Indemnización a Fondos de Pensiones por el Caso La Polar

El Escándalo de La Polar y la Sentencia de la Corte Suprema

A quince años de que estallara el caso de La Polar, el escándalo de las repactaciones unilaterales vuelve a reflotar en tribunales. El 13 de marzo de 2024, la Primera Sala de la Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo presentados contra el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago. Esta resolución desestimó los recursos de casación presentados por un grupo de ex ejecutivos de la multitienda, quienes intentaban así revocar la condena al pago de una millonaria indemnización por el daño provocado a los fondos de pensiones administrados por AFP Provida.

Esquema cronológico del caso La Polar y sus implicaciones legales

Responsabilidad de Ex Ejecutivos y el Fraude

La sentencia del tribunal de alzada había establecido la responsabilidad de los ex ejecutivos por los perjuicios ocasionados tras el fraude que remeció al mercado local en 2011. Esto ocurrió luego que Santiago Grange, ex gerente de Finanzas; Matías González, ex gerente general interino; Pablo Alcalde, ex presidente; y Nicolás Ramírez, ex gerente general, intentaran revertir la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones.

El fallo había acogido la demanda de indemnización de perjuicios presentada por AFP Provida en representación de los fondos de pensiones que administra. La demanda señaló que el total del daño sufrido por los fondos de pensiones de Provida por el caso La Polar asciende a 2.575.388 UF, lo que equivale a aproximadamente $102.607 millones.

Detalles de la Inversión de AFP Provida

Según el fallo de la Corte Suprema, AFP Provida, como administradora de fondos de pensiones, tenía una serie de recursos invertidos en La Polar. Al 8 de junio de 2011, el total invertido era de $101.568 millones. De ese monto, cerca del 40% estaba en acciones y el 60% en bonos.

  • Los fondos A, B, C, D y E tenían $40.306 millones en acciones de La Polar, equivalentes a 17.255.636 acciones.
  • Además, los fondos mantenían inversión en cuatro series de bonos de La Polar por UF 2.769.500, cuyo valor al 8 de junio de 2011 era de $61.261 millones.

Fundamentos del Fallo del Máximo Tribunal

El fallo del máximo tribunal concluyó que, como en sus recursos de casación los ex ejecutivos no denunciaron la infracción de las leyes que regulan la valoración de la prueba, los hechos establecidos por los jueces que conocieron el caso en las instancias anteriores deben considerarse definitivos. La Corte Suprema enfatizó que "La interpretación y aplicación de las normas atinentes al caso en estudio, ellos resultan inamovibles para este tribunal".

La sentencia fue dictada de forma unánime por la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Mario Carroza, Jorge Zepeda (S) y Hernán Crisosto (S), y las abogadas integrantes Fabiola Lathrop y Andrea Ruiz. En el litigio, AFP Provida contó con la asesoría de Alfredo Waugh, socio del estudio Gutiérrez, Waugh, Jimeno & Asenjo Abogados.

El futuro proceso del Caso la Polar

Descargos de los Condenados y Cuestionamientos a la Administración de Fondos

Los condenados declinaron efectuar comentarios sobre este fallo y a través de sus cercanos señalaron que no cuentan con los recursos para responder a la demanda de AFP Provida. Las mismas fuentes consultadas cuestionaron que los jueces no acogieran el reclamo planteado por las defensas de los exejecutivos por la responsabilidad de las AFP en la administración de los fondos debido al comportamiento “anómalo de la acción” de La Polar.

En el proceso, Santiago Grange, representado por el abogado Germán Ovalle, se defendió diciendo que nunca tuvo acceso a información privilegiada. También afirmó que está económicamente “arruinado” y que debe $2.102 millones a los bancos. Explicó que su único rol era conseguir capital de inversionistas, usando información contable auditada y aprobada por los comités de directores, y que siempre estuvo al margen de las tareas administrativas.

Por su parte, Nicolás Ramírez pidió que se rechazara la demanda y que se condenara en costas a la parte demandante. Señaló que los fondos de pensiones no han sufrido un daño patrimonial indemnizable, porque tienen derechos de compensación contra AFP Provida. Además, afirmó que no conocía las prácticas contables y financieras irregulares mencionadas, por lo que no pudo haber entregado información falsa ni a la Superintendencia ni al mercado.

