Apoyo a Pensionados con Ingresos Bajos en Chile

En Chile, el sistema de protección social ofrece diversos beneficios y mecanismos de apoyo diseñados para complementar o garantizar un ingreso mínimo a las personas que reciben pensiones bajas. Estos programas buscan asegurar una vejez digna o un sustento para aquellos que, por distintas razones, no lograron acumular suficientes fondos previsionales.

Pensión Básica Solidaria (PBS)

La Pensión Básica Solidaria (PBS) es un componente clave de la ayuda previsional. Tienen derecho a este beneficio:

  • Mujeres y hombres de 65 años de edad o que hayan sido declarados con invalidez por las Comisiones Médicas.
  • Personas que no hayan cotizado en una administradora de fondos de pensiones (AFP) ni tengan pensión en algún régimen previsional.

También pueden solicitar una PBS los pensionados y pensionadas por gracia, exoneradas y exonerados políticos, beneficiarios por la Ley Rettig y la Ley Valech, quienes, además de esa pensión, perciban otra de alguno de los regímenes administrados por el Instituto de Previsión Social (IPS) o AFP.

Es importante tener presente que la PBS de vejez e invalidez se financia completamente con recursos fiscales.

Monto del Beneficio y su Reajuste

Las PBS se reajustan anualmente en el mes de julio, de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC), con el objetivo de mantener su valor real frente a la inflación.

La Pensión Garantizada Universal (PGU)

En enero de 2022, al amparo de la Ley N° 21.419, se creó la Pensión Garantizada Universal (PGU). Este beneficio está dirigido a personas de 65 años y más, quienes, entre otros requisitos, se encuentren pensionadas o no, trabajando o no, y que integren un grupo familiar perteneciente al 90% de menores ingresos de la población total del país.

Infografía comparativa de la Pensión Garantizada Universal y otros beneficios

Interacción entre PGU y Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV)

La Ley N° 21.419 estableció que a las pensionadas y los pensionados de AFP con Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) que recibían una pensión final garantizada mayor que la PGU, el Instituto de Previsión Social (IPS) les debía asignar el beneficio de mayor monto entre el valor de la PGU y el valor del APSV.

Es importante tener presente que si bien la PGU no reemplazó los beneficios del Pilar Solidario de Invalidez, sí mejoró su cobertura y montos. El IPS es la entidad pública a cargo de administrar el Sistema de Pensiones Solidarias y los procesos de asignación de estos beneficios.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

La persona que es beneficiaria de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) recibirá este beneficio hasta el último día del mes en que cumpla 65 años de edad. A partir de esa edad, el beneficiario podría optar a otros apoyos, como la PGU, si cumple con los requisitos establecidos.

Exención de Cotización de Salud para Beneficiarios de PGU

Las personas beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal (PGU) estarán exentas de la cotización obligatoria de salud y tendrán derecho a la correspondiente bonificación sólo si integran un grupo familiar perteneciente a los cuatro primeros quintiles de la población de Chile, es decir, el 80% de la población de menores ingresos, conforme al instrumento técnico de focalización (1.876 puntos).

PGU - Te explicamos todo lo que debes saber

Otros Beneficios: Asignación por Muerte

La Asignación por muerte es un beneficio diseñado para reembolsar a quien haya cubierto los gastos funerarios de una persona fallecida que fue pensionada del sistema previsional antiguo o beneficiaria del Pilar Solidario.

Transición y Reevaluación de Beneficios

Si bien en el pasado el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) permitía aumentar la pensión bajo los requisitos de la Ley N° 20.255, con la Reforma de Pensiones, a partir de septiembre de 2025, el IPS realizará reevaluaciones periódicas para calcular el valor de los beneficios y entregar la alternativa de mayor monto, según la edad del beneficiario.

Si usted es beneficiario de APSV y no recibe una pensión vitalicia, se recomienda solicitar asesoría durante todo el año en cualquier sucursal ChileAtiende.

Una vez que el IPS haya comparado su actual pensión final (pensión base más complemento solidario) y la suma de pensiones recibidas, la Pensión Garantizada Universal (PGU) y el bono compensatorio (este último si corresponde), le notificará si es más favorable que renuncie al APSV y solicite la PGU. El IPS tiene hasta el último día hábil de octubre de 2025, 2026 y 2027 (dependiendo de la edad que tenga) para notificarle sobre la conveniencia de la PGU, de modo que pueda considerar la opción de renunciar al APSV.

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