Los documentos que acrediten los requisitos anteriores deben estar traducidos, legalizados y apostillados.
La ley no establece limitaciones en cuanto a la cantidad de retiros que un trabajador extranjero pueda realizar, siempre que cumpla con estos requisitos. Es importante destacar que los chilenos con doble nacionalidad no pueden acceder a este beneficio.

Estadísticas y Tendencias de Retiro de Fondos
En los últimos años, se ha observado un incremento significativo en las devoluciones de fondos de pensiones por parte de trabajadores extranjeros. En 2024, las devoluciones totales aumentaron un 57% interanual, alcanzando 15.140 casos respecto a 2023. Los trabajadores venezolanos son quienes más han obtenido devolución de sus fondos, representando un 88% del total en 2024 con 21.023 casos. Les siguen trabajadores de Colombia, Perú, Ecuador, España, Brasil, Cuba, Argentina, Haití, México, Uruguay y Francia, entre otros.
Desde 2021, los venezolanos lideran las solicitudes de retiro: en ese año lo hicieron 1.042 personas, en 2022 fueron 4.178, y en 2023 se registraron 12.406. En contraste, en 2020, los afiliados peruanos lideraron con 2.296 retiros.
Montos Promedio Retirados
El monto promedio retirado por cada trabajador extranjero en el último año fue de $5.123.256, un alza del 9% respecto al año anterior, aunque inferior a los promedios de 2022 ($5.620.549) y 2021 ($6.518.478). La mediana de las devoluciones el año pasado fue de $3.651.370, un incremento del 10% versus 2023, pero también por debajo de los años anteriores. Entre las nacionalidades con más de 100 devoluciones, Brasil registró el monto promedio más alto ($13.542.956), seguido por Argentina ($12.556.728), España ($11.993.481) y Ecuador ($10.279.124).
Supervisión y Fiscalización de las AFP
La Superintendencia de Pensiones ha emitido pronunciamientos dirigidos a las AFP para que apliquen las disposiciones de la Ley N°18.156 de forma estricta y rigurosa. Se instruyó a las AFP a analizar las solicitudes de exención o devolución de cotizaciones previsionales de trabajadores extranjeros con estricto apego a los requisitos legales, normativas, jurisprudencia administrativa y disposiciones del Ministerio de Relaciones Exteriores para la comprobación de la validez de las apostillas.
El regulador afirma que está realizando una fiscalización permanente de este proceso, así como de otros contemplados en la legislación vigente. El objetivo es verificar que las AFP apliquen los controles necesarios para validar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N°18.156 y que el proceso se realice adecuadamente conforme a la normativa y las disposiciones legales del Estado chileno.
Existe preocupación entre economistas sobre el potencial impacto futuro en el sistema de protección social chileno si aquellos extranjeros que solicitan la devolución de fondos no regresan a sus países de origen, convirtiéndose potencialmente en una carga futura. Se sugiere la necesidad de revisar y posiblemente endurecer los requisitos para el retiro de fondos por parte de extranjeros, e incluso limitar beneficios como la PGU para quienes hayan retirado sus cotizaciones previsionales.