Bono de $200.000 y Retiro de Fondos AFP: Guía Completa para Afiliados

La reciente legislación en Chile ha establecido el derecho a un bono de cargo fiscal de hasta $200.000, beneficiando a una parte significativa de los cotizantes del sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Se trata de 3.525.000 cotizantes que pueden acceder a este complemento, buscando proteger las cuentas de ahorro obligatorio de los afiliados. Además, se mantienen vigentes diversas preguntas sobre el proceso general de retiro de fondos de pensiones.

infografía sobre el flujo del bono de 200 mil pesos AFP

¿Qué es el Bono de Cargo Fiscal de $200.000?

La Ley N° 21.339 establece el derecho a un bono de cargo fiscal destinado a dos grupos de afiliados y beneficiarios del sistema de pensiones. Este bono tiene como objetivo apoyar a quienes vieron sus fondos reducidos o agotados por retiros anteriores o a aquellos con saldos bajos en sus cuentas de ahorro obligatorio.

Requisitos para Acceder al Bono de $200.000

Para acceder a este beneficio, las personas deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Primer grupo: Haber quedado con saldo cero en sus cuentas de ahorro obligatorio producto de los retiros, en algún momento entre el 30 de julio de 2020 y el 31 de marzo de 2021.
  • Segundo grupo: Quienes al 1 de enero de 2021 se encontraban afiliados al sistema y, además, en sus cuentas de ahorro obligatorio registraban al 31 de marzo de 2021 un saldo positivo, pero inferior a $200.000. En este caso, el beneficio se entregará hayan o no retirado fondos. Por ejemplo, si solo tienes 80 mil pesos en tu cuenta, te entregarán un bono de 120 mil pesos para poder completarlo.

Proceso de Solicitud y Pago del Bono de $200.000

El proceso para solicitar y recibir el bono de $200.000 implica una coordinación entre las AFP y la Tesorería General de la República (TGR).

¿Cómo solicitar el bono?

Para solicitar este bono, los afiliados deben seguir los siguientes pasos:

  • Solo debes ingresar al sitio web de tu AFP y realizar la gestión en los formularios que habilitarán las administradoras.
  • Puedes ingresar a tu cuenta en el sitio web de tu AFP para verificar tu saldo. Si es inferior a 200 lucas y ingresaste al sistema antes del 1 de enero de 2021, te corresponderá.
  • Si usted cumple con los requisitos para retirar sus fondos puede realizar el trámite de manera fácil y sin ingresar documentación en la Sucursal Virtual de afiliados y de manera presencial en cualquiera de nuestras sucursales.
  • Al elegir su método de pago, la AFP le pedirá su reconocimiento facial y que tenga a mano su cédula de identidad.
  • Si tienes una pensión distinta a AFP (IPS, Capredena o Dipreca), se te informará que puedes ingresar un requerimiento en la sección “Mis trámites”. Puedes hacerlo en cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país.

Rol de las AFP y la TGR

Dado que se trata de un bono de cargo fiscal, la Superintendencia de Pensiones instruyó que sean las AFP las encargadas de enviar directamente a la Tesorería General de la República (TGR) la lista de personas que califican para acceder al beneficio. En paralelo, la administradora deberá notificar al afiliado o beneficiario que inició el trámite para requerir el bono de cargo fiscal. Una vez recepcionadas las nóminas, la TGR transferirá los fondos a la AFP y estas generarán un proceso de solicitud y pago similar al tercer retiro de fondos. Para esto, las AFP habilitarán un banner o plataforma especial en sus sitios web.

Plazos y Métodos de Pago del Bono

El Gobierno indicó que, en su momento, durante la semana del 10 al 14 de mayo, podrían comenzar a pagarse los bonos, dependiendo de la publicación de la ley en el Diario Oficial. Actualmente, la Superintendencia de Pensiones y las entidades que participan en este proceso están trabajando para acelerar las fechas de transferencia y pago de los recursos. El bono será depositado en las cuentas de capitalización individual obligatoria y las de afiliados voluntarios.

