La pensión de invalidez es un beneficio fundamental para quienes, por diversas razones, ven disminuida su capacidad laboral. En Chile, el sistema previsional ofrece distintas modalidades y está sujeto a reformas que buscan mejorar las condiciones de los pensionados. Para entender cuál es la opción más conveniente, es esencial conocer las características de cada modalidad y las implicaciones de las recientes reformas.

Modalidades de Pensión por Invalidez
Existen varias opciones para recibir una pensión por invalidez, cada una con sus particularidades respecto al monto, duración y herencia para beneficiarios:
1. Retiro Programado
- Es una modalidad de pensión pagada por una AFP.
- El monto es variable, ya que se recalcula cada año, dependiendo de lo que se haya ahorrado.
- Al morir, los beneficiarios recibirán dinero como Pensión de Sobrevivencia, pero no como herencia.
2. Renta Vitalicia Inmediata
- Es una modalidad de pensión pagada por una Compañía de Seguros.
- El monto pactado con la Compañía de Seguros es fijo y vitalicio.
- La pensión solo termina con la muerte del beneficiario. Al morir, los beneficiarios la recibirán como Pensión de Sobrevivencia.
3. Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida
- En esta modalidad, primero paga la AFP y después una Compañía de Seguros.
- La renta temporal se acabará en el tiempo establecido. Una vez terminada, continúa la Renta Vitalicia con la compañía.
- Al morir, los beneficiarios la recibirán como Pensión de Sobrevivencia.
4. Modalidad de Pensión Mixta
- Combina el retiro programado y la renta vitalicia, pagando la AFP y la Compañía de Seguros de forma simultánea.
- El monto de la AFP se recalcula cada año. El de la compañía es fijo y vitalicio.
- En este punto, el afiliado tiene la posibilidad de solicitar Condiciones Especiales de Cobertura para cubrir a sus beneficiarios en caso de fallecer. Las condiciones son dos: Periodo Garantizado y Cláusula de incremento de porcentaje.
Trámite para Solicitar la Pensión de Invalidez
El proceso para solicitar una pensión de invalidez puede realizarse durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o en las oficinas ChileAtiende.
AFP: ¿Cómo Jubilar por Invalidez en Chile?
Pasos y Requisitos
- Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados.
- Datos de los beneficiarios requeridos: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento.
- Empleados públicos: deben presentar un certificado que los acredite como tales.
Evaluación de Invalidez
La Comisión Médica se pondrá en contacto con el solicitante para indicarle el día, la hora y el lugar de la evaluación. Es importante destacar que:
- Si se cuenta con cobertura del SIS (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), el costo de los exámenes e interconsultas es cubierto por este seguro.
- Invalidez Parcial: Se dictamina una pérdida en la capacidad igual o mayor al 50% y menor al 66%. Este dictamen será transitorio por 3 años. Al recibir el dictamen, se deberá continuar el trámite según lo que este indique.
- Invalidez aprobada y definitiva: Se emitirá un Certificado de Saldo. Si la pensión es más que la Básica Solidaria, se deben solicitar ofertas al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).
- Invalidez parcial sin cobertura del SIS: Se recibirán pensiones mensuales de los ahorros de la cuenta individual. En 8 días hábiles, se recibirá un "Certificado de Ofertas" con los montos de pensión. Existe la opción de no aceptar ninguna oferta.
Trabajo y Pensión por Invalidez
Si una persona es declarada Inválida Parcial o Total, no existe ningún inconveniente para continuar trabajando. Si se es pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y se trabaja, se cotiza como trabajador activo.
La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio por un período de tres años. Cuando se trata de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario tendrá que ser reevaluado luego de tres años. Importante: las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión.
Si se es declarado Inválido Parcial, se recibirá durante 3 años una pensión mensual equivalente al 50% del ingreso base.
Reformas y Mejoras en las Pensiones
Las recientes reformas previsionales traen consigo importantes mejoras y modificaciones para los actuales y futuros pensionados.
Aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU)
- La Pensión Garantizada Universal (PGU) subirá hasta un máximo de $250.000 para actuales y futuros pensionados que cumplan con los requisitos.
- El monto se implementará gradualmente.
- Quienes tengan una pensión o ingresos inferiores a $789.139 mensuales, recibirán el monto máximo de $231.732 para personas menores de 82 años.
- El monto de la PGU que se recibirá dependerá de la pensión autofinanciada.
- Tiene reajustes automáticos el 1° de febrero de cada año, basados en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.
- La PGU reconoce y complementa los ingresos de actuales y futuros pensionados.
- Se continuará recibiendo la Bonificación de Salud con la PGU.
- Para acceder a la PGU se debe tener más de 65 años y contar con el Registro Social de Hogares vigente. No es impedimento trabajar, ni es requisito estar pensionado.
- Actualmente, los pensionados de DIPRECA o CAPREDENA no pueden recibir la PGU.
- Para menores de 18 años con discapacidad mental, física y/o sensorial severa que pertenezcan al 60% de la población más vulnerable, existe el Aporte Previsional Solidario por Invalidez (APSI).
Otros Cambios Relevantes
- Suma 0,1 UF por cada año cotizado, con un tope de 2,5 UF. El pago será automático junto con la pensión, si se cumplen los requisitos. Parte desde 0,25 UF.
- La Reforma establece que el 1,5% de la cotización que paga el empleador irá al Seguro Social como Aporte con Rentabilidad Protegida. Ese 1,5% se acumulará en bonos y será devuelto cuando la persona se jubile.
- Los Multifondos actuales (A, B, C, D y E) se mantendrán hasta marzo de 2027.
- Los Fondos Generacionales están diseñados para facilitar que los afiliados estén en el fondo adecuado según su edad, adaptándose con el tiempo a medida que se acercan a su edad de jubilación. Si se resulta seleccionado, se recibirá un aviso y se tendrán 30 días para rechazar el traspaso y seguir en la AFP actual.
Información Adicional y Contacto
Recepción de Pensión en el Extranjero
Sí, se puede tramitar y recibir la pensión en el extranjero siempre y cuando el país de residencia tenga un Convenio Bilateral con Chile.
Retiro de Excedentes de Libre Disposición
Los excedentes se producen cuando los aportes realizados en la Cuenta Obligatoria sobrepasan los porcentajes legales (más de 0,15 UF). Para saber si se tienen excedentes y solicitar el retiro de los de libre disposición, es necesario ponerse en contacto con ProVida al 600 201 0150.
Consulta de Historial de Pagos
Para ver el historial de pagos de pensión, se puede ingresar a la Sucursal Virtual con el RUT y Clave de Acceso. Una vez dentro, en el “Resumen de mi Pensión”, se debe seleccionar el menú desplegable “Quiero” y luego “Historial de Pagos de Pensión”. Allí se pueden descargar las liquidaciones de pago del periodo necesario.
Fechas de Pago
La fecha de pago de la pensión dependerá del convenio internacional mediante el cual se recibe. A la fecha de pago informada en el calendario, se deberán sumar aproximadamente 10 días hábiles.
Cotizaciones y Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) se refleja en la Cuenta de Ahorro Obligatorio como Prima Seguro Mujer u Hombre. Si se es trabajador dependiente, es financiado en su totalidad por el empleador; si se es independiente, se debe pagar junto con las cotizaciones obligatorias.
Por normativa, se seguirá descontando el 7% de salud, lo que permite seguir obteniendo los beneficios del sistema de salud actual.
Contacto con ProVida
Para cualquier consulta o trámite, se puede comunicar al Contact Center de ProVida llamando al 600 201 0150.
- De lunes a viernes de 09 a 18 hrs. (para consultas generales).
- De lunes a jueves de 8:30 a 17:00 hrs. y los viernes de 8:30 a 16:30 hrs. (para consultas específicas).
Conclusión de Trámite Favorable
Si la respuesta al requerimiento de pensión de invalidez es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. La AFP enviará esta información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).