Pablo Alcalde también pidió que se rechazara la demanda. Primero, porque la parte demandante participó en un convenio judicial preventivo, aceptando nuevas condiciones de pago, lo que habría extinguido la responsabilidad principal de La Polar y la del demandado. Segundo, porque los daños reclamados no serían claros ni determinados, ya que no se sabe a qué precio se compraron las acciones y no se consideraron las ganancias obtenidas ni el riesgo propio del mercado bursátil.

Acuerdo de Indemnización entre La Polar y AFP Capital

Empresas La Polar llegó a un acuerdo sobre la forma en que pagará a AFP Capital la indemnización que establezca el 13º Juzgado Civil de Santiago. Este monto, aún reservado por el tribunal para la etapa del cumplimiento del fallo, se produce tras la demanda por indemnización de perjuicios que la administradora ejerció contra la firma del retail por las repactaciones unilaterales que salieron a la luz en 2011.

El 22 de diciembre de 2022, la multitienda y AFP Capital habían suscrito un acuerdo que determinaba que el monto a ser indemnizado a la AFP sería la cantidad que determinara judicialmente el Tribunal, sin considerar las costas. Así, el 9 de febrero de 2023, el Tribunal resolvió que la indemnización que deberá pagar La Polar corresponde a $15.497.098.948. "La resolución judicial no fue objetada, quedando a contar del 21 de febrero de 2023 definitivamente determinada la liquidación del monto indemnizable en tal cantidad", informó la empresa en un hecho esencial.

Cabe destacar que este monto es menor al que se había estimado en un principio. La primera liquidación de los perjuicios patrimoniales, efectuada por el Tribunal el 18 de octubre de 2022, determinó que ascendía a los $22.038.466.132 pesos, "monto que fue rebajado como consecuencia de las objeciones, antecedentes y alegaciones que la empresa hizo valer al Tribunal". Como se acordó, la empresa pagó $500 millones a la AFP, con cargo a la indemnización.

Términos del Acuerdo y Garantías

Respecto a las implicancias judiciales en la causa, La Polar y AFP Capital acordaron presentar al tribunal un escrito dando cuenta del acuerdo. La sociedad se desistirá de las excepciones al cumplimiento incidental de la causa, así como de los recursos de apelación deducidos relacionados con sus excepciones al cumplimiento incidental y la resolución que rechazó la excepción de falta de oportunidad en la ejecución. También se desistirá de la resolución del Tribunal que decretó el embargo de sus bienes y la que rechazó el incidente de nulidad del embargo.

El pago del monto indemnizable será efectuado por La Polar erogando un primer desembolso de $500 millones, pagado a más tardar el 30 de diciembre de 2022. El saldo del monto indemnizable será pagado en una sola cuota al décimo quinto aniversario contado desde la fecha del acuerdo, devengando una tasa de interés anual fija de UF +0,3%.

No obstante, la Sociedad deberá calcular su flujo de caja libre con los Estados Financieros Auditados anuales. Si al 31 de diciembre de los años 2023, 2024 y 2025, el flujo de caja libre resultara positivo en más de $4.000.000.000, la Sociedad deberá realizar un pago anticipado obligatorio equivalente al 25% del flujo de caja libre en exceso, con un límite anual de hasta $1.000.000.000. A contar del 31 de diciembre del año 2026, la Sociedad deberá realizar un pago anticipado obligatorio equivalente al 25% del flujo de caja libre positivo, con un límite de $1.000.000.000 anuales.

En caso de que al octavo aniversario, el monto de la liquidación del monto indemnizable hubiere sido pagado en a lo menos un 30%, la obligación de pago del capital adeudado se prorrogará al vigésimo aniversario, y el saldo del capital adeudado devengará una tasa de interés anual fija de UF +1,0%. Los intereses devengados serán pagados semestralmente, y La Polar podrá en cualquier tiempo hacer abonos o pagos anticipados voluntarios del monto adeudado a AFP Capital.

