El proceso de solicitud de beneficios contributivos para extranjeros en edad jubilatoria en Argentina ha experimentado cambios significativos en los últimos años. Estas modificaciones buscan optimizar la verificación de datos y la regularización de aportes, garantizando un marco más claro para los solicitantes.
Evolución del Proceso de Solicitud
Antes del año 2016, cuando un extranjero solicitaba una jubilación, se le pedía que acreditara su fecha de ingreso al país utilizando el Documento Nacional de Identidad (DNI). Sin embargo, esta práctica fue modificada para requerir una verificación más exhaustiva de los datos migratorios.

Regulaciones Actuales y Circulares de ANSeS
Desde 2017 hasta 2021, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) ha emitido un total de seis circulares que introdujeron modificaciones clave en el proceso de solicitud. Estas son las Circulares 8/17, 12/17, 24/17, 19/19, 32/20 y 46/21. Dichas circulares establecieron la necesidad de completar nuevos campos en la Acreditación de Datos Personales (ADP) de ANSeS, tanto para extranjeros como para ciudadanos argentinos naturalizados.
Verificación de Datos Migratorios
Es esencial que el DNI y la consulta a la base de datos de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) coincidan en todos los datos relevantes. Entre estos datos se incluyen la fecha de ingreso al país, la fecha de radicación y el tipo de radicación. También se debe verificar que no existan omisiones en el historial migratorio, como una salida del país sin un registro de reingreso.

En caso de que se detecten discrepancias o faltantes en la información, ANSES le pedirá al solicitante presentar el Certificado de Residencia. Este documento es fundamental para subsanar cualquier inconsistencia y continuar con el trámite.
Regularización de Períodos de Aportes Faltantes
En cuanto a los períodos de aportes faltantes, aquellos extranjeros en edad jubilatoria que deseen solicitar un beneficio contributivo con moratoria previsional tienen la posibilidad de completar los períodos de aportes desde la fecha de ingreso al país hasta diciembre de 2008, inclusive.
Además, existen disposiciones específicas para ciertos grupos demográficos: las mujeres de entre 50 y 59 años y los varones de entre 55 y 64 años, que saben que no cumplirán con los 30 años de aportes requeridos al momento de jubilarse, pueden regularizar períodos faltantes hasta el 31 de marzo de 2012, inclusive. Esta opción les permite acceder a un beneficio previsional a pesar de no contar con la totalidad de los aportes exigidos.
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