Guía Informativa sobre Colillas de Pago para Pensionados por Discapacidad

Comprender la información detallada en las colillas de pago es fundamental para cualquier pensionado, especialmente para aquellos que perciben una pensión por discapacidad. Estas colillas reflejan los montos recibidos, los beneficios aplicados y los aportes del Estado. A continuación, se detalla la estructura, financiamiento y componentes clave de estas pensiones y la información que puede esperar encontrar.

infografía sobre el financiamiento de las pensiones de invalidez en Chile

¿Qué es la Pensión de Invalidez y cómo se Financia?

El monto de la pensión de invalidez se financia con los recursos previsionales acumulados por el propio trabajador o trabajadora en su AFP, complementados con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Esto ocurre siempre que se cumplan los requisitos para acceder a dicho seguro.

Dado que todas las personas trabajadoras enfrentan el riesgo de invalidez o fallecimiento, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) están obligadas a contratar, de manera conjunta, un seguro que proteja a sus afiliados. Este seguro, denominado Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), tiene por objetivo complementar los fondos acumulados en la cuenta de la AFP para financiar una pensión de invalidez o sobrevivencia.

Financiamiento del SIS

  • En el caso de las y los trabajadores dependientes, el SIS es financiado íntegramente por los empleadores durante toda la vida laboral activa, correspondiendo a un porcentaje de la remuneración imponible de cada trabajador o trabajadora.
  • Para las personas trabajadoras independientes obligadas a cotizar, el pago se efectúa con las retenciones aplicadas a las boletas de honorarios.

Es importante señalar que la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia es uniforme para todas las personas afiliadas, incluso si las mujeres presentan una menor siniestralidad que los hombres.

Tipos de Pensión por Incapacidad Permanente

Un accidente del trabajo es toda lesión que sufra un trabajador a causa o con ocasión del trabajo o de sus cometidos gremiales, y que le produzca incapacidad o muerte. Estas situaciones pueden dar origen a distintos tipos de pensión por incapacidad permanente:

Pensión por Incapacidad Permanente Parcial

Se otorga cuando el trabajador queda con una incapacidad permanente, igual o superior al 40% e inferior al 70%. Esta pensión es igual al 35% de su sueldo base. La pensión se entrega hasta que el trabajador cumpla con la edad legal de jubilación.

Pensión por Incapacidad Permanente Total

Se otorga cuando un trabajador queda con una incapacidad permanente total, esto es, igual o superior a un 70% de incapacidad.

Esquema de los diferentes tipos de pensión por discapacidad y sus requisitos

Beneficios Estatales y Complementos

Además de la pensión financiada por los recursos previsionales, existen beneficios estatales que complementan los ingresos de las personas con discapacidad:

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio dirigido a personas entre 18 y 64 años de edad.

Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)

El Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un complemento monetario financiado por el Estado, destinado a personas entre 18 y 64 años que perciban una pensión de invalidez.

Transición a la Pensión Garantizada Universal (PGU)

Si la solicitud de Pensión Básica Solidaria de invalidez se suscribe dentro de los seis meses anteriores al cumplimiento de los 65 años de edad, se debe considerar que dicha solicitud comprende también la solicitud de la Pensión Garantizada Universal (PGU), debiendo validar, cuando corresponda, el cumplimiento de requisitos de cada beneficio.

  • Si la calificación de la invalidez se obtiene antes del cumplimiento de los 65 años de edad, se le deberá pagar una Pensión Básica Solidaria de invalidez entre la fecha de la solicitud y el último día del mes de cumplimiento de los 65 años de edad.
  • Si al mes de cumplimiento de los 65 años de edad no se tiene un dictamen ejecutoriado de invalidez, si procede se inicia el pago de la PGU, a contar del primer día del mes siguiente al del cumplimiento de los 65 años de edad.

El IPS deberá informar por escrito al beneficiario, en los tres meses anteriores al cumplimiento de los 64 años de edad, que el beneficio que percibe se extinguirá a los 65 años y que puede solicitar la PGU en cualquier canal de atención que disponga el IPS.

Información en su Colilla de Pago: Los Haberes

Su colilla de pago detalla los ingresos que recibe por Pensión, beneficios o aportes del Estado. La sección de HABERES es clave y puede incluir:

  • La Pensión Garantizada Universal (PGU).
  • Asignaciones familiares.
  • Ajustes de retiros programados.
  • Bonos o aguinaldos.
  • Beneficios de la Reforma de Pensiones, si corresponden.

Desde enero de 2026, si le corresponde el Beneficio por Años Cotizados o la Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida, se le pagarán de manera automática junto a la Pensión. En el cuadro BENEFICIARIOS de su colilla, encontrará a los beneficiarios cobrantes de Pensión y el monto que les corresponden.

Compatibilidad de la Pensión de Invalidez con el Trabajo Remunerado

Las normas legales y reglamentarias que regulan el nuevo sistema de pensiones no contemplan ninguna incompatibilidad legal entre una pensión de invalidez, total o parcial, y un trabajo remunerado. Esto significa que un pensionado por invalidez puede trabajar y percibir una remuneración.

Pensión de Sobrevivencia: Aspectos Clave

La pensión de sobrevivencia se refiere al beneficio que se otorga cuando un accidente o enfermedad produce la muerte del trabajador, o si este fallece encontrándose pensionado.

Pensión de Orfandad

Si existiesen hijos causantes de pensión de orfandad, la pensión corresponderá al 30% de la pensión básica. Los descendientes del afiliado fallecido que le causen asignación familiar tendrán derecho a una pensión del mismo monto. Si los descendientes del afiliado fallecido carecieren de padre y madre, tendrán derecho a que su pensión se incremente en un 50%.

Documentación para la Solicitud de Pensiones

A continuación, se detallan los documentos comúnmente requeridos para las solicitudes de pensión por discapacidad o sobrevivencia, particularmente en el contexto de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS).

Para Pensión por Incapacidad Permanente (ACHS)

  • Liquidación de sueldo de los 6 meses inmediatamente anteriores al accidente o al diagnóstico de la incapacidad permanente en caso de enfermedad profesional (aplica también para el sector público).
  • Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o AFP.
  • Declaración Jurada Simple Previsional.
  • Declaración Jurada Beneficios Anteriores suscrita por Trabajador Social o Ejecutivo ACHS (en regiones).
  • Certificado de afiliación ISAPRE o FONASA.

Para Pensión de Sobrevivencia (ACHS)

  • Formulario Solicitud de Pensión de Sobrevivencia.
  • Liquidación de sueldo de los 6 meses inmediatamente anteriores al accidente o al diagnóstico de la incapacidad permanente en caso de enfermedad profesional (aplica también para el sector público).
  • Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o de la AFP respectiva del trabajador fallecido.
  • Certificado de afiliación ISAPRE o FONASA del beneficiario.
  • Declaración Jurada Simple Previsional.

No deberá entregarse la documentación que ya haya sido presentada por otro beneficiario. Los documentos para ambas pensiones pueden ser entregados en cualquiera de los centros ACHS o en el Hospital del Trabajador de forma presencial.

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