Una vez pagados los $500 millones, AFP Capital deberá solicitar y obtener del Tribunal el alzamiento del embargo, y no podrá solicitar nuevas medidas precautorias ni embargos. El monto adeudado por La Polar a AFP Capital será reestructurado por bonos emitidos por la compañía e inscritos ante la CMF con el propósito específico de tal reestructuración, los que deberán ser entregados en reemplazo a las acreencias de AFP Capital en virtud del acuerdo.

Con el objeto de garantizar el acuerdo, La Polar constituirá una hipoteca de segundo grado en favor de AFP Capital sobre el inmueble de su propiedad ubicado en calle Santa Clara Nº207, comuna de Huechuraba, la que deberá ser alzada una vez emitidos los bonos de la sociedad o suscrito el pagaré por el equivalente a la liquidación del monto indemnizable.

Declaraciones y Otros Casos de Indemnización

Al respecto, el vicepresidente del directorio de Empresas La Polar, Manuel Vial Claro, recalcó que "el acuerdo con AFP Capital nos da la sostenibilidad financiera para proyectarnos al futuro, siendo una muy buena noticia para la compañía, que beneficia y da tranquilidad a nuestros más de 4.500 colaboradores y sus familias, proveedores y al mercado en general". Añadió que "si bien se trata de una causa judicial que corresponde a la administración anterior de la compañía, hicimos todos los esfuerzos posibles para lograr un acuerdo satisfactorio para todas las partes, velando por la estabilidad de la compañía".

Por otro lado, la Superintendencia de Pensiones notificó a AFP Cuprum S.A. la forma y plazos para indemnizar a los Fondos de Pensiones. Para los afiliados que ya no pertenecen al Fondo Tipo E de Cuprum, se enviarán los recursos correspondientes al Fondo y/o AFP u otra institución en donde se encuentren los fondos a ser indemnizados. La Administradora deberá responder por los perjuicios causados al Fondo de Pensiones Tipo E como consecuencia de cualquier caída o desplome en los precios de estos valores hasta la fecha en que se regularice efectivamente el exceso de inversión.

Contexto Ampliado: El Rol de las AFP como Inversionistas y Otros Casos

Poder y Riesgos de las Inversiones de las AFP

En los años noventa se consolidó el negocio de las pensiones, cuando las AFP se afianzaron como importantes actores del mercado financiero, adquiriendo un gran poder al ser capaces de invertir multimillonarios montos en grandes grupos económicos. Montos con los que estas compañías han hecho lucrativos negocios que han reportado cierta rentabilidad a los fondos de los cotizantes.

Infografía: Destino de las inversiones de los fondos de pensiones en Chile

Relación con el Caso de Álvaro Saieh y Corp Group Banking

El caso de La Polar y las inversiones de las AFP también resuenan en el contexto de otros escándalos financieros que han afectado a grandes empresarios chilenos. Por ejemplo, a fines de 2021, se hizo público que el empresario chileno Álvaro Saieh Bendeck se acogería al Chapter 11 de la Ley de Quiebra estadounidense, debido a que no pudo cumplir con sus obligaciones relacionadas a un bono de 500 millones de dólares emitido en 2013 por Corp Group Banking, holding del grupo del empresario dueño de Copesa.

Aquel que fuera considerado un genio de los negocios hacia los años 2000, se metió en serios problemas financieros cuando decidió incursionar en el retail en 2007 y los años siguientes, el mismo negocio en el que Ibáñez, Paulmann y los Solari habían triunfado estrepitosamente. Ese año Saieh compró el supermercado Unimarc y otros minoristas regionales, dando origen a SMU S.A., empresa que significó pérdidas por millones de dólares para Saieh, las que solo en años recientes consiguió tener bajo control.

Desde hace años, las empresas de Saieh han sido uno de los destinos predilectos de las inversiones de las AFP, las que han colocado en las compañías del empresario dineros de los fondos de pensiones en los que se acumula el ahorro de los cotizantes mes a mes. Interferencia revisó las bases de datos publicadas por la Superintendencia de Pensiones para observar cómo han invertido los dineros de los cotizantes las siete AFP que operan en territorio nacional en compraventa de acciones de empresas de Álvaro Saieh durante 2021, año en el que se acogió a la ley de quiebra de Estados Unidos.

