La gestión y consulta de la fecha de pago de su pensión básica o solidaria es un proceso fundamental para los beneficiarios. A continuación, se detalla cómo puede acceder a esta información, los factores que influyen en las fechas de pago, y las consideraciones importantes sobre los tipos de pensiones y sus requisitos documentales.

¿Cómo Consultar la Fecha de Pago de su Pensión?
Para conocer la fecha exacta de pago de su pensión, los beneficiarios tienen a su disposición diversas vías:
A través de la Sucursal Virtual
- Ingrese a su Sucursal Virtual con su RUT y Clave de Acceso.
- Allí verá el “Resumen de mi Pensión”.
- Ubique un menú desplegable que dice “Quiero”.
- Selecciónelo y mostrará dos opciones, de las cuales deberá elegir “Historial de Pagos de Pensión”.
Para acceder a su información en línea, solo debe proporcionar su RUT.
Mediante Contact Center
Si prefiere la atención telefónica, puede comunicarse a nuestro Contact Center llamando al 600 201 0150. Los horarios de atención son los siguientes:
- De lunes a jueves, de 08:30 a 17:00 horas.
- Los viernes, de 08:30 a 16:30 horas.
Factores que Influyen en la Fecha de Pago
La fecha de pago de su pensión no es única para todos los beneficiarios y puede verse afectada por varios elementos.

La fecha de pago de su pensión dependerá del convenio internacional mediante el cual la recibe. Además, a la fecha de pago informada en el calendario de pago, deberá sumarle aproximadamente unos 10 días hábiles adicionales para la materialización efectiva del depósito.
Duración y Transición de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez
La pensión, en términos generales, se entrega hasta que el trabajador cumpla con la edad legal de jubilación.
Conoce cómo puedes solicitar la Pensión Garantizada Universal, PGU, a través de Internet
Transición a la Pensión Garantizada Universal (PGU)
Si la solicitud de Pensión Básica Solidaria de invalidez se suscribe dentro de los seis meses anteriores al cumplimiento de los 65 años de edad, se debe considerar que dicha solicitud comprende también la solicitud de la PGU. Será necesario validar, cuando corresponda, el cumplimiento de los requisitos de cada beneficio.
- Si la calificación de la invalidez se obtiene antes del cumplimiento de los 65 años de edad, se le deberá pagar una Pensión Básica Solidaria de invalidez entre la fecha de la solicitud y el último día del mes en que cumpla los 65 años.
- Si al mes de cumplimiento de los 65 años de edad no se tiene un dictamen ejecutoriado de invalidez, si procede, se inicia el pago de la PGU a contar del primer día del mes siguiente al del cumplimiento de los 65 años de edad.
Notificación Importante del IPS
El IPS deberá informar por escrito al beneficiario, en los tres meses anteriores al cumplimiento de los 64 años de edad, que el beneficio que percibe se extinguirá a los 65 años y que puede solicitar la PGU en cualquier canal de atención que dispone el IPS.
Nota de actualización: Este Capítulo fue modificado por la Norma de Carácter General N° 252 de fecha 13 de diciembre de 2019.
Tipos de Pensiones y Requisitos de Documentación
Existen diferentes tipos de pensiones, cada una con sus propias condiciones y documentos requeridos para su solicitud.

Pensión por Incapacidad Permanente
Estas pensiones se otorgan cuando un trabajador sufre una incapacidad permanente debido a un accidente o diagnóstico de enfermedad profesional, según lo establecido por el Reglamento de Evaluación de Incapacidad Permanente (REIP) que fija el grado de invalidez del trabajador.
Pensión por Incapacidad Permanente Parcial
Se otorga cuando el trabajador queda con una incapacidad permanente, igual o superior al 40% e inferior al 70%. Esta pensión es igual al 35% de su sueldo base.
Pensión por Incapacidad Permanente Total
Se concede cuando un trabajador queda con una incapacidad permanente total, esto es, igual o superior a un 70% de incapacidad.
Documentación Requerida para Pensión por Incapacidad Permanente
Los documentos pueden ser entregados en cualquiera de los centros ACHS o en el Hospital del Trabajador de forma presencial.
- sector público)
- Liquidación de sueldo de los 6 meses inmediatamente anteriores al accidente o al diagnóstico de la incapacidad permanente en caso de enfermedad profesional.
- Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o AFP Descarga acá un instructivo.
- Declaración Jurada Simple Previsional Descarga acá.
- Declaración Jurada Beneficios Anteriores suscrita por Trabajador Social o Ejecutivo ACHS (regiones) Descarga acá un instructivo.
- Certificado de afiliación ISAPRE o FUN Descarga acá.
Pensión de Sobrevivencia (Orfandad)
La Pensión de Orfandad se refiere a situaciones donde un accidente o enfermedad produce la muerte del trabajador o si este fallece encontrándose pensionado. Esta pensión se otorga para el cuidado de hijos legítimos que le causen asignación familiar y es vitalicia.
Si existiesen hijos causantes de pensión de orfandad, la pensión corresponderá al 30% de la pensión básica. Aquellos que reciben asignación familiar tendrán derecho a una pensión del mismo monto señalado anteriormente. Si los descendientes del afiliado fallecido carecieren de padre y madre, tendrán derecho a que su pensión se incremente en un 50%.
Documentación Requerida para Pensión de Sobrevivencia
No deberá entregarse la documentación que ya haya sido presentada por otro beneficiario. Los documentos pueden ser entregados en cualquiera de los centros ACHS o en el Hospital del Trabajador de forma presencial.
- Formulario Solicitud de Pensión de sobrevivencia Descarga acá.
- sector público)
- Liquidación de sueldo de los 6 meses inmediatamente anteriores al accidente o al diagnóstico de la incapacidad permanente en caso de enfermedad profesional.
- Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o de la AFP respectiva del trabajador fallecido.
- Certificado de afiliación ISAPRE o FONASA del beneficiario Descarga acá un instructivo.
- Declaración Jurada Simple Previsional Descarga acá.