Los métodos de pago disponibles incluyen:

  • Transferencia a la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) en la AFP donde se está efectuando el retiro. Si no tiene una, se creará automáticamente en la administradora en la que está realizando la solicitud.
  • Depósito en una cuenta bancaria de la cual el afiliado sea el titular (cuenta corriente, vista o de ahorro). También a cuentas de instituciones financieras como cooperativas de ahorro y crédito. El solicitante del retiro deberá informar el número de cuenta, tipo de cuenta y nombre de la entidad.
  • Depósito en una cuenta de provisión de fondos en cajas de compensación.

Preguntas Frecuentes sobre el Retiro de Fondos de Pensiones

Más allá del bono de $200.000, existen dudas recurrentes sobre el proceso general de retiro de fondos previsionales. A continuación, se abordan las más comunes:

¿Quiénes pueden solicitar retiros de fondos?

  • Los trabajadores y pensionados afiliados al actual sistema de pensiones y que registren fondos en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias.
  • Los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado.
  • Los pensionados en retiro programado que se encuentran en el extranjero acogidos a convenio de seguridad social.
  • Los pensionados de Capredena y Dipreca, afiliados al D.L. pueden realizar retiros.
  • Aquellos que reciben una renta vitalicia, pero tienen saldo en la AFP que les paga como pensión adicional en la modalidad retiro programado, también pueden realizar retiros.

¿Quiénes no pueden solicitar retiros de fondos?

  • Quienes están pensionados por renta vitalicia no podrán hacer retiro de sus fondos.

Cálculo y Montos del Retiro

  • Al momento de la solicitud de retiro, la AFP deberá calcular el monto correspondiente al 10% del saldo y expresarlo en cuotas.
  • El monto máximo de retiro tiene un tope de 150 UF (aproximadamente $4.300.000) y un mínimo de 35 UF (aproximadamente $1.000.000).
  • El valor cuota experimentará las variaciones propias del mercado.
  • El monto del retiro se calculará sobre el total acumulado en la cuenta individual de cotizaciones obligatorias, sin hacer diferencia o excepción alguna.

Plazos de Pago del Retiro

Una vez que la administradora entrega el comprobante de solicitud de retiro al afiliado o beneficiario, desde esa fecha (incluida) comienza a regir el plazo para el pago de los fondos, que es de hasta 10 días hábiles. Si la solicitud fue aprobada, la AFP tiene el resto de los días hasta el décimo día hábil para pagar el retiro de los fondos.

¿Cómo funciona el retiro de aportes a fondos voluntarios para renta?

¿Qué hacer si mi solicitud es rechazada?

Cuando la solicitud de retiro de fondos es rechazada, la AFP debe explicar claramente al afiliado o beneficiario las razones del rechazo de su presentación. De esta manera, la persona podrá corregir los errores o datos entregados, pero deberá ingresar una nueva solicitud.

¿Es posible retractarse de una solicitud de retiro?

Sí, en este proceso existe la posibilidad de retractarse, pero el afiliado o beneficiario debe comunicarlo a su AFP antes de recibir el primer pago.

Impacto del Retiro en Beneficios y Pensiones

  • El retiro de los fondos no está afecto a ningún tipo de comisión o descuento.
  • La reforma constitucional establece que los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal.
  • El retiro de los fondos de pensiones no afectará el número de períodos cotizados para el cálculo de pensión bajo la legislación chilena.
  • El derecho a retiro de los fondos de la cuenta de ahorro obligatorio no excluye de solicitar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias (SPS), como la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS).
  • Si el saldo se agota antes por efecto del retiro de fondos, la Garantía Estatal se otorgará antes. No se aplicará deducción en caso de tener una pensión ajustada a la PBS o a la mínima garantizada.
  • Las personas pensionadas por invalidez en retiro programado y que, además, reciben APSI, al retirar saldo de su cuenta verán que el porcentaje que ellos financian con su saldo disminuirá.
  • Se pueden retirar los fondos del bono por hijo.
  • En cuanto al Sistema de Seguro de Cesantía (SIS) para empleadores e independientes, la tasa del SIS se vería afectada desde la próxima licitación.
  • Si se solicita el retiro de fondos y la solicitud de desafiliación es aprobada, el saldo total de la cuenta individual de cotizaciones obligatorias que se transferirá al IPS podría disminuir.

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