Impacto en SMU S.A.

En enero de 2021, seis de las siete AFP del mercado (todas excepto Habitat) tenían un total de 539 millones de acciones de SMU (sobre un total de 4.115 millones de acciones en las que se divide la firma). En ese momento, el precio de la acción estaba en 110 pesos, de manera que el paquete completo se valorizaba en una inversión total de 59 mil millones de pesos ($59.300.050.699).

En julio de ese año, un mes después de la quiebra de Saieh, los fondos de pensiones tenían acciones de SMU que valían 11,2 mil millones de pesos menos que en enero. Si la misma cantidad de acciones hubiera sido transada al precio que la acción tenía a principios de 2021 ($110), el mismo paquete de 353 millones de acciones hubiera tenido un valor de 38,9 mil millones de pesos. Es decir, en julio, un mes después de la quiebra de Saieh, los fondos de pensiones tenían acciones de SMU que valían 11,2 mil millones de pesos menos que en enero.

Durante el resto del año, la acción de SMU no consiguió recuperarse a los niveles previos a la quiebra de Corp Group Banking, a pesar de que remontó ligeramente para cerrar en 86,5 pesos en diciembre. Si bien las AFP fueron reduciendo su exposición a estas acciones ya en junio, considerando la pérdida de valor de estos instrumentos, las seis AFP que invertían en SMU continuaban teniendo posiciones en la compañía. Recién en agosto se retiraron dos: Provida y Cuprum se deshicieron de sus acciones, de manera que solo PlanVital, Capital, Modelo y Uno continuaron destinando fondos de pensiones a la propiedad de SMU, situación que se mantuvo hasta diciembre de 2021.

Impacto en Itaú Corpbanca

Al igual que lo sucedido con SMU, en el caso de Itaú Corpbanca también se observa una pérdida de valor importante en julio de 2021. En enero de ese año, la acción inició el 2021 con un precio de $2,56, cuando cuatro de las siete AFP del mercado (Habitat, Cuprum, Capital y Uno) tenían destinados fondos de pensiones en la propiedad de 5.840 millones de acciones de Itaú Corpbanca. Estas acciones estaban valorizadas a enero de ese año en una inversión de 15 mil millones de pesos ($14.984.565.564) provenientes de los distintos multifondos de las pensiones de los cotizantes.

Tal como ocurrió en el caso de SMU, las acciones de Itaú Corpbanca sufrieron un traspié hacia julio de 2021, un mes después de que Saieh se acogiera a la bancarrota, cuando la acción llegó a los $1,89 (un 26% menos que el valor en enero). Paradojalmente, en ese momento en que el precio de la acción caía, las AFP tenían incluso una mayor cantidad de acciones en el banco de Saieh que en enero, acumulando un total de 6.519 millones de acciones a fines de julio, valorizadas en un total de 12,3 mil millones de pesos ($12.326.793.030). Si el mismo número de acciones de Itaú Corpbanca se hubiera transado al precio de enero de ese año ($2,56), entonces el paquete accionario hubiera tenido un valor de 16,6 mil millones de pesos. En otras palabras, la misma cantidad de acciones valía en julio 4,4 mil millones de pesos menos.

Sin embargo, para el caso de Itaú Corpbanca se da una situación a lo menos paradójica: AFP Capital y también Uno adquirieron el doble de su participación accionaria en la compañía en octubre de 2021. En efecto, AFP Capital, en administración del Fondo A, pasó de tener 1.254 millones de acciones en la compañía en septiembre, a poseer 2.382 millones en octubre. Del mismo modo, AFP Uno, en administración del Fondo A, pasó de tener 89 millones de acciones a 170 millones.

Otras Inversiones y Estructura de las AFP

La sociedad Inversiones Terra, controlada por Álvaro Saieh y actualmente en situación de insolvencia, recibió un préstamo por parte de la AFP Provida que alcanza la suma de 210 mil UF, o aproximadamente $6.387 millones. Según recoge La Segunda, esta empresa, matriz de VivoCorp, mantiene un proceso de liquidación forzosa y se acogió al procedimiento de reorganización judicial para poder forzar un acuerdo de pago.

