Cómo revisar su cuenta de ahorro a la vista de pensiones: Guía completa

Comprender y gestionar su cuenta de ahorro a la vista de pensiones es fundamental para asegurar su bienestar financiero en el futuro. Este artículo explora el sistema de pensiones, los diferentes tipos de beneficios y cómo funciona la Cuenta de Ahorro Voluntario, también conocida como Cuenta 2, para potenciar sus ahorros.

Evolución del Sistema de Pensiones en Chile

El Sistema de Reparto (Antiguo Sistema)

El Sistema de Reparto fue administrado a través de las cajas previsionales, las que establecieron de forma autónoma, condiciones de afiliación y cobertura. Bajo este esquema, los recursos aportados por los trabajadores activos, iban a un fondo común con el cual se financiaban las diferentes prestaciones de los trabajadores pasivos y/o sus beneficiarios.

El Actual Sistema de Pensiones: Sistema de AFP

El año 1980 se instauró un modelo llamado “Sistema de AFP” o “Sistema de capitalización individual” (Ley 3.500), manteniendo algunos afiliados en el antiguo sistema.

Reforma al Sistema de Pensiones (Ley 20.255)

Desde el año 2008, 450.000 hombres y 750.000 mujeres son beneficiarias del Sistema de Pensiones Solidarias, incorporando, entre otras medidas, un Pilar Solidario con financiamiento Estatal, como complemento al sistema de capitalización individual.

Esquema comparativo del Sistema de Reparto y el Sistema de Capitalización Individual

Tipos de Pensiones

Pensión de Vejez

El monto de esta pensión será financiada con los recursos que cada trabajador haya alcanzado en su cuenta previsional a lo largo de su vida laboral.

Pensión de Vejez Anticipada (antes de los 60 o 65 años)

La ley permite anticipar la pensión si el afiliado logra financiar una pensión igual o superior al 70% del promedio de las rentas imponibles de los últimos 10 años de trabajo, o que el monto de la pensión sea igual o superior al 80% de la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) vigente a la fecha de la solicitud.

Pensión de Vejez Anticipada por Trabajos Pesados

Es la pensión a la que tiene derecho el trabajador dependiente, regulados por la Ley N° 19.404, que ha desarrollado labores específicas consideradas como trabajos pesados, que le permiten obtener una pensión de vejez con una edad inferior a la exigida (menos de 65 años el hombre o menos de 60 años la mujer).

Pensión de Invalidez

Es un derecho al que acceden aquellos trabajadores/as afiliados al Sistema, entre los 18 y 65 años, que no se encuentren pensionados por vejez. Para obtenerla deberán pasar una evaluación médica que los declare como discapacitados por la pérdida de a lo menos un 50% de sus capacidades físicas o mentales. El monto de la pensión de invalidez será financiado con los recursos previsionales ahorrados por el propio trabajador, junto con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

JUPEMA - ¿Cuáles son los requisitos para una pensión por invalidez?

Pensión de Sobrevivencia

Es el beneficio al cual tienen derecho los componentes del grupo familiar del afiliado fallecido que cumplan los requisitos legales respectivos. Este grupo incluye:

  • Cónyuge (hombre o mujer)
  • Madre o padre de hijos de filiación no matrimonial
  • Hijos

Beneficios y Complementos al Sistema de Pensiones

Bono por cada hijo nacido vivo

Es una forma de reconocer a las mujeres la maternidad, ya que muchas dejan el trabajo remunerado para dedicarse a la crianza de los hijos, generando una disminución de la capacidad para generar ahorros previsionales.

Subsidio a los Trabajadores/as Jóvenes

Dada la importancia que tienen las cotizaciones más tempranas en el monto de la Pensión futura, se crea un Subsidio que busca incentivar la formalidad (contratos de trabajo) de los trabajadores jóvenes (18-35 años) y aumentar el monto de sus primeras cotizaciones previsionales.

Ahorro Previsional Voluntario (APV) y Beneficios Tributarios del Pilar Voluntario

El Pilar Voluntario cuenta con diversos mecanismos de ahorro, entre ellos el Ahorro Previsional Voluntario (APV). Este mecanismo de ahorro adicional a las cotizaciones obligatorias permite que un trabajador se jubile con una mejor pensión. Esto le permite al trabajador/a, dependiente o independiente, en forma individual o colectiva, aumentar sus fondos y contar con una mejor pensión al momento de su retiro. Para los trabajadores dependientes, los empleadores están obligados a retener los montos de las cotizaciones, declararlas y pagarlas mensualmente.

La Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2

¿Qué es la Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2?

La Cuenta de Ahorro Voluntario o también llamada Cuenta 2 es un complemento de la cuenta de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP). Dado que los recursos que se ahorran voluntariamente en esta cuenta no tienen el carácter de cotizaciones previsionales obligatorias, una persona afiliada puede tener una Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2 en su AFP o también en otra AFP.

Gráfico explicando la relación entre la cuenta obligatoria y la Cuenta 2

Transferencia de recursos y giros

Las afiliadas y los afiliados, dependientes e independientes, pueden traspasar la totalidad o parte de los fondos de la Cuenta 2 a la cuenta de capitalización individual obligatoria, con el objetivo de incrementar el monto de su pensión o cumplir con los requisitos para pensionarse según las disposiciones de la ley.

Es importante saber que la Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2 no se cierra, aun cuando la persona haya retirado la totalidad de los fondos que ahí acumuló. Desde la Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2 se pueden efectuar 24 giros en cada año calendario.

Herramientas y Recursos

La Superintendencia de Pensiones cuenta con un Simulador de pensiones, una herramienta útil para proyectar el monto de su futura pensión y planificar su ahorro previsional.

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