El proceso de subsidio por incapacidad laboral (SIL) es un conjunto de trámites y requisitos orientados a reemplazar la remuneración que deja de percibir un trabajador durante un reposo médico derivado de enfermedad o accidente. A continuación detallamos, de forma estructurada y secuencial, qué documentos se requieren, qué pasos seguir, quién paga y dónde gestionar cada parte del trámite.
Qué es el Subsidio por Incapacidad Laboral y quiénes tienen derecho
El subsidio por incapacidad laboral es un beneficio que tiene por finalidad reemplazar la remuneración o renta que el trabajador dejará de percibir cuando se ausenta o reduce su jornada de trabajo, por causa de enfermedad o accidente de origen común, de origen maternal o de origen profesional. Genera además una continuidad en el pago de sus cotizaciones previsionales.
El pago y la tramitación pueden variar según si la licencia es emitida en papel o de forma electrónica, y depende de la adherencia del empleador al sistema correspondiente (ISL, ACHS, IST, o COMPIN según la normativa). El monto del subsidio se determina con base en el promedio de las remuneraciones mensuales netas de los tres meses calendarios previos a la fecha de inicio de la licencia médica, tomando en cuenta el tope máximo y el mínimo imponible vigentes.
Cómo se determina el monto y qué considerras para el cálculo
El monto del subsidio se obtiene calculando el promedio de las remuneraciones mensuales netas, subsidios, o de ambos, que se hayan recibido en los tres meses calendario previos a la fecha en que se inicia el reposo. Se deben ampliar las cifras si alguno de los meses considerados tiene menos días que los pactados para asegurar que el salario cubierto sea equivalente al trabajado de forma habitual.
Para el cálculo se aplica el límite máximo y el mínimo imponible, y se toman en cuenta las cotizaciones previsionales e impuestos personales. El subsidio no puede exceder el Tope Imponible Anual. En el caso de trabajadores independientes voluntarios afiliados al sistema, existen reglas específicas para evitar diferencias entre rentas mensuales superiores al 25%.
Documentación necesaria: ¿Qué entrega el empleador y qué entrega el trabajador?
Documentación a presentar por el empleador
- Copia del contrato de trabajo actualizado o certificado que informe el monto de la remuneración imponible que percibe el funcionario, ya sea contrato o planta (trabajadores del sector público).
- Liquidaciones de sueldo de los 3 meses calendarios más próximos al mes en que se inicia el reposo laboral, anteriores al accidente o al diagnóstico médico de la enfermedad profesional.
- Si el trabajador está afiliado a ISAPRE, se debe presentar una copia del FUN, si corresponde.
- En caso de reingreso tras alta médica, adjuntar certificado de vigencia laboral que respalde los días sin reposo.
Documentación a presentar por el trabajador
- Certificado de Cotizaciones del IPS o de la AFP correspondiente, de los 3 meses calendario previos al inicio del reposo.
- Comprobante de pago de subsidio previo si ya existiera uno por accidente o enfermedad de origen común.
- Cualquier finiquito con otro empleador dentro de los 3 meses previos al inicio del reposo.
- Nota sobre cambios en el precio del plan de salud (FUN) para informar al organismo administrador.
- Ante ausencias laborales de 3 meses previos, antecedentes que respalden dichos días no trabajados.
¿Dónde presentar la documentación?
La documentación del empleador puede enviarse a través de la plataforma web de las ACHS. Los trabajadores deben acudir a la sucursal ACHS más cercana con la documentación descrita.

¿Cómo se efectúan los pagos?
La ACHS genera el pago por vale vista Banco Santander o transferencia bancaria a la cuenta registrada por el empleador en la plataforma web. Si no puedes retirar el vale vista, se puede autorizar y registrar a otra persona para que reciba el vale vista con un poder simple. Los pagos se efectúan cerca de los días 15 y 30 de cada mes; si la documentación llega fuera del plazo, el pago se realiza en la siguiente fecha de pago.
Tutorial sobre subsidios de incapacidades
Qué pasa si no recibes tu pago
- El pago puede verse afectado si el empleador entregó la documentación fuera de plazo o estaba incompleta.
- Si no asistes a un control médico, se da por finalizado el reposo y el pago se detiene.
- Casos en los que la licencia no es acogida por la Ley 16.744.
Aportes previsionales durante los periodos de subsidio
Todos los aportes relacionados con pensiones y salud los paga la ACHS a las instituciones previsionales. Se toma como base la renta imponible previa al reposo. Si el trabajador es contratado indefinidamente, se retiene el 0,6% para el seguro de cesantía. Los aportes del seguro de invalidez y supervivencia y las cotizaciones de cargo del empleador al seguro de cesantía y la asignación familiar deben ser pagados íntegramente por el empleador.
Requisitos, reglas y particularidades del SIL
Para que exista derecho al subsidio, el trabajador debe contar con una licencia médica expedida por un profesional y cumplir con las reglas de las entidades pagadoras (COMPIN, CCAF, ISL, ACHS, IST). El proceso comprende: 1) obtención de la licencia médica; 2) revisión de cumplimiento por parte del organismo pagador; 3) cálculo y pago del subsidio según calendario.

¿Qué pasa si la licencia médica es rechazada o autorizada sin derecho a subsidio?
Si una licencia es rechazada, no otorga derecho a subsidio ni a cotizaciones. Si el autorizado es sin derecho a subsidio, significa que la reposo es válido para ausentarse, pero no concede el pago del subsidio (por no cumplir requisitos). En caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, la licencia puede ser tipo 5 o tipo 6, gestionada a través del Seguro Social correspondiente a la Ley 16.744.
Procedimiento en caso de cambiar de sistema de salud (Fonasa/Isapre)
Si el cotizante se cambia de Isapre a Fonasa o viceversa, el pago del subsidio puede corresponder al asegurador anterior durante el primer mes. Esto rige solo para el mes en que el cambio mantiene beneficios. En la continuidad, el pago corresponde al organismo administrativo que corresponda.
Plazos y prescripción
El derecho a impetrar y cobrar el subsidio prescribe en seis meses desde el término de la licencia correspondiente, tanto para la solicitud como para el cobro. Es decir, dentro de seis meses debe haberse solicitado y cobrado el subsidio al que daba derecho la licencia.
¿Qué hacer si el empleador no está adscrito al sistema electrónico?
En estos casos, el prestador debe emitir la licencia en papel y el trabajador debe gestionar el rescate de la licencia a través de los mecanismos establecidos por el operador correspondiente (IMED o Medipass, según el caso).
¿Cómo se solicita la licencia médica electrónica y qué pasos siguen?
Una vez que la LM electrónica es emitida por el profesional, no se requieren trámites adicionales; el proceso continúa digitalmente. Si ya se tiene RUT definitivo y la LM fue emitida con RUT provisorio, se debe regularizar la situación en Fonasa con la cédula de identidad y las cotizaciones del empleador, solicitando el traspaso si corresponde.
Secciones finales: preguntas frecuentes y aclaraciones clave
- La Isapre puede devolver una licencia médica por falta de firma del profesional, del trabajador o por enmendadura. Puede rechazar, reducir o ampliar el periodo de reposo.
- La licencia médica debe presentarse por cada empleador donde se labore si se tiene más de un empleador. El médico tratante debe emitir licencias separadas para cada empleo.
- Si la licencia está relacionada a un accidente de trabajo o enfermedad profesional, corresponde gestionar el pago a través del Seguro Social de Riesgos de Accidentes o Enfermedades Profesionales (Ley 16.744).
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