La jubilación marca una nueva etapa en la vida de un trabajador, pero no siempre significa el fin de su relación con el mundo laboral o con las obligaciones previsionales. Este artículo profundiza en los derechos, beneficios y consideraciones clave para el trabajador jubilado, incluyendo aspectos de gestión en sistemas de remuneraciones como Laudus y las implicancias de la legislación vigente.

Derechos y Beneficios Fundamentales del Pensionado
El Sistema de Pensiones garantiza al trabajador/a los siguientes derechos, asociados a la cotización: Pensión de Vejez, de Invalidez y Sobrevivencia.
Tipos de Pensiones y su Financiamiento
- Pensión de Vejez: Es el derecho de los afiliados al Sistema a obtener una pensión una vez que hayan cumplido con la edad legal exigida (65 años de edad para los hombres y 60 años de edad las mujeres). El monto de esta pensión será financiado con los recursos que cada trabajador haya alcanzado en su cuenta previsional a lo largo de su vida laboral.
- Pensión de Invalidez: El monto de la pensión de invalidez será financiado con los recursos previsionales ahorrados por el propio trabajador, junto con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
- Pensión de Sobrevivencia: Es un derecho garantizado por el sistema, aunque no se detalla su financiamiento en el extracto proporcionado, es uno de los pilares de la seguridad social.
Apoyos Adicionales y Prestaciones
- Beneficios del Pilar Solidario: Si un pensionado se encuentra dentro del 60% más pobre de la población, puede complementar su pensión con beneficios del Pilar Solidario.
- Pensión Básica Solidaria (Vejez - Invalidez): Este beneficio consiste en un monto de dinero mensual financiado por el Estado para quienes no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional.
- Prestaciones por Accidentes del Trabajo o Enfermedades Profesionales: En el caso de aquellos trabajadores que por motivos de accidentes del trabajo o enfermedad profesional derivan en una incapacidad, ya sea temporal o permanente, el seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales establece Prestaciones Económicas. Estas incluyen pago de subsidios, indemnizaciones y pensiones. Estas prestaciones se establecen con el objeto que el trabajador lesionado mantenga su ingreso económico a causa del accidente o enfermedad laboral, y su pago variará según el tipo de incapacidad que haya experimentado (Pérdida de Capacidad de Ganancia).
Beneficios en Salud y Estrategias para Aumentar la Pensión
Si un trabajador está pensionado, tiene ciertos derechos y beneficios en materia de salud.
- Reducción o Eliminación del Pago del 7% de Salud para Pensionados: Este es un beneficio para pensionados consistente en la eliminación o reducción en forma parcial, según sea el caso, del cobro de su cotización previsional de salud, correspondiente al 7% de la pensión que reciben.
- Aporte Previsional Solidario (Vejez o Invalidez): Para aumentar el monto de la pensión, se puede realizar un Aporte Previsional Solidario. Este es un complemento a la pensión dirigido a quienes hayan cotizado en algún sistema previsional de manera insuficiente (monto muy bajo) o que reciben una pensión de sobrevivencia.
Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV)
Trabajar Después de la Jubilación: Consideraciones Clave
Decisión y Obligatoriedad
Llega la hora de jubilarse, y aún así, hay muchas personas que deciden seguir con su vida laboral. Salvo algunas excepciones, no es obligatorio pensionarse a la edad legal correspondiente y una persona puede seguir trabajando en su empresa hasta que lo estime conveniente. Más allá de las razones económicas, los adultos con más de 60 años se sienten cada vez más activos.
Ventajas y Desventajas de Continuar Cotizando
La decisión de seguir cotizando tras la jubilación presenta pros y contras:
- Ventajas: La cotización posretiro tiene una ventaja, relacionada con las licencias médicas. Así, si jubilado y trabajando aún se impone en una AFP, las licencias médicas se pagarán. El hecho de que se hagan imposiciones, da derecho a que cuando se tengan licencias médicas se paguen esos días.
- Desventajas: La desventaja de cotizar tras jubilar es que se tendrá que pagar el doble de la cotización de salud: si se está pensionado y se sigue trabajando, se descontará el 7% tanto de la pensión como del sueldo.
Por todas estas razones, para quienes quieren seguir trabajando, los expertos recomiendan postergar la jubilación.
Reforma Previsional y Nuevas Cotizaciones
La Reforma Previsional ha introducido nuevos conceptos y aportaciones al sistema, que impactan también a los trabajadores en edad de jubilación o ya jubilados:
- Adicional AFP Empresa: Es el aporte de la empresa a la cuenta individual de cada trabajador. Actualmente es un 0,1%, y llegará al 6% en 2054.
- Cotización Rentabilidad Protegida: Es la cotización que va destinada a financiar el «Beneficio por años Cotizados», y que en realidad es un préstamo que hace el trabajador al sistema, y se le devuelve en el momento de la jubilación, con una rentabilidad protegida.
