La declaración de invalidez es un proceso fundamental para determinar el acceso a diversas prestaciones y pensiones cuando un trabajador sufre una pérdida significativa de su capacidad laboral. Este proceso, que puede derivar en diferentes tipos de pensiones, está regulado por normativas específicas y requiere la presentación de una serie de documentos y la evaluación por parte de comisiones médicas especializadas.
Tipos de Pensiones por Incapacidad Permanente
Existen diferentes categorías de pensiones por incapacidad permanente, cada una definida por el grado de pérdida de capacidad de trabajo del afiliado:
Pensión por Incapacidad Permanente Parcial
Se otorga cuando el trabajador queda con una incapacidad permanente, igual o superior al 40% e inferior al 70% de su capacidad laboral. Esta pensión es equivalente al 35% de su sueldo base.
Pensión por Incapacidad Permanente Total
Esta pensión se concede cuando un trabajador presenta una incapacidad permanente total, es decir, una pérdida de capacidad igual o superior al 70%.
Pensión de Gran Invalidez
Se considera gran invalidez a una incapacidad igual o mayor al 70%, con el agravante de que el trabajador requiere del auxilio de terceras personas para realizar los actos elementales de su vida diaria. Los montos de las pensiones de invalidez pueden incrementarse hasta en un 5% por cada hijo que cause Asignación Familiar a partir del tercer hijo autorizado como carga familiar.

Proceso de Evaluación y Calificación de Invalidez
La calificación como inválido y la determinación del grado de invalidez son competencia de una Comisión Médica, que depende de la Superintendencia de Pensiones. El proceso se inicia cuando la Comisión Médica Regional (CMR) considera fundada una solicitud de pensión de invalidez.
La CMR cita al solicitante a una entrevista preliminar y le entrega órdenes para exámenes e interconsultas médicas. Una vez analizados los resultados, la CMR determina si el impedimento o enfermedad es:
- Objetivo
- Demostrable
- Que se hayan agotado las terapias médicas o quirúrgicas accesibles
- Que se haya cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación
Con base en esta determinación, la CMR emite un primer dictamen que puede otorgar una pensión de invalidez total o parcial. El plazo para presentar una apelación ante la Comisión Médica Central (CMC) es de hasta cinco días hábiles desde la notificación del dictamen.
Si una persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante, puede presentarlos al momento de firmar la solicitud de pensión de invalidez ante la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

Reevaluación de la Invalidez
La legislación contempla la posibilidad de solicitar una reevaluación de la invalidez, especialmente en casos de invalidez parcial. Si los impedimentos han progresado con el tiempo, la persona pensionada tiene derecho a solicitar una nueva evaluación. En esta reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos y emitirá un segundo dictamen que confirmará o rechazará la invalidez.
Es importante destacar que la declaración de invalidez por parte de una Comisión Médica no implica automáticamente la concesión de una pensión de invalidez.
Documentación Requerida para la Solicitud de Pensión
La documentación necesaria para tramitar una pensión de invalidez puede variar, pero generalmente incluye:
- Formulario de Solicitud de Pensión.
- Copia de las liquidaciones de sueldo de los seis meses anteriores a la fecha del accidente laboral o del diagnóstico de la enfermedad profesional.
- Historia laboral del trabajador (contratos, finiquitos, avisos de cesación de servicios, certificados de empleadores desde el 1 de mayo de 1968 o desde el inicio de la actividad laboral).
- Certificado de rentas emitido por el empleador para funcionarios, correspondiente a los últimos seis meses anteriores a la fecha del siniestro, debidamente desglosado.
- Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o AFP.
- Declaración Jurada Simple Previsional.
- Declaración Jurada de Beneficios Anteriores (suscrita por Trabajador Social o Ejecutivo ACHS en regiones).
- Certificado de afiliación ISAPRE o FONASA.
Los documentos pueden ser entregados de forma presencial en centros ACHS o en el Hospital del Trabajador.
Pensiones de Sobrevivencia
En caso de fallecimiento del trabajador, ya sea por accidente laboral, enfermedad profesional o mientras se encontraba pensionado, los beneficiarios pueden acceder a una pensión de sobrevivencia. Los requisitos y montos de esta pensión dependen de la existencia de hijos causantes de pensión de orfandad y de si los descendientes carecen de ambos padres.
La documentación para la pensión de sobrevivencia incluye:
- Formulario Solicitud de Pensión de sobrevivencia.
- Liquidación de sueldo de los 6 meses inmediatamente anteriores al siniestro.
- Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o de la AFP respectiva del trabajador fallecido.
- Certificado de afiliación ISAPRE o FONASA del beneficiario.
- Declaración Jurada Simple Previsional.
¿Cómo solicito la pensión de invalidez en la AFP?
Consideraciones Adicionales
Los funcionarios públicos que obtengan una pensión de invalidez deben retirarse de la administración pública. Las pensiones de invalidez se entregan hasta que el trabajador cumpla la edad legal de jubilación.
Una persona declarada con invalidez puede continuar trabajando. Si la cobertura del SIS (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia) está activa, el costo de los exámenes e interconsultas médicas es cubierto por este seguro. En caso de invalidez parcial sin cobertura del SIS, se reciben pensiones mensuales de ahorros de la cuenta individual.
Es posible tramitar y recibir la pensión en el extranjero si el país de residencia tiene un Convenio Bilateral con Chile.
El Instituto de Previsión Social (IPS) interviene en el caso de solicitantes de pensión básica solidaria de invalidez (PBSI), asumiendo el costo de los exámenes en las proporciones correspondientes.