Saber diferenciar entre una urgencia y una emergencia médica es fundamental para actuar con rapidez ante cualquier situación y para una utilización eficiente de los servicios de salud.
Definiciones Clave
Urgencia Médica
La urgencia médica hace referencia a una situación de causa y gravedad variables, en la que existe la necesidad de una atención médica rápida debido a la aparición repentina de síntomas o signos que podrían poner en peligro la salud de la persona. En una urgencia, la situación requiere atención médica rápida pero no inmediata, ya que no representa una amenaza inminente para la vida, aunque puede causar complicaciones serias si no se atiende a tiempo, como infecciones o fracturas. Generalmente, la propia persona afectada puede solicitar asistencia.
Emergencia Médica
La emergencia médica se refiere a una situación que pone en riesgo inmediato la vida o la salud de una persona. Hace peligrar de manera inminente la vida del paciente, por lo que debe recibir asistencia sanitaria de la forma más precoz posible. Estos eventos requieren atención médica inmediata para evitar complicaciones graves o la muerte. En una emergencia, habitualmente la persona afectada no puede solicitar asistencia y depende de otra persona para hacerlo. Cada minuto es vital en una emergencia.

Diferencias Clave: Riesgo y Tiempo de Respuesta
La diferencia entre emergencia y urgencia se centra en el nivel de amenaza y la rapidez con que se necesita atención.
- En una emergencia, la situación es tan grave que cualquier demora podría resultar fatal o causar daño irreversible. Ejemplos incluyen: un infarto, un trauma severo, casos de electrocución o paro cardíaco.
- En cambio, una urgencia implica una condición que, aunque no representa una amenaza inmediata para la vida, necesita atención para prevenir un deterioro serio, como una infección sin control, una fractura, dolores intensos (abdominales o cefaleas severas) o exacerbación de enfermedades crónicas (crisis agudas de hipertensión o diabetes).
Distinguir correctamente entre una emergencia y una urgencia permite una priorización efectiva en la atención médica, optimizando los recursos del sistema de salud y asegurando el bienestar del paciente.
Protocolo de Actuación
En caso de Emergencia o Urgencia
- Llamar al Servicio de Urgencias/Emergencias Médicas: Proporcionar detalles claros sobre la situación.
- Proporcionar Información: Describir los síntomas y la ubicación exacta.
- Responder a las Preguntas del Operador: Seguir cuidadosamente las indicaciones del operador o el personal médico.
- Mantener la Línea Disponible: Asegurarse de que el teléfono a través del cual se ha solicitado la ayuda no se ocupe con otras llamadas, ya que el personal sanitario podría necesitar contactar nuevamente para solicitar información sobre el estado de la víctima.
Cómo reaccionar ante una emergencia médica
Marco Legal y Atención Médica en Chile
Ley de Urgencia (Ley N° 19.664)
La Ley de Urgencia (N° 19.664) garantiza que toda urgencia vital sea atendida sin demora en clínicas y hospitales chilenos. Sin embargo, muchos pacientes desconocen las diferencias entre emergencia médica y urgencia vital médica, lo que es crucial para entender cuándo se activa dicha ley.
¿Qué es una Urgencia Vital Médica?
Una urgencia vital médica es una condición clínica que implica riesgo de muerte o de secuela funcional grave. Esta situación requiere atención inmediata e impostergable y será determinada por el médico tratante al momento de evaluar la gravedad. Ejemplos incluyen:
- Infarto agudo: Requiere acción inmediata para preservar la vida.
- Traumatismos severos: Accidentes de tránsito o caídas con lesiones críticas.
- Crisis respiratorias agudas: Obstrucción de las vías respiratorias o ataques asmáticos graves.
Puntos Clave de la Ley de Urgencia
- Atención sin demora: Asegura que pacientes en situaciones de urgencia vital reciban asistencia rápida.
- Cobertura parcial: La atención no siempre es gratuita, pudiendo aplicar copagos según el sistema (Fonasa o Isapre).
- Derechos del paciente: Refuerza el acceso a atención prioritaria y una facturación transparente.
Ley N°20.394: Prohibición de Condicionar Atención Médica
La Ley N°20.394, promulgada el 3 de noviembre de 2009 y vigente desde el 20 de noviembre de 2009, prohíbe condicionar las atenciones médicas a un cheque o dinero en garantía. Un paciente que llega a un servicio de urgencia en situación de riesgo vital debe ser atendido inmediatamente; su atención no puede ser supeditada de modo alguno a la exigencia de un cheque, de dinero o cualquier otro medio de pago. La ley prohíbe y sanciona al servicio médico que no atiende a un paciente en riesgo vital.
Es importante destacar que la Ley de Cheque en Garantía no exime al paciente de la obligación de pagar las atenciones de salud producto de una urgencia vital. Es la Aseguradora (Fonasa o Isapre) quien debe pagar al prestador las atenciones de urgencia correspondientes, debiendo el paciente concurrir con el copago respectivo.

