Gestión de poderes para trámites ante el IPS
El otorgamiento de facultades a terceros es un procedimiento común para facilitar la realización de gestiones administrativas. Es posible realizar la creación, renovación (prórroga) y anulación (revocación) de un poder según sus necesidades.Canales de atención para el trámite
Para formalizar la autorización, existen diversas modalidades de atención:- Videoatención: Puede solicitar una videoatención en ChileAtiende. Es necesario que su apoderado o apoderada esté conectado a la videollamada; cabe destacar que ambos pueden estar en lugares distintos.
- Atención presencial: Diríjase a una sucursal de ChileAtiende junto a su apoderado o apoderada; ambos deben presentar obligatoriamente su cédula de identidad vigente.

Consideraciones especiales para casos de movilidad reducida
Si usted se encuentra hospitalizado, postrado, presenta dificultades para expresarse o tiene alguna otra dificultad justificada para movilizarse, el proceso cuenta con un mecanismo de apoyo:Un trabajador o trabajadora social del Instituto de Previsión Social (IPS) analizará su caso y los antecedentes entregados con el fin de emitir un informe social que valide la necesidad del poder.
Importancia de la distinción entre entidades
Es fundamental tener presente que el IPS tiene competencias específicas. Si usted recibe la Pensión Garantizada Universal (PGU) y simultáneamente cuenta con una pensión pagada por su AFP o compañía de seguros, debe tener en cuenta lo siguiente:Usted debe renovar su poder directamente en su AFP o compañía de seguros, ya que el Instituto de Previsión Social (IPS) solo está a cargo de la autorización del poder para los beneficios que ellos administran.

Información legal sobre el otorgamiento de poderes
La Ley 1564 de julio de 2012 autoriza que, salvo cuando se requiera expresamente la presencia del involucrado, se pueda actuar por medio de apoderados para representar al titular en trámites privados, administrativos y judiciales.Características del documento
Este tipo de poder se otorga para toda clase de procesos, incluso para ser representado simultáneamente en varios asuntos. Debido a que es un poder de carácter general, el otorgante debe expedirlo y certificarlo mediante escritura pública.Al redactar su documento, asegúrese de que el formato incluya los datos básicos para su validez:
- Nombre completo del otorgante.
- Nombre expreso del apoderado.
- Objeto detallado de la representación.
¿Qué es y cómo se escribe una carta poder?
Consultas y soporte adicional
Usted puede realizar este trámite en cualquier época del año, independientemente de la vigencia del poder actual. Si tiene dudas adicionales sobre el proceso o requiere asistencia técnica, puede comunicarse a través de los siguientes canales:- Llamada al Call Center 101.
- Llamada al +56 4 4236 2000 (atención exclusiva para personas que se encuentran en el extranjero).