- Cotización Esperanza de Vida: Cotización destinada a compensar a las mujeres, ya que hasta ahora recibían una menor pensión (en igualdad de condiciones) debido a que tienen una esperanza de vida más larga. En este caso, para los días de licencia, la empresa paga todo el aporte. Esta Renta es la que utilizará Previred para calcular la «Cotización Esperanza de Vida», y por este motivo hay que indicarla.
Aspectos Legales y de Gestión de Remuneraciones para Jubilados
Diversos ordinarios y dictámenes han clarificado la obligatoriedad de cotizaciones y otros aspectos contractuales para los trabajadores jubilados. Entre ellos se destacan los siguientes:
- ORD. Nº2592 (14/07/2014): Relacionado con la indemnización por años de servicio y la causal de término de contrato para un trabajador jubilado.
- ORD. Nº1132/24 (24/03/2009), ORD. N°2042 (27/04/2015), ORD.: Nº7052/333 (19/12/1996), ORD. Nº5160/299 (11/10/1999), ORD. Nº 4913/286 (22/09/1999), ORD. Nº3866/190 (18/10/2001): Todos abordan la obligatoriedad de cotizaciones previsionales para el trabajador jubilado o pensionado.
Errores Comunes en PreviRed y su Corrección
Al procesar la información de trabajadores jubilados en plataformas como PreviRed, pueden surgir problemas de validación:
- Porcentajes de AFP Incorrectos: Si al subir el archivo de Previred se indica un problema en el porcentaje, o diferencias entre el “dato enviado” versus “dato esperado” por concepto de AFP, se deben validar los porcentajes totales de AFP en el software de remuneraciones (ej. Laudus) con los indicadores previsionales de Previred para el mes correspondiente. El porcentaje debe incluir el adicional con cargo al empleador. La solución es corregir el porcentaje en la configuración de la AFP, recalcular la liquidación y regenerar el archivo de Previred.
- Trabajadores Extranjeros y Pensionados que no Cotizan AFP: De existir trabajadores extranjeros o pensionados que no cotizan AFP y que al momento de subir el archivo Previred generan algún error en la carga, se debe considerar que estos trabajadores, si bien no cotizan AFP, sí deben pagar el monto correspondiente a Seguro de Cesantía.
El Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) y el Jubilado
El Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) es un esfuerzo conjunto de la Dirección del Trabajo y el SII. Aunque el LRE todavía no es obligatorio para todas las empresas, su implementación trae cambios significativos:
- Inclusión de Importes de Finiquito: Ahora es obligatorio incluir los importes del finiquito en la liquidación, según la documentación del LRE.
- Manejo de Múltiples Fichas y Afiliados Voluntarios: No se pueden tener trabajadores con «Doble Contrato», como se hacía en Previred; en sistemas como Laudus se suman todas las cifras de cada concepto para cada trabajador en caso de tener más de una ficha. Para los «Afiliados Voluntarios» (posibilidad de que un trabajador pague AFP a otra persona), en el formato actual del LRE no hay un espacio definido, sugiriéndose el item «Otros descuentos autorizados y solicitados por el trabajador» (3183).
- DDJJ 1887: Ya no es obligatoria para quienes presenten el LRE, ya que la información se alimenta del Registro Anual de retenciones generado automáticamente desde el LRE.
Cálculo de Finiquitos y Vacaciones
Cuando se elabora el finiquito de un trabajador, incluyendo un jubilado que ha continuado trabajando, hay que pagar los días pendientes de vacaciones. En este cálculo hay que incluir todos los haberes, menos gratificación legal, horas extras, asignación familiar, y otros conceptos de remuneración que sean anuales o esporádicos (por ejemplo los aguinaldos). La media remuneración de los últimos 3 meses para el cálculo del finiquito también excluye estos conceptos.

Consideraciones Específicas en la Ficha del Trabajador
En la gestión de datos personales y profesionales del trabajador, existen campos relevantes para el jubilado:
- Trabajo Pesado: La Ley N°19.404 considera como Trabajo Pesado aquellas labores cuya realización acelera el desgaste físico, intelectual o psíquico, provocando un envejecimiento precoz. Esta ley permite rebajar la edad legal de jubilación para esas personas imponiendo por un monto mayor al 10% obligatorio (2% o 4% adicional).
- Ahorro Previsional Voluntario (APV): Son aquellos ahorros adicionales al plan de pensiones legal y gestionado por las AFP. Pueden ser Individuales (APVI, como depósitos en cuenta de ahorro, cotizaciones voluntarias o depósitos convenidos) o Colectivos (APVC, a cargo de la empresa).
- Subsidio de Trabajador Joven: Con la implementación del LRE, se ha aprovechado para agregar el Subsidio de Trabajador Joven, adecuando las fórmulas de AFP y SIS cuando se ha marcado un trabajador bajo esta ayuda. En estos casos, la empresa no paga SIS, y el importe del SIS se agrega al pago a la AFP.
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