Desde el año 2019, ha recibido una serie de créditos por parte de instituciones, como el otorgado por la administradora. Los bancos BTG Pactual, Internacional, Consorcio y el fondo BTG Pactual Deuda Privada otorgaron un crédito en conjunto por 3.750.000 UF, o $114 mil millones. La administradora de fondos de pensiones no está entre las que solicitaron la liquidación forzosa de Inversiones Terra, sin embargo, los acreedores que pidieron la medida citaron a Provida en el documento, donde informan al tribunal la aceleración del pago del capital pactado con la sociedad de la familia Saieh, después de que esta incumpliera una cuota del crédito.

La estructura y evolución de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en Chile ha sido dinámica, marcada por fusiones y adquisiciones a lo largo de los años. Estas operaciones han consolidado el mercado y han dado forma a las entidades que hoy administran los ahorros previsionales de millones de chilenos.

Historial de Fusiones y Adquisiciones de AFPs

A continuación, se presenta un resumen de algunas de las fusiones y autorizaciones relevantes en la historia de las AFP:

  • AFP Capital S.A.: Se autoriza cambio de razón social.
  • AFP Planvital S.A.: Se aprueba fusión de AFP Planvital S.A. e Invierta S.A., adoptando el nombre de AFP Planvital S.A.
  • AFP Genera S.A.: Se autoriza la fusión de AFP Previpan S.A. y AFP Genera S.A., denominándose su continuadora legal, AFP Genera S.A. (posteriormente se revoca la autorización de fusión).
  • AFP Santa María S.A. y AFP Banguardia S.A.: Se autoriza la fusión de ambas, conformando el Fondo de Pensiones de AFP Santa María S.A.
  • AFP Provida S.A. y AFP El Libertador S.A.: Se autoriza la fusión, conformando el Fondo de Pensiones de AFP Provida S.A.
  • AFP Valora S.A. y AFP Qualitas S.A.: Se autoriza la fusión, conformando el Fondo de Pensiones de AFP Valora S.A.
  • AFP Valora S.A. y AFP Previpan S.A.: Se aprueba la fusión por incorporación de Previpan a Valora.
  • AFP Planvital S.A. y AFP Concordia S.A.: Se aprueba la fusión por incorporación de Concordia a Planvital.
  • AFP Valora S.A. y AFP Armoniza S.A.: Se aprueba la fusión por incorporación de Armoniza a Valora, denominándose AFP Qualitas S.A.
  • AFP Magister S.A. y AFP Futuro S.A.: Se autoriza la fusión de los fondos de pensiones.
  • AFP Provida S.A. y AFP Unión S.A.: Se autoriza la fusión, conformando el Fondo de Pensiones de AFP Provida S.A.
  • AFP Summa S.A. y AFP Bansander S.A.: Se autoriza la fusión de los fondos de pensiones.
  • AFP Magister S.A. y AFP Qualitas S.A.: Se autoriza la fusión, conformando el Fondo de Pensiones de AFP Magister S.A.
  • AFP Aporta S.A. y AFP Fomenta S.A.: Se autoriza la fusión, conformando el Fondo de Pensiones de AFP Aporta S.A.
  • AFP Provida S.A.: Se autoriza la fusión de los fondos de pensiones de AFP Provida S.A. y AFP Protección S.A.
  • AFP Magister S.A. y AFP Aporta Fomenta S.A.: Se autoriza la fusión, conformando el Fondo de Pensiones de AFP Magister S.A.
  • AFP Planvital S.A. y AFP Magister S.A.: Se autoriza la fusión de ambas administradoras y sus fondos, por incorporación de Planvital a Magister, adoptando el nombre de AFP Planvital S.A.
  • AFP Capital S.A. y AFP Bansander S.A.: Se autoriza la fusión de los fondos de pensiones, conformando el Fondo de Pensiones de AFP Capital S.A.

tags: #afp #reciven #indemnizacion #por #caso #la