Recomendaciones según Beneficiario
- Para un beneficiario de Fonasa: La puerta de entrada idealmente debiera ser un Establecimiento de salud del Servicio Público.
- Para un beneficiario de Isapre: La puerta de entrada idealmente es el establecimiento de salud indicado por su Isapre de acuerdo a los convenios de su plan de salud. Si el/la paciente se hospitaliza en un establecimiento que no forma parte de la Red CAEC, se debe dar aviso de inmediato a la Isapre y solicitar el ingreso a la Red CAEC.
Atención Preferencial en el Contexto de SENAME
Ley N° 21.168: Atención Preferencial
En julio de 2019, se promulgó la Ley N° 21.168 de atención preferencial, que establece que toda persona mayor de 60 años y toda persona en situación de discapacidad, tendrá derecho a ser atendida preferente y oportunamente por cualquier prestador de acciones de salud (sistema público y privado). Esto busca facilitar su acceso a dichas acciones, sin perjuicio de la priorización que corresponda aplicar según la condición de salud de emergencia o urgencia de los pacientes, de acuerdo al protocolo respectivo.
¿Qué Implica Dicha Preferencia?
Serán los primeros a la hora de:
- Solicitar el día y hora de atención de salud.
- Entregarles dicha hora y ser atendidos.
- Ser atendidos en servicios de urgencias.
- Interconsultas para especialistas.
- Emisión, gestión y entrega de medicamentos en farmacia.
- Solicitar el día y hora para la toma de exámenes y procedimientos.
- Otorgarles dicha hora y ser atendidos.
Proyectos de Ley en Tramitación en el Senado
Existen dos proyectos de ley en trámite en el Senado que buscan extender esta atención preferente a sectores vulnerables específicos:
- Atención preferente para niños, niñas y adolescentes internados en establecimientos del Servicio Nacional de Menores (SENAME) que padezcan enfermedades mentales (Boletín N° 12849-11):
- Iniciada por moción de varios senadores, busca dar una solución de rango legal a la situación de más de tres mil menores y adolescentes internados en establecimientos del SENAME diagnosticados con problemas mentales severos.
- El objetivo es garantizar que reciban oportunamente la atención terapéutica que requieren y estimular el apego a los tratamientos prescritos, entregando la misma priorización citada en la ley vigente.
- Reconocimiento a los cuidadores como sujetos de derecho a atención preferente en el ámbito de la salud (Boletín N° 12747 -11):
- Este texto, también de autoría de varios senadores, hace referencia a las cuidadoras y cuidadores que se dediquen al apoyo y asistencia de personas con discapacidad o dependencia. La Comisión de Salud deberá votarlo en general.

El Programa 24 Horas y SENAME
El Programa 24 Horas, diseñado en 2009 e implementado en 2010, es un programa intersectorial entre la Subsecretaría de Carabineros, el Servicio Nacional de Menores (SENAME), dependiente del Ministerio de Justicia, y la Subsecretaría de Prevención del Delito, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Este programa es la puerta de entrada a la atención en diversas localidades.
Características del Programa 24 Horas
- Localidades con Puerta de Entrada: Arica, Iquique, Alto Hospicio, Antofagasta, Calama, Copiapó, Coquimbo, Valparaíso, Viña del Mar, Rancagua, Talca, Los Ángeles, Temuco y Puerto Montt.
- Focalización: La focalización de cada modalidad es barrial o comunal y se inserta en el territorio.
- Complementariedad: El Programa 24 Horas se plantea como un modelo de gestión territorial intersectorial. Se espera que los proyectos realicen acciones para trabajar en complementariedad en los casos en donde participe más de una modalidad, generando sinergia con otros programas.
- Gestión Territorial: Es un elemento central del programa, sirviendo de enlace entre el diseño y la implementación.
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